Juzgado de Garantía de Valdivia.

MP C/ RUBÉN BORIS RIFFO VARGAS

Rol

O-4733-2023

Fecha

9 de agosto de 2023

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: En Valdivia, el día 9 de agosto de 2023, aproximadamente a la 01:00 AM, los requeridos CARLA MARLENE STOCKER CABRAPAN y RUBÉN BORIS RIFFO VARGAS se dirigieron con la intensión de sustraer especies hasta el local comercial de nombre Tierra de Osos ubicado en calle Carampangue N° 236 de Valdivia, procediendo a escalar a través de una de las paredes para ingresar al local comercial, apropiándose de diversas especies del local consistentes en dos botellas de licor y 25 latas de bebidas energizantes de distintas marcas avaluado todo en la suma de $350.000.-, siendo detenidos por Carabineros en momentos en que abandonaban el local comercial con las especies sustraídas en su poder. La parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC N° 2300858117-7-1084 de la misma fecha de la sentencia y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 12 N° 16, 14 N° 1, 15 N° 1, 30, 67, 432, 442 N° 1 del Código Penal; artículos 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal y artículo 10 y siguientes de Ley 18.216; se declara: I. Se condena a CARLA MARLENE STOCKER CABRAPAN, chilena, cédula de identidad N° 18246438-4, nacida el 21 de septiembre de 1992, domiciliada en calle Las Perdices N° 928 Población Menzel de Valdivia forma especial de notificación al fono N° 50625083 a las siguientes penas como autora, en los términos del artículo 15 N° 1 del Código Penal, grado de desarrollo frustrado, de un delito de robo en lugar no habitado previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1, en relación al artículo 432 ambos del Código Penal, perpetrado en Valdivia el día 9 de agosto de 2023, a una pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas. II. Para el cumplimiento de la pena privativa de libertad se sustituye la pena impuesta por prestación de servicio

Fallo

se declara: I. Se condena a CARLA MARLENE STOCKER CABRAPAN, chilena, cédula de identidad N° 18246438-4, nacida el 21 de septiembre de 1992, domiciliada en calle Las Perdices N° 928 Población Menzel de Valdivia forma especial de notificación al fono N° 50625083 a las siguientes penas como autora, en los términos del artículo 15 N° 1 del Código Penal, grado de desarrollo frustrado, de un delito de robo en lugar no habitado previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1, en relación al artículo 432 ambos del Código Penal, perpetrado en Valdivia el día 9 de agosto de 2023, a una pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas. II. Para el cumplimiento de la pena privativa de libertad se sustituye la pena impuesta por prestación de servicios en beneficio de la comunidad a razón de cuarenta horas por cada treinta días de privación de libertad lo que hace un total de 54,6 horas de prestación de servicios en beneficio de la comunidad que deberán ser cumplidas en el Centro de Reinserción Social de Valdivia, ubicado en calle Chacabuco esquina Ismael Valdés de esta ciudad, para lo cual deberá presentarse dentro de quinto día de ejecutoriada la sentencia, bajo apercibimiento que en caso de no presentarse se despachará una orden de detención en su contra para realizar una audiencia de revocación de pena sustitutiva, sin días que abonar. III. Asim

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Valdivia, a nueve de agosto de dos mil veintitrés. Hechos: En Valdivia, el día 9 de agosto de 2023, aproximadamente a la 01:00 AM, los requeridos CARLA MARLENE STOCKER CABRAPAN y RUBÉN BORIS RIFFO VARGAS se dirigieron con la intensión de sustraer especies hasta el local comercial de nombre Tierra de Osos ubicado en calle Carampangue N° 236 de Valdivia, proc

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