Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta.

MINISTERIO PÚBLICO ANTOFAGASTA C/ JAIME IGNACIO VILLAFLOR DE CALISTO

Rol

O-508-2023

Fecha

7 de agosto de 2023

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

visto saliendo del domicilio de la víctima al imputado Jaime Villaflor, señalado anteriormente, Código: WQEXXGVNQXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 sacando cajas del interior del domicilio con especies de propiedad de la víctima y las guardaba en el vehículo, también propiedad de víctima. Siendo detenido posteriormente en razón de orden judicial concedida por Juzgado de Garantía de Antofagasta”(sic). A juicio del Ministerio Público, los hechos reseñados son constitutivos del delito consumado de robo en lugar habitado, previsto y sancionado en el artículo 440 N°1 del Código Penal, y se le atribuye al acusado ya individualizado la participación en calidad de autor directo e inmediato, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15 Nº1 del Código Penal. Además, y en cuanto a circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, el ente persecutor consideró que le perjudica la agravante del artículo 12 N°16 del Código Penal, y no le beneficia ninguna atenuante. Finalmente, solicitó que se condene al acusado a la pena de 8 años de presidio mayor en grado mínimo, más las penas accesorias del artículo 29 del Código Penal y el pago de las costas de la causa. CUARTO: Alegatos de apertura. El Ministerio Público señaló que acreditará más allá de toda duda razonable los hechos materia de la acusación. Esto es que el acusado Villaflor en la fecha señalada en la acusación ingresó al domicilio de la víctima en Pasaje Las Grullas N°9672 en Antofagasta mediante fuerza, y que sustrajo especies de su interior, y luego se da a la fuga en el mismo vehículo de la víctima con estas especies. Contarán con la Código: WQEXXGVNQXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 4 declaración de testigos, la víctima y el testigo presencial que lo vio justamente sustraer las especies. En atención a todo aquello, solicita desde ya un veredicto condenatorio en contra del

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha dos de agosto del presente año, ante la sala de este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, integrada por las juezas doña Luz Oliva Chávez, quien presidió, doña Patricia Alvarado Padilla y doña Constanza Encina Zacur (S), se llevó a efecto mediante el sistema de videoconferencias la audiencia del juicio oral de la causa RIT N°508-2023, RUC N°2200388179-6, en contra del acusado JAIME IGNACIO VILLAFLOR DE CALISTO, cédula de identidad N°19.287.335-5, chileno, nacido el 20 de julio de 1996 en María Elena, 27 años, soltero, mecánico particular, domiciliado en calle María Elena N°664, Antofagasta. El Ministerio Público actuó representado por la Fiscal doña Paulina Zepeda Mundaca. En tanto que la defensa del acusado estuvo a cargo de la Defensora Penal Pública Licitada doña Margarita Angulo Huerta. Ambas con domicilios y correos electrónicos registrados y conocidos de este Tribunal. SEGUNDO: Desarrollo de la audiencia. Que, la audiencia de juicio se celebró a través de modalidad mixta, estando algunos intervinientes en la sala del tribunal y otros de forma telemática mediante la plataforma Zoom. Durante el desarrollo del mismo, se llevaron a efecto los interrogatorios y contrainterrogatorios realizados tanto al acusado, como a los testigos, de manera fluida y regular sin ningún tipo de Código: WQEXXGVNQXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 intervención o contratiempos que hubiera podido afectar la inmediación. TERCERO: Acusación. Que, la acusación del Ministerio Público se sostuvo sobre los siguientes hechos, según la relación de los mismos que consta en auto de apertura de juicio oral de fecha diez de julio de dos mil veintitrés, proveniente del Juzgado de Garantía de Antofagasta, los que se transcriben textualmente: “El día 21 de abril del año 2022, aproximadamente las 07:30 horas, el imputado Jaime Ignacio Villaflor De Calisto, junto a otro sujeto cuya identidad se desconoce, forzó la chapa de la puerta principal del inmueble ubicado en calle las Grullas Nº9672, de la ciudad de Antofagasta, propiedad de la victima de iniciales R.W.A.G., y abrió el ventanal del segundo piso, esto con la finalidad de ingresar al inmueble, sustrayendo desde su interior 2 televisores, un calefón, cañerías, una piscina, una guitarra, un equipo de música, joyas de plata, anillos y cadenas, entro otras especies, además de la suma de $400.000 en efectivo, y el vehículo Chevrolet, modelo spark color verde, p.p.u CBSP.26. Es así que la SIP de la 2º comisaria de Carabineros de Antofagasta, efectúa las primeras diligencias investigativas respecto del caso, donde vecino y testigo presencial de los hechos, individualizado como D.E.T.R., en declaración prestada ante esta entidad, refiere haber visto saliendo del domicilio de la víctima al imputado Jaime Villaflor, señalado anteriormente, Código: WQEXXGVNQXX Este documento tiene firma

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 15 N° 1, 18, 29, 30, 50, 432, 440, 449 del Código Penal; y 1°, 2°, 4°, 45, 47 inciso final, 295, 297, 338, 340, 341, 342, 344 y 348 del Código Procesal Penal; 1° Ley N°18.216, se declara: I.- Que, se CONDENA al acusado JAIME IGNACIO VILLAFLOR DE Código: WQEXXGVNQXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 38 CALISTO, ya individualizado, a cumplir la pena de SEIS (6) AÑOS de presidio mayor en su grado mínimo, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, por su responsabilidad a título de autor del delito consumado de robo en lugar habitado, perpetrado en esta jurisdicción el día 21 de abril de 2022. II.- Que, atendido el quantum de la pena aplicada, no se concederá al sentenciado ninguna de las penas sustitutivas establecidas en la Ley 18.216, por lo que deberá cumplir en forma efectiva la pena corporal que le fuera impuesta, considerándosele como abono el lapso que ha permanecido privado de libertad por esta causa sometido a la medida cautelar de prisión preventiva, esto es, desde el día 28 de febrero de 2023, hasta que la presente sentencia quede ejecutoriada, según fluye de lo consignado en el respectivo auto de apertura de juicio oral, como también, de la certificación suscrita por el Ministro

Texto Completo (Preview)

1 Antofagasta, siete de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha dos de agosto del presente año, ante la sala de este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, integrada por las juezas doña Luz Oliva Chávez, quien presidió, doña Patricia Alvarado Padilla y doña Constanza Encina Zacur (S), se llevó a efecto mediante el

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica