MINISTERIO PUBLICO ANTOFAGASTA C/ MICHAEL DAMIÁN SANDOVAL DELGADO
Rol
O-359-2023
Fecha
9 de agosto de 2023
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación fiscal –a la que se adhirió la parte querellante- contenida en el auto de apertura del juicio oral de fecha 18 de mayo de 2023, proveniente del Juzgado de Garantía de Antofagasta, según transcripción textual, son los siguientes: “El día 18 de noviembre de 2022, siendo las 12:00 horas aproximadamente el imputado Michael Sandoval Delgado, llegó hasta calle Merced a la altura del 504 de Antofagasta, procediendo a merodear el sector y ya siendo las 14:00 horas comenzó a cortar con el objeto de apropiarse con ánimo de lucro con una hoja de sierra de mano los cables de teléfono “fibra óptica” del sector, logrando obtener 01 rollo de cable de telefonía de 29,6 metros, color negro, multipar de 100 pares de cobre, siendo advertida de esta acción por un testigo, quien da cuenta a carabineros quienes Código: XHGJXGNXCSZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 proceden a la detención del imputado en calle Irarrázaval con esquina calle Bandera, portando el imputado tanto los cables robados como la hoja de sierra utilizada para cometer el ilícito. A raíz de esta acción del imputado se produjo la interrupción de servicios de telefonía e internet de 16 clientes de Movistar”. A juicio del Ministerio Público y la querellante, los hechos anteriormente descritos son constitutivos del delito consumado de robo en bien nacional de uso público con interrupción de servicio de internet y telefonía previsto y sancionado en el artículo 443 inciso final del Código Penal, atribuyéndole participación al imputado en calidad de autor directo e inmediato en los hechos, según lo dispuesto en el artículo 15 Nº 1 del Código Penal. Indicaron además los acusadores que al encartado no le perjudican ni benefician circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal. Finalmente, en virtud de lo expuesto, los acusadores solicitaron se impusiera al acusado la pena de tres años y u
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el día cuatro de agosto del año en curso, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, integrada por las juezas Marisol Melgarejo Altura, quien la presidió, Constanza Encina Zacur y Claudia Lewin Arroyo, las dos primeras juezas suplentes y la tercera titular, se llevó a efecto de modo remoto, a través de video conferencia y usando la plataforma Zoom, la audiencia de juicio oral en causa RUC N° 2201157104-6, RIT Nº 359-2023, seguida en contra del acusado MICHAEL DAMIAN SANDOVAL DELGADO, cedula nacional de identidad N° 17.897.377-0, chileno, 32 años, enfierrador, nacido el 31-3-91 en Concepción, soltero, quien fijó como domicilio el de calle Juan XXIII N° 1272 Coronel y para efectos del artículo 26 del Código Procesal Penal, el de calle Cerro Pedregal N° 8834 de Antofagasta, actualmente privado de libertad en causa diversa en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Concesionado de esta ciudad. Compareció el Ministerio Público, representado por la fiscal Paola Acevedo Vera y la querellante Movistar (Telefónica S.A.), representada por la abogada Paulina Orellana Fadic, mientras que la defensa del acusado estuvo a cargo del abogado defensor penal licitado, Stephen Kendall Craig. Todos los intervinientes con domicilios en esta ciudad y correos electrónicos conocidos del tribunal, para efectos de notificación. Código: XHGJXGNXCSZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Que como se dijo, la audiencia de juicio se celebró de modo remoto a través de la plataforma “Zoom” y al inicio de su realización se informó a la defensa y al acusado acerca de la existencia de una sala virtual anexa, a efectos de salvaguardar la comunicación directa y privada entre ambos, sin perjuicio que, estando en libertad el encausado, realizaran dichos contactos vía telefónica. Además, durante el desarrollo del juicio se llevaron a efecto los interrogatorios y contra examen de los testigos, en forma fluida, sin dificultades técnicas relevantes que hubieran podido afectar la inmediación. Lo mismo aconteció con la incorporación de la restante prueba. SEGUNDO: Que, los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación fiscal –a la que se adhirió la parte querellante- contenida en el auto de apertura del juicio oral de fecha 18 de mayo de 2023, proveniente del Juzgado de Garantía de Antofagasta, según transcripción textual, son los siguientes: “El día 18 de noviembre de 2022, siendo las 12:00 horas aproximadamente el imputado Michael Sandoval Delgado, llegó hasta calle Merced a la altura del 504 de Antofagasta, procediendo a merodear el sector y ya siendo las 14:00 horas comenzó a cortar con el objeto de apropiarse con ánimo de lucro con una hoja de sierra de mano los cables de teléfono “fibra óptica” del sector, logrando obtener 01 rollo de cable de telefonía de 29,6 metros, color negro, multipar de 100 pares de cobre, siendo advertida de esta acción por un te
Fallo
Por estas consideraciones y, de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 1°, 15 N° 1, 18, 21, 31, 24, 25, 30, 31, 47, 50, 51, 432, 443 y 449 del Código Penal; artículos 1°, 4°, 36, 45, 46, 47, 281, 295, 296, 297, 309, 325, 326, 328, 329, 338, 339, 340, 341, 342, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se condena al acusado MICHAEL DAMIAN SANDOVAL DELGADO, ya individualizado, a la pena de seiscientos (600) días de presidio menor en su grado medio, más la pena accesoria del artículo 30 del Código Penal, esto es, la de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de robo en bien nacional de uso público cometido el 18 de noviembre de 2022, en esta ciudad, sin costas. II.- Que, no reuniendo el condenado los requisitos de la Ley N° 18.216.-, deberá cumplir la pena privativa de libertad impuesta de manera efectiva, sirviéndole de abono el tiempo que estuvo privado de libertad con motivo de esta causa, esto es, entre el día 18 al 25 de noviembre de 2022, ambas fechas inclusive, lo que asciende a un total de 8 días, según fluye de lo consignado en el respectivo auto de apertura de juicio oral, como también, de la certificación suscrita por el Ministro de Fe Código: XHGJXGNXCSZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 24 de este tribunal con fecha tres de agosto pasado. La pena impuesta se le contará desde que el tribunal de garantía
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1 Antofagasta, nueve de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el día cuatro de agosto del año en curso, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, integrada por las juezas Marisol Melgarejo Altura, quien la presidió, Constanza Encina Zacur y Claudia Lewin Arroyo, las dos primeras juezas suplentes y la tercera titular, se llevó a efecto
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