ANONIMIZADO
Rol
P-1190-2023
Fecha
5 de junio de 2023
Materia
VULNERACIÓN DE DERECHOS
Resultado
No especificado
Hechos
Arica, cinco de junio de dos mil veintitrés. Atendido el mérito de los antecedentes y la opinión de la Consejera Técnica,
Fundamentos
considerando que no existe vulneración grave que afecta los derechos de la niña, que lo señalado, deber ser abordado en el ámbito de la educación, y al ser la potestad de intervención judicial, en estos casos, de carácter excepcional, resulta innecesaria la prosecución de este proceso, por lo que
Fallo
se resuelve archivar la presente causa sin más trámite. Sin perjuicio de lo anterior, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 21.430, remítanse los antecedentes a la Oficina Local de la Niñez. SIRVA LA PRESENTE RESOLUCIÓN DE SUFICIENTE Y ATENTO OFICIO REMISOR A LA OFICINA LOCAL DE LA NIÑEZ, OFICIO...
Texto Completo (Preview)
Arica, cinco de junio de dos mil veintitrés. Atendido el mérito de los antecedentes y la opinión de la Consejera Técnica, considerando que no existe vulneración grave que afecta los derechos de la niña, que lo señalado, deber ser abordado en el ámbito de la educación, y al ser la potestad de intervención judicial, en estos casos, de carácter excepcional, resulta innecesaria la prosecución de este
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