Juzgado de Garantía de Pitrufquen.

BICRIM PITRUFQUEN C/ JOSE MANUEL LEVIPIL SEPÚLVEDA

Rol

O-1426-2022

Fecha

9 de agosto de 2023

Materia

POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que el Ministerio Público formuló acusación en procedimiento abreviado por los delitos de tráfico en pequeñas cantidades y porte y tenencia de arma de fuego en contra de JOSE MANUEL LEVIPIL SEPÚLVEDA, cédula de identidad N°17.984.391-9, domiciliado en CASANOVA Nº 620, comuna de Pitrufquén, asistido por el Sr. Defensor don Juan Gallardo Araya Los hechos en que lo funda son lo siguientes: El equipo anti drogas microtráfico cero de la comuna de Pitrufquén junto a la fiscalía local de Pitrufquén mantenían una investigación activa por el delito de microtráfico a fin de establecer la venta de droga en el domicilio ubicado en la Calle CASANOVA Nº 620 de la comuna de Pitrufquén por parte del imputado JOSE MANUEL LEVIPIL SEPÚLVEDA, es por esto que durante varios días y en distintos horarios los funcionarios policiales realizaron vigilancias al domicilio con la finalidad de establecer y comprobar el delito. El equipo investigativo ejecuto la figura del agente revelador en días anteriores en dicho domicilio bajo la respectiva autorización del fiscal de la causa, teniendo resultados positivos para una sustancia en polvo, en estado seco, color blanco, dubitado como clorhidrato de cocaína, lo que fue informado debidamente a la fiscalía local. Conforme a todos los medios de prueba obtenidos en la investigación, se solicitó la respectiva orden de entrada, registro e incautación al domicilio señalado, autorizada el día 26 de julio del año 2022, por el juez de garantía de Pitrufquén por un plazo de 15 días. En virtud de lo anterior, el día 02 de agosto del año 2022, a las 10:20 horas, se llevó a cabo la orden, encontrando el portón de acceso perimetral cerrado, utilizando fuerza mecánica para su apertura, misma situación relativa a la puerta de acceso del inmueble. Al ingresar se encontró al imputado en el dormitorio, trasladándolo hasta el living comedor, dándole a conocer la respectiva orden existente, efectuando una revisión del inmueble, incautándole las siguie

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 7, 11N°9,14 N°1, 15 N°1, del Código Penal; y artículos 47, 295, 296, 297, 324, 340, 341, 342 y 344, del Código Procesal Penal, Ley 18.216, ley 20.000 y ley 17.798 se declara: Código: WXCKXHEKSQB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se condena al sentenciado JOSE MANUEL LEVIPIL SEPÚLVEDA, cédula de identidad N°17.984.391-9, como AUTOR del delito de tráfico en pequeñas cantidades, consumado, que prevé y sanciona el artículo 4 de la ley 20.000, perpetrado en la comuna de Pitrufquén el 02 de agosto de 2022, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, la pena de multa de 2 UTM y a la pena de suspensión de cargos y oficios públicos por el tiempo de condenada y al comiso y destrucción de las especies incautadas. II.- Que se condena al sentenciado JOSE MANUEL LEVIPIL SEPÚLVEDA, cédula de identidad N°17.984.391-9, como AUTOR del delito de tenencia ilegal de armas de fuego y municiones, consumado, perpetrado en la comuna de Pitrufquén el 02 de agosto de 2022, que prevé y sanciona el artículo a la pena de 3 años y 1 días de presidio menor en su grado máximo y al comiso y destrucción de las especies incautadas. A la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y de la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. III.- Que, no co

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Pitrufquén, nueve de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS: PRIMERO: Que el Ministerio Público formuló acusación en procedimiento abreviado por los delitos de tráfico en pequeñas cantidades y porte y tenencia de arma de fuego en contra de JOSE MANUEL LEVIPIL SEPÚLVEDA, cédula de identidad N°17.984.391-9, domiciliado en CASANOVA Nº 620, comuna de Pitrufquén, asistido por el Sr. Defensor don Juan Ga

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