Juzgado de Garantía de Puerto Montt.

JOSE ANDRES IGOR PALOMINOS C/ CRISTIAN ALEJANDRO FUENTEALBA ULLOA

Rol

O-1320-2023

Fecha

21 de agosto de 2023

Materia

DAÑOS SIMPLES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Los intervinientes renuncian a plazos y recursos legales RIT 1320 - 2023 RUC 2100712266-4 Pronunciada por don ROLANDO CHRISTIAN DIAZ COLOMA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: jtm. Código: WDWWXHSNBME Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: WDWWXHSNBME Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-08-21T12:15:42-0400

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49, 67 y 487 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, SE CONDENA a CRISTIAN ALEJANDRO FUENTEALBA ULLOA, RUN N° 0015847749-1, ya individualizado, como autor del delito consumado de daños simples en perjuicio de José Andrés Igor Palominos, cometido en Puerto Montt el día 01 de agosto de 2021 a la PENA de multa de ONCE UNIDADES TRIBUTARIAS mensuales. II.- Que, para el pago de la pena de multa impuesta se le conceden CUATRO CUOTAS, pagaderas, según el siguiente desglose las tres primeras cuotas de tres unidades tributarias mensuales y la cuarta cuota de dos unidades tributarias mensuales, comenzado su pago en un plazo de 30 días a contar de esta fecha y en el evento de NO pago será procedente la sustitución en los términos del artículo 49 del Código Penal, por 33 días de reclusión. III.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Los intervinientes renuncian a plazos y recursos legales RIT 1320 - 2023 RUC 2100712266-4 Pronunciada por don ROLANDO CHRISTIAN DIAZ COLOMA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: jtm. Código: WDWWXHSNBME E

Texto Completo (Preview)

Sentencia: Puerto Montt, veintiuno de agosto de dos mil veintitrés. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49, 67 y 487 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 2

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica