Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Viña del Mar.

C/ JOSÉ LORENZO SOTO PIZARRO

Rol

O-191-2023

Fecha

16 de agosto de 2023

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: 1°) Antecedentes: Que ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, presidida por la jueza Sra. María Viviana Poblete Vera e integrada, además, por los jueces Sres. Claudio Espinoza Asenjo y Alonso Javier Arancibia Rodríguez, se lleva a efecto la audiencia de juicio oral RIT Nº 191-2023, en contra de José Lorenzo Soto Pizarro, divorciado, comerciante, nacido en Valparaíso el 10 de enero de 1964, 59 años de edad, R.U.N. N° 8.300.988-8, con domicilio en Calle El Vergel Alto, Pasaje El Esfuerzo Casa Nº 21, Cerro La Cruz, Valparaíso. Es parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público representado por el Fiscal adjunto Sr. Hernán Silva Satta. La defensa es ejercida por el Abogado Defensor penal público Sr. Sergio Vilca Larrondo, ambos con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. 2°) Acusación: Que el Ministerio Público funda su acusación en los siguientes hechos: ” El día 03 de septiembre de 2022, aproximadamente a las 11:00 horas, en circunstancias que la víctima JUAN CARLOS SALAZAR FIERRO, se encontraba en el interior de la feria El Belloto, aprovechando la aglomeración de gente existente dentro de la feria El Belloto, el acusado JOSÉ LORENZO SOTO PIZARRO, sorpresivamente introdujo su mano en las vestimentas del afectado JUAN CARLOS SALAZAR FIERRO, sustrayendo una billetera color café que mantenía en su interior varios documentos, la cédula de identidad, licencia de conducir, avalúo aproximado de las especies sustraídas $40.000. Huyendo del lugar siendo perseguido por la víctima y en el trayecto de huida el acusado le hizo entrega de la especie sustraída a una mujer de contextura delgada, con un pañuelo al cuello que huyó en dirección desconocida, sin ser ubicada ni identificada, continuando la persecución hasta que se encontró con Carabineros a quienes les sindicó el acusado, iniciándose una persecución y siendo detenido el acusado por los funcionarios policiales en momentos que pretendía abordar un microbús de locomoción colectiva.” Los hechos descritos, en concepto de la Fiscalía, son constitutivos del delito de robo por sorpresa, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso segundo del Código Penal, en grado de consumado, en el que imputa al acusado participación en calidad de autora. Solicita se le imponga la pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, accesorias y costas, al no concurrir a su respecto circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. En su alegato de apertura el Ministerio Público adelanta que con la prueba que rendirá acreditará los hechos de la acusación y estará en condiciones de pedir la condena del acusado por el delito y la participación propuesta, lo que reitera en su clausura, destacando el relato de la víctima, conforme a la cual, sumada a la del funcionario aprehensor, estima acreditado el delito por el que se acusó. En su opinión no es un delito de hurto, ya que el acusado, aprovechándose de la confusión o tumulto de la g

Fallo

se acuerda, fue tipo 9:00, 9 y media de la mañana, en la Feria de El Belloto, a la que va todos los sábados, sintió un tirón en el banano que usaba. Se dio vuelta y vio a este tipo con otra chica manoseando el banano. La persona se alejó de la chica y lo siguió. Lo encaró y le dijo “¡oye, entrégame los documentos que me sacaste!”, él le dijo que no, pescó el teléfono y llamó a su señora y le dijo que estaba con el tipo, que se fue entre la gente de la feria. La chica que estaba con el sujeto lo llamó, porque trabajan de a dos personas, según lo que supo por amigos de la feria. Él (en referencia al sujeto) le dijo a la chica “me están siguiendo.” El llamó a su Código: LXXGXHCXXBC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 señora y le pidió que buscara a Carabineros, porque lo iba siguiendo al tipo que le sacó los documentos. Nunca perdió contacto con su señora. Le dijo a su señora estoy cruzando hacia la feria de la ropa, en eso pasó Carabineros cerca de él, y le preguntó “¿a dónde va?” y (el testigo) le dijo al Carabinero que iba hacia la calle, indicándole a una persona que iba subiendo la micro y Carabineros lo detuvo. El afectado, precisa que usaba un banano cruzado, de esos como carteritas, como un morral, no recuerda el color, que llevaba hacia la espalda y sintió el tirón. AL sentir el tirón, giró el banano hacia adelante y no tenía los documentos y tenía el bolso abierto. Lo vio pasar y le pegó un estrellón.

Texto Completo (Preview)

1 Acusador(es): Ministerio Público de Quilpué Acusado(s): José Lorenzo Soto Pizarro R.U.N.: 8.300.988-8 Delito(s) imputado(s): Robo pir sorpresa RUC: 2200864934-4 RIT: 191-2023 Viña del Mar, a dieciséis de agosto de dos mil veintitrés. Vistos y considerando: 1°) Antecedentes: Que ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, presidida por la jueza Sra. María Viviana Poblete

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