1º Juzgado Civil de Viña del Mar

VARAS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CONCON

Rol

C-2370-2020

Fecha

8 de octubre de 2020

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: Que con fecha 16 de junio del 2020, folio 1 comparece Carlos Enrique Varas Aguilera, profesor, domiciliado en Calle Los Flamencos N° 235, Lote 8, manzana C-C del Balneario Conc n Sur, comuna de Conc n e interpone demandaó ó de declaraci n de prescripci n de la acci n de cobro de derechos de aseoó ó ó domiciliario en contra de la Ilustre Municipalidad de Conc nó , corporaci nó aut noma de derecho p blico, cuyo representante legal es su Alcalde don scaró ú Ó Sumonte Gonz lez o quien ejerza actualmente dicho cargo domiciliados en Avenidaá Santa Laura N° 567, Conc n, solicitando se declare que se encuentra prescrita laó acci n para el cobro de los derechos de aseo domiciliarioó adeudados desde mayo el a o 1997 hasta el mes de diciembre de 1999 inclusive, ascendentes a la suma deñ $518.422.- respecto a su propiedad, ubicada en calle Los Flamencos N° 235, que corresponde al Lote 8, Manzana C-C del Balneario Conc n Sur, comuna deó Conc n, inscrito a fojas 812 vuelta N°ó 945 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Conc n, correspondiente al a o 1992 con costas.í ó ñ Que con fecha 19 de agosto del 2020, se notifica a la parte demandada de la demanda. Que con fecha 25 de agosto del 2020, folio 23, la parte demandada contesta la demanda allan ndose a la pretensi n de la demandante. E interpone demandaá ó reconvencional de cobro de pesos o cobro de derechos de aseo en contra de la demandante solicitando que se le condene al pago de los derechos de aseo adeudado de los per odos que van desde el 31 de mayo de 2018 al 31 de mayo deí 2020 por la suma total de $128.190.- m s intereses y reajustes correspondientes,á calculados desde la interposici n de esta demanda hasta la fecha de su pagoó efectivo. Que con fecha 28 de agosto del 2020, folio 25 la parte demandante- demandada reconvencional contesta la demanda reconvencional allan ndose a ella.á Que con fecha 7 de octubre del 2020, folio 33, se efectu el llamado aó conciliaci n en audiencia realizada a

Fundamentos

Considerando: Primero: De la demanda de declaraci n de prescripci n de acci n deó ó ó cobro de derechos de aseo. Que con fecha 16 de junio del 2020, folio 1 comparece Carlos Enrique Varas Aguilera, profesor, domiciliado en Calle Los Flamencos N° 235, Lote 8, manzana C-C del Balneario Conc n Sur, comuna deó Conc n e interpone demanda de declaraci n de prescripci n de la acci n de cobroó ó ó ó de derechos de aseo domiciliario en contra de la Ilustre Municipalidad de Conc n,ó corporaci n aut noma de derecho p blico, cuyo representante legal es su Alcaldeó ó ú don scar Sumonte Gonz lez o quien ejerza actualmente dicho cargo domiciliadosÓ á en Avenida Santa Laura N° 567, Conc n, por los siguientes argumentos:ó Se ala que es due o del inmueble ubicado en calle Los Flamencos N° 235,ñ ñ que corresponde al Lote 8, Manzana C-C del Balneario Conc n Sur, comuna deó Conc n; inscrito a mi nombre a fojas 812 vuelta, n mero 945 del Registro deó ú Propiedad del a o 1992 del Conservador de Bienes Ra ces de Vi a del Mar.ñ í ñ Explica que, creyendo que su inmueble est exento del pago de derechos deá aseo domiciliario, solicit el certificado de no deuda de derechos de aseo y luegoó de obtenerlo, conoci sorpresivamente de que existe una deuda de derechos de aseoó desde mayo del a o 1997 a la actualidad, que, al mes de diciembre de 2019ñ ascend a a la suma de $613.367.-, deuda respecto de la cual la I. Municipalidad noí ha intentado su cobro, habiendo transcurrido el plazo de prescripci n paraó intentarlo respecto de los derecho de aseo devengados desde el 31 de mayo de 1997 hasta el 31 de diciembre de 1999, ascendiente a la suma de $518.422.-. Hace referencia a lo estipulado en los art culos 2514, 2515 inciso primero yí 2521 del C digo Civil. Asimismo, transcribe el art culo 698 del C digo deó í ó Procedimiento Civil. Concluye sosteniendo que la acci n que ten a la demandada para cobrar losó í derechos de aseo devengados desde el a o 1997 hasta el mes de diciembre delñ 1999 han prescrito por haber transcurrido el plazo previsto por el C digo Civil.ó Por lo que en m rito de lo expuesto y conforme a lo dispuesto en losé art culos 2514 y siguientes del C digo Civil, Art. 703 y siguientes del C digo deí ó ó Procedimiento Civil, solicita se declare que se encuentra prescrita la acci n para eló cobro de los derechos de aseo domiciliario adeudados desde mayo el a o 1997ñ hasta el mes de diciembre de 1999 inclusive, ascendentes a la suma de $518.422.- respecto a su propiedad, ubicada en calle Los Flamencos N° 235, que corresponde al Lote 8, Manzana C-C del Balneario Conc n Sur, comuna de Conc n, inscrito aó ó fojas 812 vuelta N° 945 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Conc n, correspondiente al a o 1992 con costas.í ó ñ Segundo: De la contestaci n de la demanda. ó Que con fecha 25 de agosto del 2020, folio 23, la parte demandada contesta la demanda allan ndose a laá pretensi n de la demandante, se alando lo siguiente:ó ñ Que, viene en allanarse tot

Fallo

por tanto, no cabe demostrar pagos efectuados si antesó no existi notificaci n ni acci n de cobro previo.ó ó ó Luego, en cuanto a los montos cobrados, indica que se allana totalmente a la pretensi n del demandante reconvencional, en los pagos correspondientes desde eló mes mayo de 2018 a mayo de 2020, cuotas que est n consignadas en el estado deá cuenta. Por lo que en m rito de lo expuesto, solicita se tenga por contestada laé demanda reconvencional interpuesta por la Ilustre Municipalidad de Conc n,ó se alando el allanamiento total de la deuda entre los periodos del mes de mayo deñ 2018 a mayo de 2020 por derechos de aseo domiciliario, pidiendo a su vez eximir el pago de costas por tener la demandada reconvencional patrocinio con privilegio de pobreza. Quinto: Prueba de la demandante. Que en orden a acreditar los hechos en que fundamenta su pretensi n el actor acompa los siguientesó ñó instrumentos: 1.- Copia simple digitalizado del certificado de dominio vigente emitido por el Conservador de Bienes Ra ces de Conc n del inmueble ubicado en laí ó comuna de Vi a del Mar, Lote 8, manzana C-C del Balneario Conc n Sur, inscritoñ ó a fojas 812 vuelta N°945 del Registro de Propiedad del a o 1992 a nombre deñ Carlos Enrique Varas Aguilera. Documento agregado a folio 1 y 7. 2.- Copia simple digitalizada de la copia de inscripci n de dominio de laó propiedad a fojas 812 vuelta N°945 del Registro de Propiedad del a o 1992 delñ Conservador de Bienes Ra ces de Vi a del Mar, en que con

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FOJA: 35 .- Treinta y cinco .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-2370-2020 CARATULADO : VARAS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CONCON Vi a del Marñ , ocho de Octubre de dos mil veinte Visto: Que con fecha 16 de junio del 2020, folio 1 comparece Carlos Enrique Varas Aguilera, profesor, domiciliado en Calle Los Flamencos N° 235, Lote 8, manzana C-C del

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