Juzgado de Garantía de Valparaíso.

MIN PUBLICO C/ ALEJANDRO ANDRÉS JERIA ÓRDENES

Rol

O-10659-2021

Fecha

4 de agosto de 2023

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en el artículo 1, 3, 7, 446 n°3 del Código Penal; artículo 282 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I. Que, se ABSUELVE a ALEJANDRO ANDRÉS JERIA ÓRDENES, ya individualizado, del delito por el cual fue requerido en la presente causa. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para litigar. Se tiene por renunciado a los intervinientes a los recursos y plazos legales. Sentencia ejecutoriada. SENTENCIA PRONUNCIADA POR MIGUEL SÁEZ NAVARRETE, JUEZ SUPLENTE DEL JUZGADO DE GARANTÍA DE VALPARAÍSO. /jed Código: XKHDXGJETBY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-08-08T12:33:51-0400

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que, la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor:

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en el artículo 1, 3, 7, 446 n°3 del Código Penal; artículo 282 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I. Que, se ABSUELVE a ALEJANDRO ANDRÉS JERIA ÓRDENES, ya individualizado, del delito por el cual fue requerido en la presente causa. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para litigar. Se tiene por renunciado a los intervinientes a los recursos y plazos legales. Sentencia ejecutoriada. SENTENCIA PRONUNCIADA POR MIGUEL SÁEZ NAVARRETE, JUEZ SUPLENTE DEL JUZGADO DE GARANTÍA DE VALPARAÍSO. /jed Código: XKHDXGJETBY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-08-08T12:33:51-0400

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RUC 2101122872-8 RIT 10659 – 2021 C/ ALEJANDRO ANDRÉS JERIA ÓRDENES, cédula de identidad 15.076.133-6, domiciliado en Calle Orella 70, Cerro San Juan de Dios, Valparaíso. Valparaíso, cuatro de agosto de dos mil veintitrés. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: Que, la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Po

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