13º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ MARCO ANTONIO JORQUERA VÁSQUEZ

Rol

O-3947-2022

Fecha

11 de agosto de 2023

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos El día 29 de septiembre de 2022, aproximadamente a las 01:50 horas, el requerido MARCO ANTONIO JORQUERA VÁSQUEZ, junto a otro sujeto aún no identificado, concurrieron hasta el Supermercado “La Oferta” ubicado en Av. Mariano Sánchez Fontecilla N° 1520, en la comuna de Peñalolén, y una vez en dicho lugar ingresaron al referido establecimiento efectuando un forado en el cierre perimetral, para luego forzar dos candados de la puerta de acceso a la bodega con la finalidad de sustraer mercaderías desde su interior, siendo sorprendidos en esos momentos por un trabajador del local y posteriormente detenido el requerido por funcionarios de Carabineros, sin lograr apropiarse de especies. Delito y grado de desarrollo Robo en Lugar No Habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 Nº 1 en relación al artículo 432 del Código Penal, en grado de ejecución frustrado Participació n Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal Atenuantes 11 Nº 9 Código PenalCircunstancidificatori Agravantes No hay SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don MARCO ANTONIO JORQUERA VÁSQUEZ, ya individualizado en la audiencia, a la pena de CINCUENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, más accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito frustrado de Robo en Lugar No Habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 Nº 1 en relación al Código: BBJKXHJKXGD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl artículo 432 del Código Penal., hecho ocurrido el día 29 de septiembre de 2022, en la comuna de Peñalolén, sin costas. II. Que, respecto de la pena corporal impuesta, por reunirse respecto del sentenciado, los requisitos de la ley 18.216, que se le concede la pena sustitutiva de la reclusión parcial nocturna domiciliaria por el término de la condena (51 días), con abono de tres días correspondiente al con abono del día 29 de 29 de septiembre de 2022, 21 de mayo de 2023 y 11 de agosto de

Fallo

SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don MARCO ANTONIO JORQUERA VÁSQUEZ, ya individualizado en la audiencia, a la pena de CINCUENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, más accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito frustrado de Robo en Lugar No Habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 Nº 1 en relación al Código: BBJKXHJKXGD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl artículo 432 del Código Penal., hecho ocurrido el día 29 de septiembre de 2022, en la comuna de Peñalolén, sin costas. II. Que, respecto de la pena corporal impuesta, por reunirse respecto del sentenciado, los requisitos de la ley 18.216, que se le concede la pena sustitutiva de la reclusión parcial nocturna domiciliaria por el término de la condena (51 días), con abono de tres días correspondiente al con abono del día 29 de 29 de septiembre de 2022, 21 de mayo de 2023 y 11 de agosto de 2023, debiendo permanecer en su domicilio de Calle DIAGONAL LAS TORRES Nº 1027, peñalolen, en horario que va de las 22:00 a las 06:00 horas Para comenzar a cumplir la pena en esta modalidad el sentenciado deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social (CRS) Santiago Oriente, ubicado en Av. Américo Vespucio N° 645, de la comuna de Ñuñoa, una vez que se determine si existe factibilidad de cumplir con el sistema telemático lo que se resolverá en la audiencia de fecha 25 de agosto de 2023, b

Texto Completo (Preview)

TRIBUNAL : 13 JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2200961544-3 RIT : 3947 - 2022 IMPUTADO : MARCO ANTONIO JORQUERA VÁSQUEZ Cédula de Identidad : 0017415097-4 Nacionalidad : CHILENO Fecha de nacimiento : 24-12-1989 Domicilio : Calle DIAGONAL LAS TORRES Nº 1027, peñalolen VICTIMA : RICHARD ANTONIO SÁEZ VEJAR PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Fecha de sentencia : once de agosto de dos mil veintitrés JUE

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