HERNÁNDEZ/SERVICIOS PROFESIONALES PORTUARIOS PROPORT LIMITADA
Rol
T-138-2021
Fecha
7 de febrero de 2022
Materia
Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 19 Nº 16 CPR. Libertad de Trabajo y su protección, Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 446 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I.- Que se acoge la demanda deducida por don GUILLERMO ANDRÉS VÁSQUEZ FUENTES y JORGE HERNAN BONILLA CASTILLO, en representación de don SERGIO ANTONIO HERNANDEZ VEQUER, en contra de SERVICIOS PROFESIONALES PORTUARIOS PROPORT LIMITADA, representada por don HUGO HERNÁN FLORES AGUILA, en cuanto se declara, que con ocasión del despido del actor se vulneró su integridad física y psíquica, debiendo ser condenado el empleador al pago de las siguientes sumas: 1) $813.163 por indemnización sustitutiva del aviso previo. 2) $1.626.326 por indemnización por años de servicios. 3) $1.301.060 por recargo legal del 80% de la indemnización por años de servicios, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 168 letra c) del Código del Trabajo. 4) $142.304 por feriado proporcional. 5) $813.163 por feriado legal. 6) $460.792 por remuneraciones adeudadas de 17 días de enero de 2021. 7) $4.878.968 por indemnización adicional de seis meses de remuneraciones de conformidad a lo dispuesto en el artículo 489 del código del trabajo. 8) $2.000.000 por daño moral. II.- Que a las sumas ya consignadas deberá descontársele la suma pagada en autos ascendente a $4.500.000, según avenimiento que consta en la historia de la causa. III.- Que no se condena en costas a la demandada al no haberse opuesto a la demanda. IV.- Que las sumas ordenadas pagar deberán ser con los intereses y reajustes establecidos en los artículo 63 y 173 del Código de trabajo y respecto del daño moral éste deberá ser reajustado de acuerdo a la variación que experimente el índice de precio al consumidor entre la fecha de esta sentencia y la fecha de su pago efectivo, devengando intereses corrientes reajustables desde la mora. Regístrese y en su oportunidad archívese. RIT: T-138-2021 Las partes quedan notificadas de todo lo obrado en la audiencia Dirigió y resolvió doña VALERIA CECILIA ZUÑIGA ARAVENA Jueza Titular del Juzgado de Le
Fallo
se declara: I.- Que se acoge la demanda deducida por don GUILLERMO ANDRÉS VÁSQUEZ FUENTES y JORGE HERNAN BONILLA CASTILLO, en representación de don SERGIO ANTONIO HERNANDEZ VEQUER, en contra de SERVICIOS PROFESIONALES PORTUARIOS PROPORT LIMITADA, representada por don HUGO HERNÁN FLORES AGUILA, en cuanto se declara, que con ocasión del despido del actor se vulneró su integridad física y psíquica, debiendo ser condenado el empleador al pago de las siguientes sumas: 1) $813.163 por indemnización sustitutiva del aviso previo. 2) $1.626.326 por indemnización por años de servicios. 3) $1.301.060 por recargo legal del 80% de la indemnización por años de servicios, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 168 letra c) del Código del Trabajo. 4) $142.304 por feriado proporcional. 5) $813.163 por feriado legal. 6) $460.792 por remuneraciones adeudadas de 17 días de enero de 2021. 7) $4.878.968 por indemnización adicional de seis meses de remuneraciones de conformidad a lo dispuesto en el artículo 489 del código del trabajo. 8) $2.000.000 por daño moral. II.- Que a las sumas ya consignadas deberá descontársele la suma pagada en autos ascendente a $4.500.000, según avenimiento que consta en la historia de la causa. III.- Que no se condena en costas a la demandada al no haberse opuesto a la demanda. IV.- Que las sumas ordenadas pagar deberán ser con los intereses y reajustes establecidos en los artículo 63 y 173 del Código de trabajo y respecto del daño moral éste deberá ser
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO TUTELA (Audiencia efectuada por videoconferencia a través de plataforma digital Zoom) FECHA 07 de febrero de 2022 RUC 21- 4-0329226-2 RIT T-138-2021 Registro de MAGISTRADO Valeria Cecilia Zúñiga Aravena audio en ADMINISTRATIVO DE ACTAS Beatriz Nuñez Gutiérrez Remoto 1 HORA DE INICIO 12:11 HORA DE TERMINO 12:53 Nº REGISTRO DE AUDIO
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