GEOFREY AQUILES CIFUENTES AVILA C/ CAMILO JAVIER NÚÑEZ SANHUEZA
Rol
O-3167-2022
Fecha
9 de agosto de 2023
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: PRIMERO: Que ante este Tribunal de Garantía de Talcahuano, se ha presentado por el Ministerio Público, requerimiento en procedimiento simplificado en contra de CAMILO JAVIER NUÑEZ SANHUEZA, Cédula de Identidad N° 17.539.780- 9, empleado, domiciliado en Río Allipen N° 5350, comuna de Talcahuano, en perjuicio de doña GLORIA IVETTE CABEZAS GAETE, Cédula de identidad N°9.552.308-0, ignoro profesión u oficio, con domicilio en calle Rio Turbio N° 42, Población Denavi Sur, comuna de Talcahuano. SEGUNDO: Los hechos del requerimiento presentado por el Ministerio Público, son los siguientes: El día 19 de Enero de 2019, alrededor de las 21:15 horas, en la vía pública, específicamente en calle Las Dalias frente al N°4331 de la comuna de Talcahuano, el imputado Camilo Javier Núñez Sanhueza, se encontraba conduciendo en estado de ebriedad el vehículo marca Toyota, modelo Yaris, año 2007, color plateado, placa patente única WW.8512, producto de lo que perdió el control del móvil colisionando contra el vehículo marca Hyundai, modelo Target, placa patente única XN.6358 el que era de propiedad y, a su vez, era conducido por doña Gloria Ivette Cabezas Gaete, ocasionándole daños parte delantera costado izquierdo, no avaluados a la fecha, siendo posteriormente detenido por personal de Carabineros de Chile. Al imputado se le practicó examen de alcoholemia, examen que arrojó que conducía con una dosificación de 1,37 gramos de alcohol por litro de sangre. En cuanto a la calificación jurídica, grado de desarrollo y participación a juicio de la Fiscalía, los hechos descritos son constitutivos del delito de Manejo en estado de ebriedad ocasionando daños, previsto y sancionado en el artículo 196 de la Ley N° 18.290 de Tránsito, en relación con los artículos 110 y 111 del mismo cuerpo legal, en grado de desarrollo de CONSUMADO, correspondiendo al imputado una participación en Código: XXKHXHXSNWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificad
Fundamentos
motivos laborales, no tenemos permiso para ausentarnos aquí le detallo lo que ocurrió desde el accidente. El accidente en cuestión ocurrió con fecha 19 de enero 2019, a los pocos días el dueño del vehículo que me chocó fue a mi domicilio y fuimos al taller para que puedan reparar los daños, en ese acto me canceló todo lo que correspondía, ese mismo día fuimos a la fiscalía e hizo las consultas con la secretaria sobre qué podía hacer si ya me habían cancelado los daños y yo no quería seguir con esto ya que era muy engorroso; me indicó que debía firmar un documento donde yo desistía de seguir con la causa los motivos fueron que me cancelaron los daños, meses después llegó a mi casa una inspectora de investigaciones a tomar mi declaración y le dije lo mismo también le firmé un documento debo aclarar que quien canceló los daños fue el dueño del vehículo que me chocó Camilo Núñez y que él no estaba conduciendo el día del choque, lo que recuerdo de quien conducía el vehículo en un hombre joven de contractura delgada y cabello oscuro espero que con esta explicación detallada podemos terminar de forma definitiva con todo este largo proceso Saludos cordiales Gloria Cabezas Gaete, Rut 955 308- 0. OCTAVO: Que el requerido Camilo Javier Núñez Sanhueza no prestó declaración. NOVENO: Que, de conformidad con la prueba rendida por el Ministerio Público prueba documental consistente en el dragger móvil printer puesto de prueba alcotest e informe de alcoholemia del requerido y testimonial, consistente en los dichos de la víctima Código: XXKHXHXSNWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:5@gmail.com Gloria Cabezas Gaete y Egon Eduardo Tolg Núñez, se deben tener por acreditados los siguientes hechos: El día 19 de Enero de 2019, alrededor de las 21:15 horas, el vehículo PPU XN6358, conducido por Gloria Ivette Cabezas Gaete fue impactado por el vehículo placa patente WW 8512 y en la vía pública, específicamente en calle Las Dalias frente al N°4331 de la comuna de Talcahuano, el imputado Camilo Javier Núñez Sanhueza, fue retenido por civiles y entregado a carabineros de Chile quienes lo detuvieron. Al imputado se le practicó examen de alcoholemia, examen que arrojó una dosificación de 1,37 gramos de alcohol por litro de sangre. DECIMO: Que, la prueba rendida por el Ministerio Público consistente en prueba documental dragger móvil printer puesto de prueba alcotest e informe de alcoholemia del requerido y testimonial, consistente en los dichos de la víctima Gloria Cabezas Gaete y Egon Eduardo Tolg Núñez ya referida en el fundamento Sexto de este fallo, ha resultado absolutamente insuficiente para producir la convicción en el Tribunal, más allá de toda duda razonable, de la participación de Núñez Sanhueza en el delito de manejo en estado de ebriedad causando daños, por el cual fue requerido por el ente persecutor toda vez que no logró acreditarse que él conducía el vehículo placa patente WW8512 al mo
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1º, 3, 14 n° 1, 15 n° 1 del Código Penal; y artículos 48, 276, 295, 296, 297, 333, 338, 340, 342, 388, 389, 395 y 396 del Código Procesal Penal; y artículos 110,111 y 196 de la ley 18.290, se declara: A.- Que se ABSUELVE al imputada CAMILO JAVIER NUÑEZ SANHUEZA, Cédula de Identidad N° 17.539.780-9, ya individualizado, de los hechos por los cuales fue requerido. B.- Que no se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para litigar. Los intervinientes se entienden personalmente notificados de esta sentencia. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RUC 1900076411-9.- RIT 3.167-2022.- DICTADA POR LA SEÑORA HUMILDE SILVA GAETE, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE GARANTIA DE TALCAHUANO. Código: XXKHXHXSNWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XXKHXHXSNWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-08-12T13:54:19-0400
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JUZGADO DE GARANTIA TALCAHUANO Talcahuano, nueve de agosto de dos mil veintitres. VISTO: PRIMERO: Que ante este Tribunal de Garantía de Talcahuano, se ha presentado por el Ministerio Público, requerimiento en procedimiento simplificado en contra de CAMILO JAVIER NUÑEZ SANHUEZA, Cédula de Identidad N° 17.539.780- 9, empleado, domiciliado en Río Allipen N° 5350, comuna de Talcahuano, en perjuicio d
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