2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

SAAVEDRA/VIP ASESORIAS Y SERVICIOS INTEGRALES LTDA.

Rol

T-301-2021

Fecha

7 de febrero de 2022

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra, Costas, Despido indirecto, Nulidad del despido

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos que constan en registro de audio: 1) Marta Inés Cortés Novoa. LA PARTE DENUNCIADA INCORPORÓ LOS SIGUIENTES MEDIOS DE PRUEBA: Documental: 1) Contrato de trabajo de fecha 07 de febrero de 2021. 2) Registro de asistencia del mes de febrero y marzo de 2021. 3) Comprobante de pago de febrero de 2021. 4) Liquidaciones de remuneración de febrero y marzo de 2021. 5) Carta de despido de fecha 15 de marzo de 2021. 6) Copia de carta de despido ante la Inspección del Trabajo de fecha 15 de marzo de 2021. 7) Comprobante envío carta certificada de despido de fecha 15 de marzo de 2021. 8) Correo electrónico de requerimiento de servicio de don Ángel Morales de VIP SPA a don Víctor Monroy Albornoz del Ministerio de Salud de fecha 02 de febrero de 2021. 9) Correo electrónico de término de servicios entre don Paulo Bustos Gerente de VIP SPA y don Víctor Monroy Albornoz del Ministerio de Salud de fecha 10 de febrero de 2021. 10) Certificado de cotizaciones Previred de fecha 28 de mayo de 2021. El Tribunal tiene por incorporada la prueba documental de la parte denunciada. Confesional: La parte denunciada se desiste de la prueba confesional. Testimonial: El Tribunal prescinde de la declaración de los testigos de la parte denunciada. Observaciones a la prueba: Las partes realizan las observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. SENTENCIA: En virtud de las consideraciones antes expuestas y en virtud de lo establecido en los artículos 1°, 7°, 58, 63, 67, 162 y 420 a 462 del Código del Trabajo, se declara: 1) Que se rechaza en todas sus partes la acción de tutela laboral deducida por don Luis Hernán Saavedra Cortés en contra de su ex empleadora VIP Asesorías y Servicios Integrales SpA. 2) Que se acoge la demanda subsidiaria de cobro de prestaciones interpuesta por don Luis Hernán Saavedra Cortés en contra de su ex empleadora VIP Asesorías y Servicios Integrales SpA, sólo en cuanto se condena a ésta última pagar al trabajador deman

Fundamentos

fundamentos que constan íntegramente en el registro de audio. Testimonial: Declaró el siguiente testigo, quien legalmente juramentado expuso sobre los hechos que constan en registro de audio: 1) Marta Inés Cortés Novoa. LA PARTE DENUNCIADA INCORPORÓ LOS SIGUIENTES MEDIOS DE PRUEBA: Documental: 1) Contrato de trabajo de fecha 07 de febrero de 2021. 2) Registro de asistencia del mes de febrero y marzo de 2021. 3) Comprobante de pago de febrero de 2021. 4) Liquidaciones de remuneración de febrero y marzo de 2021. 5) Carta de despido de fecha 15 de marzo de 2021. 6) Copia de carta de despido ante la Inspección del Trabajo de fecha 15 de marzo de 2021. 7) Comprobante envío carta certificada de despido de fecha 15 de marzo de 2021. 8) Correo electrónico de requerimiento de servicio de don Ángel Morales de VIP SPA a don Víctor Monroy Albornoz del Ministerio de Salud de fecha 02 de febrero de 2021. 9) Correo electrónico de término de servicios entre don Paulo Bustos Gerente de VIP SPA y don Víctor Monroy Albornoz del Ministerio de Salud de fecha 10 de febrero de 2021. 10) Certificado de cotizaciones Previred de fecha 28 de mayo de 2021. El Tribunal tiene por incorporada la prueba documental de la parte denunciada. Confesional: La parte denunciada se desiste de la prueba confesional. Testimonial: El Tribunal prescinde de la declaración de los testigos de la parte denunciada. Observaciones a la prueba: Las partes realizan las observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. SENTENCIA: En virtud de las consideraciones antes expuestas y en virtud de lo establecido en los artículos 1°, 7°, 58, 63, 67, 162 y 420 a 462 del Código del Trabajo,

Fallo

se declara: 1) Que se rechaza en todas sus partes la acción de tutela laboral deducida por don Luis Hernán Saavedra Cortés en contra de su ex empleadora VIP Asesorías y Servicios Integrales SpA. 2) Que se acoge la demanda subsidiaria de cobro de prestaciones interpuesta por don Luis Hernán Saavedra Cortés en contra de su ex empleadora VIP Asesorías y Servicios Integrales SpA, sólo en cuanto se condena a ésta última pagar al trabajador demandante, antes individualizado, la suma de $11.963.- por concepto de feriado proporcional devengado por el periodo trabajado por un total de 0,58 días. 3) Que la cantidad ordenada pagar en forma precedente deberá serlo con los intereses y reajustes contemplados en el artículo 63 del Código del Trabajo. 4) Sin perjuicio que la demandada fue condenada al pago del feriado proporcional devengado durante el periodo trabajado, este Tribunal estima y encuentra necesario declarar que en esta causa no han existido motivos plausibles para interponer la presente acción, tanto de tutela laboral, como de despido indirecto, quedando de manifiesto la falta de fundamentación y una serie de inconsistencias en la interposición de la presente acción que no hace sino estimar a este Tribunal que ha sido interpuesta de forma temeraria, teniendo además presente la interposición de otras acciones en dicho sentido, por trabajadores en igual situación, cuestión que no hace sino confirmar el ánimo temerario de interposición de las presentes acciones, estimando ademá

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO TUTELA LABORAL FECHA 07 DE FEBRERO DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 2 RUC 21-4-0323496-3 RIT T-301-2021 MAGISTRADO ANDREA SOLER MERINO ADMINISTRATIVO DE ACTAS ANA MARÍA TORO HORA DE INICIO 12:32 HORAS HORA DE TÉRMINO 13:40 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2140323496-3-1349-220207-00 PARTE DENUNCIAN

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