EMILIO JOSE CABRERA TORRES C/ CRISTIAN ANDRÉS LAVÍN SANHUEZA
Rol
O-534-2022
Fecha
10 de agosto de 2023
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El 8 de octubre del 2020, alrededor de las 14:45 horas el imputado Cristian Lavín Sanhueza conducía en estado de ebriedad el vehículo marca Hyundai modelo Accent PPU CHDG.20 por Avenida Valparaíso de poniente a oriente de la comuna de Villa Alemana y al llegar a la altura del N° 1055 no se percata que la motocicleta que lo antecedía detiene su marcha, chocándola en la parte posterior, ocasionándole daños de diversa consideración, la cual era conducida por la víctima Emilio Cabrera Torres. El estado de ebriedad del imputado fue confirmado con el examen de alcoholemia respectivo el cual arrojó un resultado de 2.24 gramos por mil de alcohol en la sangre. Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°6 y 9, 15, 21, 25, 30, 49, 50, 60, 67, 69 y 70 del Código Penal; arts. 47, 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, Leyes N°s 18.216 y 18.290, SE DECLARA: I.- Que se condena a CRISTIAN ANDRES LAVIN SANHUEZA, cédula de identidad N°16.656.639-8, ya individualizado, a la pena corporal de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, al pago de una multa de una unidad tributaria mensual y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante al tiempo de la condena, como autor del delito de conducción en estado de ebriedad causando daños, prescrito y sancionado en el artículo 196 en relación con el artículo 110 de la Ley 18.290, cometido en grado de consumado, por los hechos ocurridos el día 8 de octubre del 2020, en esta ciudad de Villa Alemana. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4° de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Quilpué, por el lapso de UN AÑO y debiendo, además, Código: XRYEXHTDFYB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http
Fallo
Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°6 y 9, 15, 21, 25, 30, 49, 50, 60, 67, 69 y 70 del Código Penal; arts. 47, 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, Leyes N°s 18.216 y 18.290, SE DECLARA: I.- Que se condena a CRISTIAN ANDRES LAVIN SANHUEZA, cédula de identidad N°16.656.639-8, ya individualizado, a la pena corporal de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, al pago de una multa de una unidad tributaria mensual y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante al tiempo de la condena, como autor del delito de conducción en estado de ebriedad causando daños, prescrito y sancionado en el artículo 196 en relación con el artículo 110 de la Ley 18.290, cometido en grado de consumado, por los hechos ocurridos el día 8 de octubre del 2020, en esta ciudad de Villa Alemana. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4° de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Quilpué, por el lapso de UN AÑO y debiendo, además, Código: XRYEXHTDFYB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro d
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Sentencia en procedimiento Simplificado Villa Alemana, diez de agosto de dos mil veintitrés.- La parte expositiva y considerativa de la sentencia consta íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.- Los Hechos: El 8 de octubre del 2020, alrededor de las 14:45 horas el imputado Cristian Lavín Sanhueza conducía en estado de ebriedad el vehículo marca Hyundai modelo Accent PPU CHDG
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