MINISTERIO PUBLICO C/ ALEJANDRO ANDRÉS BECERRA RODRÍGUEZ
Rol
O-324-2022
Fecha
8 de agosto de 2023
Materia
DAÑOS SIMPLES., LESIONES GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituida por la juez presidente de sala doña Paulina Bossy Chaparro y los magistrados don Hernán González Muñoz y doña Marcela Paredes Olave, se llevó a efecto en plataforma ZOOM la audiencia del juicio oral de la causa rol interno del tribunal N°324-2022, seguida en contra de ALEJANDRO ANDRÉS BECERRA RODRÍGUEZ, cédula de identidad N° 13.674.800-9, 44 años, nacido Independencia, el 3 marzo de 1979, casado, comerciante, domiciliado en avenida Aquiles González N°51, Pencahue, Las Cabras, comuna de San Vicente de Tagua-Tagua. La acusación del Ministerio Público fue sostenida por el Fiscal don Claudio Riobó Loyola y el acusado fue asesorado por la Defensor penal Público don Jaime Castiglioni Rojas, ambos con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. SEGUNDO.- Que la acusación materia de este juicio se basó en los siguientes hechos, reproducidos de forma literal de la acusación fiscal: “El día 14 de abril de 2021, a eso de las 17:00 horas y en circunstancias en que la víctima Celin Eduardo Farías Muñoz, se encontraba en dependencias del Paking El Grifo, ubicado en el sector de Idahue s/n, comuna de Coltauco, realizando labores propias de transportistas, a bordo de un tracto camión, marca Daf, se encuentra con el acusado Alejandro Andrés Becerra Rodríguez, iniciándose una discusión, oportunidad en que el imputado procede a insultarlo para luego tomar un objeto contundente, con el cual rompe los vidrios laterales del tracto camión, ocasionándole daños avaluados en un monto superior a 1 UTM, para posteriormente y con el mismo elemento, proceder a agredir al ofendido en su brazo izquierdo provocándole una lesión consistente, en fractura de radio intra-articular, calificadas clínicamente como de carácter grave”. El Ministerio Público calificó los hechos como constitutivos de los delitos de lesiones graves, previsto y sancionado en el artículos 397 N° 2 y demás pertinentes del Código penal y daños simples, ilícito previsto y sancionado en el artículo 487 del Código penal, ambos delitos en grado de consumados, en el que le cabe responsabilidad al acusado en calidad de autor en los términos del artículo 15 N° 1 del Código Penal. Agregó que concurre la circunstancia modificatoria de responsabilidad penal del artículo 11 N° 6 del Código Penal, solicitando que se imponga al acusado las siguientes penas; por el delito de lesiones graves 818 días de presidio menor en su grado medio, accesorias legales, y las costas de la causa y por el delito de daños simples, 540 Código: GXHWXGCSZDY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL RANCAGUA 2 días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales, accesorias legales y las costas de la causa. TERCERO: El ente persecutor en la apertura indicó que ha existido una agresión por parte del
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 397 N° 2 y 487 del Código Penal; 48, 295, 296, 297, 340, 342, 344, 347 y 348 del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, se absuelve a Alejandro Andrés Becerra Rodríguez, ya individualizado, de la acusación de ser autor del delito de lesiones graves en la persona de Celin Farías Muñoz, supuestamente cometido el día 14 de abril de 2021, en la comuna de Coltauco. II.-Que, no se condena al Ministerio Público al pago de las costas de la causa, en razón a que no se advirtió un uso indiscriminado de su facultad persecutoria. III.- Que se condena, a Alejandro Andrés Becerra Rodríguez, ya individualizado, a sufrir la pena de cuarenta y un (41) días de prisión en su grado máximo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su participación en calidad de autor de un delito de daños simples, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código penal, en grado de consumado, perpetrado el día 14 de abril de 2021, en la comuna de Coltauco. IV.- Se condena al pago del 50% de las costas a Becerra Rodríguez, por el delito por el cual se le condeno. Código: GXHWXGCSZDY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL RANCAGUA 14 Que atendido lo razonado en el considerando décimo cuarto la pena privativa de libertad impuesta al sentenciado se sustituye por la remisión con
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PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL RANCAGUA 1 Rancagua, ocho de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituida por la juez presidente de sala doña Paulina Bossy Chaparro y los magistrados don Hernán González Muñoz y doña Marcela Paredes Olave, se llevó a efecto en plataforma ZOOM la
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