MP C/ JOSÉ ANTONIO DÍAZ RIVEROS
Rol
O-51-2023
Fecha
5 de agosto de 2023
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439., ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos descritos como N° 1 son constitutivos del delito de Robo en lugar habitado o destinado a la habitación, previsto y sancionado en el artículo 440 Nº 1 del Código Penal, el cual se encontraría en grado de ejecución consumado. Por otra parte, a juicio de la Fiscalía, los hechos descritos como N°2 son constitutivos del delito de Robo con violencia e intimidación, previsto y sancionado en el artículo 432, 436 inciso 1° y 439 del Código Penal, el cual se encuentra en grado de ejecución consumado. Código: FRXXXGLJDWW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Santa Cruz 2 Agregó que en ambos delitos se le atribuye al acusado participación en calidad de autor ejecutor inmediato y directo ello conforme lo establece el artículo 15 N° 1 del Código Penal y por último sostuvo que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal respecto del encartado. Por lo anterior, el Ministerio Público requirió se imponga al acusado JOSÉ ANTONIO DÍAZ RIVEROS, al hecho signado como N°1 la pena de SEIS AÑOS de presidio mayor en su grado mínimo, por el delito de Robo en lugar habitado previsto y sancionado en el artículo 440 Nº 1 del Código Penal, en relación a los artículos 50 y 68 del mismo cuerpo legal. Asimismo, por el hecho signado como N°2 la Fiscalía requiere se imponga al acusado JOSÉ ANTONIO DÍAZ RIVEROS, la pena de DIEZ AÑOS y UN DÍA de presidio mayor en su grado medio, por el delito de Robo en con violencia e intimidación, previsto y sancionado en los artículos, 432, 436 inciso 1° y 439 del Código Penal, en relación a los artículos 50 y 68 del mismo cuerpo legal. Ya en el juicio, en su alegato de apertura, el fiscal sostuvo que intentará acreditar los dos hechos materia de la acusación, ambos ocurren la madrugada del 27 de noviembre de 2022 en donde el imputado José Díaz Riveros, alias “el condoro”, en dos oportunidades ingresó hasta una habitac
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e individualización de los intervinientes. Ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santa Cruz, constituido por los jueces Verónica Ramírez Mufdi (quien fue Presidente de Sala), Daniel Ocampo Rubio y Alejandro González Rodríguez, se llevó a efecto el día 31 de julio de 2023 la audiencia de Juicio Oral en la causa Rol Interno Tribunal 51-2023, Rol Único de Causa 2210060278-8, seguida en contra del acusado JOSÉ ANTONIO DÍAZ RIVEROS, chileno, cédula nacional de identidad N° 16.522.094-3, nacido en San Fernando el 17 de noviembre de 1986, 36 años de edad, casado, de oficio maestro talabartero y domiciliado en Población Cóndores de Chile, Pasaje 3, casa #486, comuna de Nancagua. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, en cuya representación intervino el fiscal Claudio Meneses Yáñez, en tanto que la defensa del acusado estuvo a cargo del defensor penal público José Ignacio Barahona Cabezas, ambos con domicilio y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación y argumentaciones de la fiscalía. La acusación materia del juicio, según se expresó en el auto de apertura, fue la siguiente: HECHO N° 1: “El día 27 de noviembre del año 2022, a las 01:40 horas de la madrugada aproximadamente, don JOSÉ ANTONIO DÍAZ RIVEROS se dirigió a la casa de doña Rosalía Isabel Silva Videla, ubicada en calle Manuel Rodríguez 245, frente a Chile Express de Nancagua, se entrevistó con la propietaria, golpeando fuertemente la puerta principal, esto alertó a doña Rosalía y al abrir se encuentra de sopetón con José Antonio Díaz, quien empuja el portal, empuja a doña Rosalía y se dirige a un dormitorio desde donde extrae una cajetilla de cigarros marca Paul, 20 unidades, de 20 cigarrillos cada caja, además una botella de ron marca Dorado, avaluado el total en $5.000 pesos, proporcionalmente. Con estos objetos se retiró del lugar. HECHO N° 2: Con fecha 27 de noviembre de 2023 a las 03:20 horas de la madrugada aproximadamente, José Antonio Díaz Riveros se dirigió nuevamente a la casa ubicada en el número 245 de calle Manuel Rodríguez comuna de Nancagua, ingresó golpeando fuertemente la puerta del acceso principal, nuevamente alertada doña Rosalía respecto del ruido, atiende y se enfrenta directamente al imputado José Díaz Riveros , éste último se abalanzó en contra de doña Rosalía, está ultima reaccionó atendido a que lo observa con un cuchillo y repele al imputado José Antonio Díaz Riveros, golpeándolo con un palo. En el lugar se encontraba don Patricio Palma Pizarro, tío de doña Rosalía, quien intentó resguardarla, nuevamente en ese acto don José se dirigió hasta don Patricio en este caso, con un objeto punzante y gritaba a la pareja “Si se van a meter a los Cóndores de Chile, los voy a matar”; Luego, el imputado, subió al segundo piso del lugar, rompió un ventilador eléctrico, sustrae 2 teléfonos celulares y además una cadena de plata, avaluada en $100.000 pesos en total.” (sic) A juicio de la Fiscalía, los hec
Fallo
por tanto, hay violencia e intimidación en las personas y una sustracción de especies, por lo que cree que, en este caso, tanto la descripción fáctica como la prueba que se ha rendido en juicio dan cuenta de un delito de robo con violencia e intimidación. Solicita que se condene al acusado por ambos hechos, con las modificaciones señaladas del Hecho N°1 y manteniendo la pretensión del Hecho N°2. Concedida la palabra para su réplica a lo expuesto por la defensa, manifestó respecto al Hecho N°2, que a juicio de la Fiscalía esto no es una riña, y esto lo da el contexto en que se desarrolla, se trata de un imputado que conocía el lugar, que había estado previamente, que hasta ese momento tenía una relación sentimental entre idas y venidas con doña Rosalía, que fue precisamente en una primera instancia donde saca el Código: FRXXXGLJDWW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Santa Cruz 3 ron y estos cigarrillos y a las horas después vuelve mucho más violento, y doña Rosalía y don Patricio así lo dicen, que el imputado ataca primero a doña Rosalía y hay una defensa por don Patricio, luego el imputado lo agrede y sustrae especies, además hay una intimidación con un punzón, esto también lo dice el funcionario de carabineros, y lo relevante es que el imputado fue detenido en situación de flagrancia, a dos cuadras del sitio del suceso, y se le encuentra al registro de un b
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Poder Judicial Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Santa Cruz 1 MINISTERIO PÚBLICO DE SANTA CRUZ C/ JOSÉ ANTONIO DÍAZ RIVEROS. MATERIA: Robo en lugar habitado o destinado a la habitación y robo con violencia e intimidación. RUC Nº: 2210060278-8 RIT Nº: 51-2023 Santa Cruz, cinco de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e individualización de los intervinie
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