MINISTERIO PUBLICO C/ JUAN CARLOS ARAYA ÁLVAREZ
Rol
O-1731-2023
Fecha
13 de agosto de 2023
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 12 de agosto del año 2023, alrededor de las 23:40 horas aproximadamente, en circunstancias que Carabineros es alertado para que concurran frente al N° 841 de calle Carmen de la Población Carrera de Vallenar porque en el lugar existía un sujeto que estaría gritando en estado de ebriedad en el lugar, al llegar Carabineros sorprende al imputado JUAN CARLOS ARAYA ÁLVAREZ que se encontraba en estado de ebriedad y a su registro se le encuentra 1 cuchillo de 12 centímetros de empuñadura y 18 centímetros de hoja, procediendo a la detención del imputado no justificando razonablemente dicho porte. SE DECLARA: I. Que se condena a JUAN CARLOS ARAYA ÁLVAREZ, ya individualizado, en calidad de AUTOR del simple delito de PORTE DE ARMA CORTO PUNZANTE EN ESPACIOS PÚBLICOS, en grado CONSUMADO, hecho descubierto el día 12 de agosto del año 2023 en la ciudad de Vallenar, a sufrir la pena de MULTA de 0,3 UTM y comiso de la especie incautada, autorizando al Ministerio Público proceder a la destrucción de la misma. II. Que la pena de multa impuesta se tiene por cumplida con el tiempo que ha permanecido privado de libertad con ocasión de estos hechos entre los días 12 a 13 de agosto del año 2023. III. Que se le EXIME del pago de las costas del procedimiento. IV. La presente sentencia se encuentra firme y ejecutoriada para todos los efectos legales, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: PWQLXHPXJQB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-08-14T22:31:05-0400
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a JUAN CARLOS ARAYA ÁLVAREZ, ya individualizado, en calidad de AUTOR del simple delito de PORTE DE ARMA CORTO PUNZANTE EN ESPACIOS PÚBLICOS, en grado CONSUMADO, hecho descubierto el día 12 de agosto del año 2023 en la ciudad de Vallenar, a sufrir la pena de MULTA de 0,3 UTM y comiso de la especie incautada, autorizando al Ministerio Público proceder a la destrucción de la misma. II. Que la pena de multa impuesta se tiene por cumplida con el tiempo que ha permanecido privado de libertad con ocasión de estos hechos entre los días 12 a 13 de agosto del año 2023. III. Que se le EXIME del pago de las costas del procedimiento. IV. La presente sentencia se encuentra firme y ejecutoriada para todos los efectos legales, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: PWQLXHPXJQB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-08-14T22:31:05-0400
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Vallenar, trece de agosto de dos mil veintitrés TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Vallenar. MAGISTRADO: VIRGILIO RICARDO PEREZ CARRIZO RUC: 2310041770-7 RIT: 1731 - 2023 IMPUTADO: JUAN CARLOS ARAYA ÁLVAREZ C.I. 0017038558-6 FECHA DE NAC. 27-12-1988 DIRECCION Calle OHIGGINS N°571 POBL. CARRERA COMUNA: Vallenar DELITO PORTE DE ARMA CO
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