MINISTERIO PÚBLICO C/ HERMAN ARIEL BAHAMONDES MAYORGA
Rol
O-873-2023
Fecha
7 de agosto de 2023
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en el artículo 1, artículo 3, artículo 7, artículo 446 N°3 del Código Penal; artículo 282 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I. Que, se ABSUELVE a HERMAN ARIEL BAHAMONDES MAYORGA, ya individualizado, del delito por el cual fue requerido en la presente causa. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para litigar. SENTENCIA PRONUNCIADA POR MIGUEL SÁEZ NAVARRETE, JUEZ SUPLENTE DEL JUZGADO DE GARANTÍA DE VALPARAÍSO. /kla *Se tiene por renunciado a los intervinientes a los recursos y plazos legales. Código: YVMXXGWCNPZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-08-10T13:25:26-0400
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que, la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor:
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en el artículo 1, artículo 3, artículo 7, artículo 446 N°3 del Código Penal; artículo 282 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I. Que, se ABSUELVE a HERMAN ARIEL BAHAMONDES MAYORGA, ya individualizado, del delito por el cual fue requerido en la presente causa. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para litigar. SENTENCIA PRONUNCIADA POR MIGUEL SÁEZ NAVARRETE, JUEZ SUPLENTE DEL JUZGADO DE GARANTÍA DE VALPARAÍSO. /kla *Se tiene por renunciado a los intervinientes a los recursos y plazos legales. Código: YVMXXGWCNPZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-08-10T13:25:26-0400
Texto Completo (Preview)
RUC 2300135195-8 RIT 873 - 2023 C/ HERMAN ARIEL BAHAMONDES MAYORGA, 30 años, cédula de identidad 18.069.699-7, domiciliado en Pasaje Roma 2414, Hualpén, Concepción, comerciante. Valparaíso, siete de agosto de dos mil veintitrés VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: Que, la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor
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