Juzgado de Garantía de Chiguayante.

PEDRO OMAR LEPE AEDO C/ MANUEL ISAÍAS FUENTEALBA JARA

Rol

O-296-2023

Fecha

14 de agosto de 2023

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que el Fiscal Adjunto de Concepción, don Jorge Esteban Lorca Rodríguez ha presentado requerimiento en procedimiento simplificado en contra de MANUEL ISAÍAS FUENTEALBA JARA, RUN 12.303.855-K, nacido el 08 de octubre de 1972, mueblista-carpintero, domiciliado en Calle Coquimbo, pasaje Galvarino casa Nº 419, Chiguayante, fono: 987527685, por atribuirle responsabilidad en calidad de autor en el delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto y sancionado en los artículos 110 y 196 de la ley 18.290, cometido en grado de consumado en la comuna de Hualqui el 01 de julio de 2020. PRIMERO: El requerimiento se fundamenta en los siguientes hechos: El día 01 de julio de 2020, alrededor de las 07.45 horas, en la vía pública, específicamente en la intersección de calles Avenida la Araucana con Freire, comuna de Hualqui, el imputado MANUEL ISAÍAS FUENTEALBA JARA, ya individualizado, condujo en estado de ebriedad, el vehículo motorizado tipo station wagon, marca Nissan, modelo Pathfinder, color gris, año 1998, placa patente SA-2180. La ebriedad del imputado se pudo constatar en principio por su hálito alcohólico, Posteriormente, se le practicó el examen de alcotest de rigor, el cual arrojó como resultado que el imputado se desempeñaba en la conducción de un vehículo motorizado con una dosificación de 1,60 gramos por mil de alcohol en la sangre y finalmente por el informe de alcoholemia N°08-CCP-OH-6452-20, el cual estableció un resultado de 2.06 gramos de alcohol por litro de sangre. Calificación Jurídica Los hechos descritos son constitutivos del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, descrito y sancionado en el artículo 110 en relación al artículo 196, ambos de la Ley 18.290. El delito se encuentra en grado de desarrollo CONSUMADO, y cabe al imputado, en los hechos descritos, participación en calidad de AUTOR de conformidad al artículo 15 N° 1 del Código Penal. Con lo señalado y teniendo presente además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°6 15 N° 1, 18, 2

Fallo

se declara: I.- Que se condena a MANUEL ISAÍAS FUENTEALBA JARA, RUN 12.303.855-K, ya individualizado, en su calidad de autor del delito de Código: VTTKXHRXHLB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD previsto y sancionado en los artículos 110 y 196 de la ley 18.290, cometido en grado de consumado en la comuna de Hualqui el 01 de julio de 2020, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS (61) DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y a la suspensión de su licencia de conducir por el termino de DOS AÑOS, la que comenzará a regir desde que termine de cumplir la impuesta en la causa RIT 6-2022 de este Tribunal sin solución de continuidad II.- Se le impone además, el pago de una multa a beneficio fiscal por el monto de Una Unidad Tributaria Mensual. La multa impuesta deberá pagarse en pesos, en el equivalente que tenga la unidad tributaria mensual al momento de su pago, mediante un depósito efectuado en la Tesorería General de la República. Si el condenado no pagase la multa impuesta sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose un día por cada tercio de unidad tributaria mensual a que ha sido condenado. Para el pago de la multa se le conceden tres cuotas de un tercio de unidad tributaria mensual cada una, debiendo estar pagada la primera antes del 30 de septiembre del 2023, la segunda a

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Chiguayante, catorce de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS: Que el Fiscal Adjunto de Concepción, don Jorge Esteban Lorca Rodríguez ha presentado requerimiento en procedimiento simplificado en contra de MANUEL ISAÍAS FUENTEALBA JARA, RUN 12.303.855-K, nacido el 08 de octubre de 1972, mueblista-carpintero, domiciliado en Calle Coquimbo, pasaje Galvarino casa Nº 419, Chiguayante, fono: 987527685, p

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