1º Juzgado Civil de Rancagua

ABARCA/AVILÉS

Rol

C-28372-2017

Fecha

8 de octubre de 2020

Materia

REIVINDICACIÓN

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: .- Demanda.- Con fecha 21 de agosto de 2017, comparece don V ctor Hugoí Jerez Migueles, abogado, domiciliado en Avenida Brasil 850 oficina 410 de Rancagua, en representaci n de do a Meria In s Abarca Vidal, labores de casa, con domicilio Eló ñ é Rulo, Callej n Cancha Carrera 353 de la comuna de Coinco y de do a Claudia In só ñ é Avil s Abarca, labores de casa, domiciliada en el sector El Rulo, callej n Canchaé ó Carrera 180 de la Comuna de Coinco, viene en presentar demanda de reivindicaci n enó contra de don H ctor Osvaldo Avil s C sped, domiciliado en Callej n Cancha Carreraé é é ó 1450, sector El Rulo de la comuna de Coinco y de don Luis Eduardo Avil s C sped,é é con domicilio en sector El Rulo S/N de la Comuna de Coinco. Se ala que sus representadas son due as de la propiedad ubicada en El Rulo, deñ ñ la comuna de Coinco que se encuentra inscrita a fojas 7109 vuelta N 8385 Del Registro° de Propiedad del a o 2008 del Conservador de Bienes Ra ces de Rancagua, y queñ í deslinda: NORTE, hijuela adjudicada a la sucesi n de don Ram n Luis Avil só ó é Contreras; SUR, derechos de cerros de la sucesi n Avil s; ORIENTE; con hijuelaó é adjudicada a la sucesi n de don Ram n Luis Avil s Contreras; y PONIENTE; conó ó é camino vecinal. Agrega que una parte de dicha propiedad es ocupada por los demandados, en una extensi n de 604 m2 siendo sus deslindes especiales al NORTE, en l nea quebradaó í de 30,70 metros y 9 metros con hijuela adjudicada a la sucesi n de Ram n Luis Avil só ó é Contreras; SUR, en 40 metros 30 cent metros con el resto de la propiedad de lasí actoras; al ORIENTE en 17 metros 50 cent metros con hijuela adjudicada a don Ram ní ó Luis Avil s Contreras; y al PONIENTE, en 14 metros con camino vecinal hoy pasajeé Cancha de Carrera. Indica que, demandado de precario, don H ctor Osvaldo Avil s C sped, se alé é é ñ ó que dicha porci n de terreno la ocupaba por tener derechos hereditarios junto a suó hermano don Luis Eduardo Avil s C sped, no acreditando de

Fundamentos

Considerando: A.- En cuanto a la objeci n documentaló Primero: Que, a folio 88, la parte demandada y demandante reconvencional, promueve incidente de objeci n, respecto a los documentos acompa ados en el segundoó ñ otros del escrito presentado por la parte contraria en folio 78 y reiterados en folio 81,í toda vez que no le consta la autenticidad de tales planos, ni menos la veracidad contenida en sus textos, menos al no haber comparecido en la oportunidad debida, las personas que aparecen suscribi ndolos como sus autores.é Segundo: Que, conferido el traslado a la incidencia, el apoderado de la parte demandante lo evacua indicando que, los planos se alados en el n mero 1 y 3 de lañ ú presentaci n son copias otorgadas por el Conservador de Bienes Ra ces de Rancagua,ó í que se encuentran agregados en Registro de Propiedad que est a sus cargo, y queá C-28372-2017 corresponden a propiedades de los demandados que fueron subdivididas por ellos mismos y que, adem s, est n suscritas, por ellos mismos.á á Respecto del documento signado con el n mero 2, indica que ha sido generadoú por la ilustre Municipalidad de Coinco en forma oficial para se alar la ubicaci n de lañ ó Posta que fue hecha en terrenos en que el causante de sus representadas don y que enó la actualidad est graficando una situaci n de toda la familia Avil s, con sus distintasá ó é propiedades que fueron repartidas entre ellos. Tercero: Que, respecto de los planos del numeral 1 y 3 de presentaci n de folioó 78, lo cierto es que los mismos responden a copias fotost ticas de los instrumentosá registrados debidamente ante el Conservador de Bienes Ra ces de Rancagua, teniendo laí calidad de instrumentos p blicos, mismos que solo pueden ser objetados por inexactos,ú por lo que de plano ha de rechazarse la excepci n en este punto.ó Ahora, en cuanto a los instrumentos emitidos por la I. Municipalidad de Coinco, los mismos responden a instrumentos privados emitidos por una entidad oficial, respecto del cual solo cabe alegar la falsedad o la falta de integridad del documento, pero siempre en el entendido que la falsedad dice relaci n con la materialidad del mismo en tanto queó la integridad alude a lo entero del instrumento, no advirti ndose el mismo como falso, nié cercenado, ilegible o no ntegro, por lo que tambi n ha de rechazarse la excepci n ení é ó este punto B.- En cuanto a la demanda de reivindicaci nó Cuarto: Que, comparece V ctor Hugo Jerez Migueles, abogado, ení representaci n de do a Mar a In s Abarca Vidal y de do a Claudia In s Avil s Abarca,ó ñ í é ñ é é quien viene en presentar demanda de reivindicaci n en contra de don H ctor Osvaldoó é Avil s C sped, de don Luis Eduardo Avil s C sped, se alando que sus representadas soné é é é ñ due as de la propiedad ubicada en El Rulo, de la comuna de Coinco que se encuentrañ inscrita a fojas 7109 vuelta N 8385 del Registro de Propiedad del a o 2008 del° ñ Conservador de Bienes Ra ces de Rancagua, y que una parte de dicha propiedad esí ocupada por

Fallo

Por lo expuesto y previa cita de los art culos 889 y siguientes del C digo Civil,í ó solicita se declare en definitiva: 1.-Que el inmueble individualizado es de propiedad exclusiva de sus representadas y, por consiguiente, los demandados no tienen derecho alguno de dominio sobre l.é C-28372-2017 2.-Que los demandados deben restituirles dicho inmueble dentro de tercero d a desdeí que quede ejecutoriada la sentencia definitiva, bajo apercibimiento de lanzamiento, incluyendo todos los dem s ocupantes.á 3.-Que los demandados deben pagar las costas de la causa. .- Notificaci nó .- Con fecha 23 de septiembre de 2017, se notifica personalmente a ambos demandados. .- Contestaci nó .- Con fecha 12 de abril de 2017, se evac a el tr mite de laú á contestaci n, y con fecha 26 de octubre de 2017 se tuvo por contestada la demanda soloó respecto al demandado H ctor Avil s C sped, oportunidad en que el demandado solicitaé é é el rechazo de la demanda con expresa condena en costas. Asimismo, en el primer otrosí de dicha presentaci n, deducen demanda reconvencional de Prescripci n Adquisitivaó ó Ordinaria y demanda reconvencional de Reivindicaci n, las cuales solo se tienen poró interpuestas respecto a don H ctor Avil s C sped.é é é .- R plicaé .- Con fecha 31 de enero de 2018, se evac a el tr mite de la r plica yú á é de la contestaci n de las demandas reconvencionales, tr mites que se tienen poró á evacuados con fecha 6 de junio de 2018. .- D plicaú .- Con fecha 14 de junio de 2018, se ti

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C-28372-2017 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Rancaguaº CAUSA ROL : C-28372-2017 CARATULADO : ABARCA/AVIL SÉ Rancagua, ocho de Octubre de dos mil veinte Vistos: .- Demanda.- Con fecha 21 de agosto de 2017, comparece don V ctor Hugoí Jerez Migueles, abogado, domiciliado en Avenida Brasil 850 oficina 410 de Rancagua, en representaci n de do a Meria In s Abarca Vidal, labo

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