Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la Serena.

C/ KEVIN ARIEL ORREGO VALENZUELA

Rol

O-5-2023

Fecha

8 de agosto de 2023

Materia

POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El día 15 de febrero de 2021 aproximadamente a las 03:30 horas, en la vía pública específicamente en calle Lautaro con calle Perú de La Serena, el acusado Kevin Ariel Orrego Valenzuela, poseía y portaba un arma de fuego tipo revólver marca Colt calibre .22 largo, N° de serie 77084 y dos cartuchos balísticos marca REM y SUPER X calibre .22 largo, sin percutar y 01 vaina percutida, marca REM, calibre .22 largo, sin contar con las autorizaciones pertinentes”. Los hechos antes descritos son constitutivos, a juicio de la Fiscalía, de un delito de posesión ilegal de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 9º en relación con el artículo 2º letra b) de la Ley N° 17.798; en concurso ideal con un delito de posesión ilegal de munición, previsto y sancionado en el artículo 9° en relación con el artículo 2° letra c) de la Código: QWWFXGWRSFY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Ley N° 17.798, la participación que se le imputa es en calidad de autor, en grado de desarrollo de consumados. Indica que concurre la circunstancia atenuante del artículo 11 Nº6 del Código Penal. La Fiscalía solicita que se le imponga al acusado una pena de (04) cuatro años de presidio menor en su grado máximo, las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, con costas. Además, la pena de comiso de las especies incautadas, esto es: un arma de fuego tipo revolver marca Colt calibre .22 largo, N° de serie 77084 y dos cartuchos balísticos marca REM y SUPER X calibre .22 largo, sin percutar y 01 vaina percutida, marca REM, calibre .22 largo. TERCERO: Que en su alegato de apertura el Ministerio Público, reitera la petición indicada en la acusación fiscal. Señala que estos hechos se derivan de una detención en situación de flagrancia del imputado, en el sector de Las Compañías, el 15 de febre

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha cuatro de agosto de dos mil veintitrés, ante esta Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, integrada por la señora Juez Titular, doña E. Victoria Gallardo Labraña, quien presidió, por la señora Juez Titular doña Nury Benavides Retamal y por el Juez Suplente, don Rubén José Bustos Ortiz, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral Rol Interno 5-2023, para conocer la acusación formulada en contra de KEVIN ARIEL ORREGO VALENZUELA, chileno, soltero, nacido en La Serena el 27 de enero de 1998, 25 años, cédula nacional de identidad Nº19.662.025- 7, estudios superiores completos, técnico mecánico en maquinaria pesada, domiciliado en calle Las Lilas N°6, Población Jorge Guzmán, sector La Antena, comuna de La Serena. El Ministerio Público estuvo representado por el señor Fiscal Adjunto don Rodrigo Céspedes Illanes, domiciliado en calle Eduardo De La Barra N°315, La Serena. La defensa del acusado Kevin Ariel Orrego Valenzuela estuvo a cargo de la señora Defensora Penal Público, doña Teresita Padilla Rodríguez, domiciliado en calle Las Rojas N°1220, comuna de La Serena. SEGUNDO: Que el Ministerio Público fundó la acusación formulada en contra del acusado, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, en los siguientes hechos: “El día 15 de febrero de 2021 aproximadamente a las 03:30 horas, en la vía pública específicamente en calle Lautaro con calle Perú de La Serena, el acusado Kevin Ariel Orrego Valenzuela, poseía y portaba un arma de fuego tipo revólver marca Colt calibre .22 largo, N° de serie 77084 y dos cartuchos balísticos marca REM y SUPER X calibre .22 largo, sin percutar y 01 vaina percutida, marca REM, calibre .22 largo, sin contar con las autorizaciones pertinentes”. Los hechos antes descritos son constitutivos, a juicio de la Fiscalía, de un delito de posesión ilegal de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 9º en relación con el artículo 2º letra b) de la Ley N° 17.798; en concurso ideal con un delito de posesión ilegal de munición, previsto y sancionado en el artículo 9° en relación con el artículo 2° letra c) de la Código: QWWFXGWRSFY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Ley N° 17.798, la participación que se le imputa es en calidad de autor, en grado de desarrollo de consumados. Indica que concurre la circunstancia atenuante del artículo 11 Nº6 del Código Penal. La Fiscalía solicita que se le imponga al acusado una pena de (04) cuatro años de presidio menor en su grado máximo, las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, con costas. Además, la pena de comiso de las especies incautadas, esto es: un arma de fuego tipo revolver marca Colt calibre .22 largo, N° de serie 77084 y dos cartuchos balísticos marca REM y SUPER X calibre .22 largo, sin percutar y 01

Fallo

por tanto, la actividad probatoria del Ministerio Público se dirigirá a acreditar esa situación, para lo cual cuenta con la declaración de un funcionario de Carabineros que era el funcionario a cargo del procedimiento, y las pericias subsecuentes, evacuadas con posterioridad, que permitieron establece que estos elementos son elementos prohibidos por la Ley de Control de Armas, unido también a prueba documental y otros medios de prueba fotográficos, los que permitirán ilustrar al Tribunal sobre las características de estos elementos y también el hecho que el imputado realizaba esta conducta sin contar con autorización de la autoridad correspondiente, por lo que solicita se dicte una sentencia condenatoria. En el alegato de clausura, el Ministerio Público, mantiene su solicitud inicial sobre que se dicte sentencia condenatoria en contra del encartado, dado que los medios de prueba rendidos han tenido la capacidad probatoria suficiente para adquirir convicción respecto de los hechos que han sido materia de la acusación fiscal, tanto en cuanto a sus circunstancias de tiempo, hora y lugar, como la efectividad que el imputado al momento de ser fiscalizado se encontraba en posesión y porte no autorizado de un arma de fuego y municiones, acreditado por la declaración del testigo Manuel Fortes, unido a los medios Código: QWWFXGWRSFY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 de prueba fotográficos, documentales y periciales

Texto Completo (Preview)

1 MINISTERIO PÚBLICO C/ KEVIN ARIEL ORREGO VALENZUELA. DELITO: Porte ilegal de arma de fuego y municiones. Rol Único: 2100146820-8. Rol Interno: 5-2023. La Serena, ocho de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha cuatro de agosto de dos mil veintitrés, ante esta Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, integrada por la señora

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