2º Juzgado de Garantía de Santiago

M.P. C/ FERNANDO FELIPE BASTÍAS PALACIOS

Rol

O-7826-2022

Fecha

16 de agosto de 2023

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: El día 1 de diciembre de 2022, alrededor de las 10:30 horas, en el domicilio ubicado en Pan Nº 7111, población Lo Velásquez, comuna de Renca, el imputado Cristhofer Ignacio LISBOA AMESTICA mantenía en su poder, al interior de un bolso de color negro que mantenía puesto de forma cruzada, 220 (doscientos veinte) envoltorios de papel cuadriculado de color blanco, contenedores de 85.82 gramos de cocaína base (NUE 6887371) Luego de esto, en el mismo bolso de LISBOA AMESTICA en donde se le encontró la droga, también mantenía en total la suma de $211.000 (doscientos once mil pesos) en dinero en efectivo (NUE Nº 6887357) Por su parte, la imputada Fernanda Catalina VILLAR RUBILAR mantenía en su dormitorio en el interior de su closet una bolsa de nylon que en su interior mantenía 106 (ciento seis) envoltorios de papel cuadriculado de color blanco, contenedores de cocaína base que arrojó un peso bruto de 42.82 gramos (NUE 6887358). En el mismo lugar mantenía 10 (diez) comprimidos rotulados como Clonazepam 2 mg (NUE 6887359). En el sector del antejardín se encontró 02 (dos) plantas de Cannabis Sativa (NUE Nº 6887356). En un mueble del living comedor se encontró en total la suma de $149.950 (ciento cuarenta y nueve mil novecientos cincuenta pesos) en dinero en efectivo, (NUE 6887360) y en la mesa de centro se encontró en total la suma de $220.000 (doscientos veinte mil pesos) en dinero en efectivo. Por otra parte, sobre la mesa de centro del living comedor también se encontró elementos para dosificar droga correspondientes a 03 (tres) platos, 03 (tres) coladores, 02 (dos) cucharas, 03 (tres) balanzas digitales, 01 (una) bolsa de nylon transparente con residuos de sustancia dubitada como cocaína base y 02 (dos) cuadernos, (NUE 6887362) Finalmente, en el muro exterior del inmueble se encontró 01 (una) cámara Código: VGNXXHJEHXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de vigilancia que transmitía imágenes en e

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a CRISTHOFER IGNACIO LISBOA AMÉSTICA, ya individualizado, a sufrir la pena de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y a una multa de UNA UTM, como autor del delito de TRÁFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE DROGA, previsto y sancionado en el artículo 4 en relación al artículo 1 de la ley 20.000, perpetrado con fecha 01 de diciembre de 2022, en la comuna de Renca, en grado de consumado. II.- Que la pena corporal y la pena de multa impuesta se le tendrán por cumplidas con el mayor tiempo que el sentenciado estuvo sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva por esta causa, a saber desde el día 7 de diciembre de 2022 al día de hoy 16 de agosto de 2023, fecha esta última en que se le dio la libertad por esta causa. III.- Que se decreta el comiso de las especies incautadas, droga, contenedores y dinero, todo señalado con NUE y monto en la descripción de hechos. IV.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa por no haber sido solicitadas por el Ministerio Público. Se ordena determinar la huella genética del sentenciado para ser incluida en el registro de condenados conforme al artículo 17 de la ley de ADN. Dese cumplimiento oportunamente con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Sentencia ejecutoriada. “La sentencia dictada oralmente en audienc

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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, 16 de agosto de 2023 TRIBUNAL: 2° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO 2MAGISTRADO : Mónica Patricia Bellalta Queraltó RUC: 2200987604-2 RIT: 7826-2022 IMPUTADO: CRISTHOFER IGNACIO LISBOA AMÉSTICA C.I. 19.819.416- 6 FECHA DE NAC. 17-03-1998 DIRECCION Calle ELISA UNDURRAGA 1280 B COMUNA: Conchalí DELITO MICROTRÁFICO ARTICULO Art

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