Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción

CÁRCAMO/COMERC. DE PRODUCTOS Y SERV. CHILE SERVICE SOCIEDAD ANONIMA

Rol

O-1672-2019

Fecha

9 de febrero de 2022

Materia

Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los 446 y siguientes del código del trabajo, se declara: I.- Que se acoge la demanda deducida por don JUAN FERNANDO CÁRCAMO ARAVENA, en contra de la empresa COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS Y SERVICIOS CHILE SERVICE S.A., representada por don Carlos Brito Caiseo, declarándose que el empleador incurrió en la causal de despido indirecto invocada por el trabajador, esto es, la contemplada en el artículo 160 N° 7 del código del trabajo, incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, siendo además nulo su despido indirecto y condenándose a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: 1. $1.711.192, por remuneraciones de los meses de marzo, abril, mayo, junio y 24 días del mes de julio de 2019. 2. $249.543, por feriado legal. 3. $356.500, por indemnización por falta de aviso previo. 4. $3.921.500, por indemnización por años de servicios. 5. $1.960.750, por recargo legal del 50% de conformidad a lo dispuesto del art. 171 del Código del Trabajo. 6. Asimismo, habiéndose declarado nulo el despido indirecto el empleador deberá ser condenado al pago de las remuneraciones que se devengan desde la fecha de éste, esto es, el 24 de julio de 2019 a la fecha de su convalidación, teniendo como base de cálculo una remuneración mensual, ascendente a la suma de $356.500. 7. Asimismo, deberá enterar las cotizaciones de seguridad social adeudadas al trabajador, consistentes en cotizaciones previsionales en AFP CUPRUM S.A. correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2009; año 2010; julio, septiembre, octubre, noviembre de 2011; enero, febrero, abril, julio, agosto de 2012; enero, febrero, marzo de 2015; julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2014; junio, julio, agosto, septiembre octubre, noviembre y diciembre de 2017; año 2018; enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y 24 días de julio de 2019. 8. Cotizaciones de salud en FONASA, correspondientes a los meses de agosto a diciembre de 2010; febrero y marzo 2016; m

Fallo

se declara: I.- Que se acoge la demanda deducida por don JUAN FERNANDO CÁRCAMO ARAVENA, en contra de la empresa COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS Y SERVICIOS CHILE SERVICE S.A., representada por don Carlos Brito Caiseo, declarándose que el empleador incurrió en la causal de despido indirecto invocada por el trabajador, esto es, la contemplada en el artículo 160 N° 7 del código del trabajo, incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, siendo además nulo su despido indirecto y condenándose a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: 1. $1.711.192, por remuneraciones de los meses de marzo, abril, mayo, junio y 24 días del mes de julio de 2019. 2. $249.543, por feriado legal. 3. $356.500, por indemnización por falta de aviso previo. 4. $3.921.500, por indemnización por años de servicios. 5. $1.960.750, por recargo legal del 50% de conformidad a lo dispuesto del art. 171 del Código del Trabajo. 6. Asimismo, habiéndose declarado nulo el despido indirecto el empleador deberá ser condenado al pago de las remuneraciones que se devengan desde la fecha de éste, esto es, el 24 de julio de 2019 a la fecha de su convalidación, teniendo como base de cálculo una remuneración mensual, ascendente a la suma de $356.500. 7. Asimismo, deberá enterar las cotizaciones de seguridad social adeudadas al trabajador, consistentes en cotizaciones previsionales en AFP CUPRUM S.A. correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2009; año 2010; julio, septiembre, octubre, nov

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO (Audiencia efectuada por videoconferencia a través de plataforma digital Zoom) FECHA 09 de febrero de 2022 RUC 19- 4-0223200-8 RIT O-1672-2019 Registro de MAGISTRADO Valeria Cecilia Zúñiga Aravena audio en ADMINISTRATIVO DE ACTAS Beatriz Nuñez Gutiérrez Remoto 1 HORA DE INICIO 08.39 HORA DE TERMINO 09:07 Nº REGISTRO DE A

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