2º Juzgado Civil de San Miguel

TORO/

Rol

V-160-2019

Fecha

7 de octubre de 2020

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Comparece do a ñ Genoveva Encarnaci n Toro Lagosó , jubilada, domiciliada en calle Teresa Vial n 1173 de la comuna de San Miguel, deduciendo reclamo por negativa de° inscripci n en contra del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel.ó í Relata que mediante escritura p blica de fecha 11 de septiembre de 2000, otorgada anteú el Notario P blico Bernardo Hojman Pezoa, do a ú ñ Rafaela de Las Mercedes Toro Lagos cede los derechos que le correspond an sobre el inmueble singularizado en la cl usula primera deí á dicha escritura p blica, a do a ú ñ Carmen Orqu dea de las Riberas Toro, í a don Daniel Roberto Quiroga Toro y a do añ Patricia Andrea Quiroga Toro. El inmueble sobre el cual recaen los derechos es aquel ubicado en pasaje Arica n 157, que corresponde al sitio o lote 108° de la poblaci n Villa Esmeralda de la comuna de San Joaqu n. La cedente habr a adquirido losó í í derechos que transfiri mediante escritura p blica de 18 de marzo de 1997, pero que a la fechaó ú de dicha cesi n no se encontraba inscrita, seg n consta en la cl usula primera de la cesi n deó ú á ó derechos singularizada con anterioridad. En todo caso, en la cl usula s ptima de dicha cesi n laá é ó cedente confiri el siguiente poder a la parte cesionaria: La Cedente faculta irrevocablemente aó “ la parte cesionaria para que la represente en las escrituras de rectificaci n, aclaraci n yó ó complementarias en el evento que fueren necesarias para que este contrato produzca todos sus efectos y en especial, el dominio se inscriba en el respectivo Conservador de Bienes Ra ces aí nombre de los comuneros, pudiendo al efecto comparecer por s y en representaci n de laí ó cedente . Adem s, en la cl usula octava se facult al portador de copia autorizada de la escritura” á á ó de cesi n, para que pudiera solicitar y suscribir ante el competente funcionario, las inscripciones,ó cancelaciones y subinscripciones pertinentes. Indica que con fecha 1 de octubre de 2018, portando una copia autorizada de la esc

Fundamentos

Considerando: Primero: Que requerido informe, el reclamado se ala, que mediante car tula n 98327ñ á ° de 10 de octubre de 2018, se solicit la inscripci n de la escritura p blica de cesi n de derechosó ó ú ó de fecha 11 de septiembre de 2000, suscrita en la Notar a de San Miguel de don Bernardoí Hojman Pezoa, por medio de la cual Rafaela de las Mercedes Toro Lagos, cede a Carmen Orqu dea De Las Riberas Toro, Daniel Roberto y a Patricia Andrea, ambos Quiroga Toro, ení los porcentajes de un veinticinco por ciento para la primera y en doce coma cinco por ciento para los restantes, la propiedad ubicada en Pasaje Arica n 157, que corresponde al sitio n 108,° ° de la Poblaci n Villa Esmeralda, comuna de San Joaqu n. Dicho requerimiento fue reparado poró í no indicarse en el instrumento p blico, el t tulo de dominio en el cual se encontraba inscrita laú í propiedad ya individualizada, anotaci n presuntiva que fuera subsanada mediante escritura deó rectificaci n de fecha ó 26 de septiembre de 2000, suscrita en la Notar a de San Miguel de do aí ñ Patricia Manr quez Huerta e ingresada bajo la car tula n 33699 de 28 de marzo de 2019, en laí á ° cual se hace expresa menci n que la propiedad materia del presente informe se encuentraó inscrita a fs. 12238 vta. n 11327 del Registro de dominio del a o 2018.° ñ Agrega, que la solicitud de inscripci n fue nuevamente reparada por considerarse que losó mandatarios carec an de í poder suficiente para rectificar cl usulas esenciales, cuesti n que podr aá ó í ser obviada toda vez que, analizada nuevamente la documentaci n aportada en autos, no habr aó í una modificaci n sustancial del contrato celebrado ni tampoco se estar a vulnerando la voluntadó í expresada por las partes. No obstante ello y realizado un nuevo estudio de t tulos, ha podidoí detectar que en la primera escritura la parte vendedora concurre bajo el estado civil de casada RIT« » Foja: 1 con don Jos Manuel Miquel Olivares y actuando bajo el imperio del é art culo 150 del C digoí ó Civil, circunstancia que no se encuentra reflejada en la inscripci n de dominio a fs. 12238 vta.ó n 11327 del Registro de dominio del a o 2018, Rafaela de las Mercedes Toro Lagos, figura° ñ simple y llanamente casada, sin alusi n alguna a su patrimonio reservado, raz n por la cual seó ó requerir a, en la cesi n de derechos que se pretende inscribir, la comparecencia de su c nyuge ení ó ó su calidad de administrador de la sociedad conyugal, a menos que en la escritura p blica porú medio de la cual adquiri estableciese dicha circunstancia y adem s se acreditase tal comoó á expresamente lo exige el art culo en cuesti n.í ó Segundo: Que del m rito de los documentos acompa ados y yendo a lo pertinente, seé ñ ha probado -por adecuarse a la forma de celebraci n de los contratos de cesi n de derechos-,ó ó que do a Rafaela de las Mercedes Toro Lagos, cedi a do a Carmen Orqu dea De Las Riberasñ ó ñ í Toro, a don Daniel Roberto y a do a Patricia Andrea, ambos Quiroga Toroñ , los derechos q

Fallo

se declara que: Se acoge la solicitud disponi ndose la pr ctica de la inscripci n negada, debiendoé á ó registrarse la escritura p blica de fecha 11 de septiembre de 2000, otorgada ante el Notarioú P blico Bernardo Hojman Pezoa, que contiene el contrato de cesi n de derechos celebrado entreú ó do a Rafaela de Las Mercedes Toro Lagos y do a Carmen Orqu dea de las Riberas Toro, donñ ñ í Daniel Roberto Quiroga Toro y do a Patricia Andrea Quiroga Toro, y su escritura p blicañ ú RIT« » Foja: 1 rectificatoria de fecha 26 de marzo de 2019, otorgada ante la Notario P blico do a Patriciaú ñ Manr quez Huerta, bajo el repertorio n 235-2019, dej ndose constancia que ello obedece a unaí ° á resoluci n judicial que as lo dispuso.ó í Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Dictada por Katherine Grace Campbell Espinosa, juez suplente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, siete de Octubre de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-10-07T20:40:17-0300

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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : V-160-2019 CARATULADO : TORO/ San Miguel, siete de Octubre de dos mil veinte Vistos: Comparece do a ñ Genoveva Encarnaci n Toro Lagosó , jubilada, domiciliada en calle Teresa Vial n 1173 de la comuna de San Miguel, deduciendo reclamo por negativa de° inscripci n en contra del Conservador de Bienes R

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