FORTILUS/SOCIEDAD GASTRONÓMICA MARGÓ S.P.A.
Rol
O-3025-2021
Fecha
7 de febrero de 2022
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones, Sueldo
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, no se produce. Atendido a la rebeldía de la demandada No existiendo hechos sustanciales pertinentes y controvertidos el Tribunal procederá a dictar Sentencia de inmediato: SENTENCIA: En Santiago a tres de febrero del año dos mil veintidós. Vistos Oídos y Considerando. Primero; Demanda, Que comparece doña GUERLINE FORTILUS Rut 24545713-8, representada por don Matías Horacio Novoa Carbone, en audiencia don Edgardo Andrés Umanzor Riveros, todos domiciliados para estos efectos en Callo Morandé 835, Oficina 1215 de la Comuna de Santiago, demandan en procedimiento de aplicación general por despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales a SOCIEDAD GASTRONÓMICA MARGÓ S.P.A, Rut 76932551-4, representada legalmente por don Gonzalo Soto Frías, ambos con domicilio en Avenida PRESIDENTE KENNEDY, BLOCK LOCAL, DEPTO 3528, 9001, comuna de Las Condes. En virtud de lo dispuesto en los artículos 7, 162, 168 letra B, artículos 446, 453, 454 N°1, inciso segundo y siguiente del Código del Trabajo se declara que: I.- Se acoge la demanda interpuesta por doña GUERLINE FORTILUS, en contra de SOCIEDAD GASTRONÓMICA MARGÓ S.P.A, ambos debidamente individualizados, se declara que el despido de la primera fue verbal carente de causal y por tanto injustificado, que el mismo es nulo. II.- Que se condena a SOCIEDAD GASTRONÓMICA MARGÓ S.P.A, al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones laborales: 1) Indemnización sustitutiva del aviso previo, por monto de $869.486.- 2) Indemnización por años de servicio, por monto de $4.347.430.- 3) Recargo legal del 50% por el monto de $2.173.715.- 4) Remuneración por el periodo que va 01.11.2020 – 14.12.2020, por monto de $1.275.246.- 5) Feriado legal y/o proporcional por el monto de $851.372.- 6) Cotizaciones previsionales adeudadas en el caso de Fonasa por septiembre, octubre noviembre y diciembre del 2020, AFP PLANVITAL, por el m
Fallo
se declara que: I.- Se acoge la demanda interpuesta por doña GUERLINE FORTILUS, en contra de SOCIEDAD GASTRONÓMICA MARGÓ S.P.A, ambos debidamente individualizados, se declara que el despido de la primera fue verbal carente de causal y por tanto injustificado, que el mismo es nulo. II.- Que se condena a SOCIEDAD GASTRONÓMICA MARGÓ S.P.A, al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones laborales: 1) Indemnización sustitutiva del aviso previo, por monto de $869.486.- 2) Indemnización por años de servicio, por monto de $4.347.430.- 3) Recargo legal del 50% por el monto de $2.173.715.- 4) Remuneración por el periodo que va 01.11.2020 – 14.12.2020, por monto de $1.275.246.- 5) Feriado legal y/o proporcional por el monto de $851.372.- 6) Cotizaciones previsionales adeudadas en el caso de Fonasa por septiembre, octubre noviembre y diciembre del 2020, AFP PLANVITAL, por el mismo periodo y AFC Chile de la misma forma, por los mismos meses a razón de una remuneración de $869.486. 7) Que además deberán pagarse las remuneraciones y demás prestaciones laborales que se devenguen entre la separación, esto es, del 14 de diciembre del 2020 y hasta la convalidación del despido lo que significa hacer el pago íntegro y total de todas las cotizaciones adeudadas como se señaló en el numeral anterior, esto a razón de una remuneración de $869.486.- 8) Que la sumas antes señaladas deberán ser pagadas reajustadas y con intereses conforme lo disponen los artículos 63 y 173 del Código del Trab
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 03 de febrero de 2022 RUC 21-4-0337757-8 RIT O-3025-2021 MAGISTRADO ANDREA ILIGARAY LLANOS ADMINISTRATIVO DE ACTAS Nelson Montoya Candia HORA DE INICIO 09:08 HORA DE TERMINO 09:25 SALA SALA VIRTUAL 9 (5.3) Nº REGISTRO DE AUDIO 2140337757-8-1348 PARTE DEMANDANTE GUERLINE FOR
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