3º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

BANCO ESTADO DE CHILE/VALDÉS

Rol

C-2510-2018

Fecha

6 de octubre de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, con fecha 25 de mayo de 2018, comparece don Maximiliano José Sánchez Derio, abogado, en representación del Banco del Estado de Chile, ambos con domicilio en esta ciudad, en calle Arturo Prat N° 400, y entabla demanda ejecutiva en contra de doña Viviana Aracelli Valdés Santander, ignora profesión u oficio, domiciliada en Punta Arenas 5305 Lautaro, Antofagasta, a fin que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma, al 23 de abril de 2018 de $2.144.532.-, más los intereses pactados devengados desde el incumplimiento hasta el pago efectivo, incluso aquellos que se generen durante la tramitación de esta causa, requerir de pago al deudor, y ordenar se siga adelante esta ejecución hasta que a su representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas de la contraria. Funda su demanda en que su representado es dueño del Pagaré N° 00006208877, que fue suscrito en calidad de deudor principal por la ejecutada, ya individualizada, por la suma de $ 2.237.021.-, por conceptos de capital, más un interés del 0,9000% mensual. El cual se obligó a pagar en 60 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $ 48.409- cada una, salvo última por $ 48.376.- venciendo la primera de ellas el día 05 de septiembre de 2017. C-2510-2018 Agrega que el deudor ha dejado de pagar desde el vencimiento de la cuota correspondiente al día 05 de diciembre de 2017, inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $ 2.144.532.-, por concepto de capital; más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda más las costas de esta causa. La obligación es indivisible, la suscriptora relevó al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la firma de esta se encuentra autorizada por notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva

Fallo

por tanto el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $ 2.144.532.-, por concepto de capital; más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda más las costas de esta causa. La obligación es indivisible, la suscriptora relevó al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la firma de esta se encuentra autorizada por notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. SEGUNDO: Que, con fecha 12 de junio de 2018, comparece la ejecutada, doña Viviana Aracelli Valdés Santander y opone excepción de falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho título tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relación al demandado, contemplada en el artículo 464 N°7 del Código de Procedimiento Civil. Fundada en que la firma del suscriptor no ha sido autorizada ante Notario Público de conformidad a la ley. De acuerdo al artículo 425 del Código Orgánico de Tribunales, los notarios podrán autorizar las firmas que estampen en documentos privados, siempre que den fe del conocimiento o de la identidad de los firmantes y dejen constancia de la fecha en que firman. Agrega que, jamás concurrió o compareció a estampar ante Notario la firma puesta en el pagaré en que se funda la ejecución. Ignora qué Notario autorizó su firma. Concluye que, habiéndose firmado el pagaré en blanco y

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C-2510-2018 FOJA: 20. TRIBUNAL : TERCER JUZGADO CIVIL ANTOFAGASTA. EJECUTANTE : BANCO DEL ESTADO DE CHILE EJECUTADO : VIVIANA ARACELLI VALDES SANTANDER MATERIA : JUICIO EJECUTIVO ROL : C-2510-2018 Antofagasta, seis de octubre de dos mil veinte. VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, con fecha 25 de mayo de 2018, comparece don Maximiliano José Sánchez Derio, abogado, en representación del Banco de

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