Juzgado de Garantía de Punta Arenas.

GUIDO FRANCISCO BERTILIN LISBOSA C/ MÁXIMO RODRIGO VILLEGAS BARRIENTOS

Rol

O-3922-2021

Fecha

3 de agosto de 2023

Materia

FALTA DE RESPETO A AUTORIDAD PÚBLICA (495 Nº 4 CÓDIGO PENAL)

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 11 de enero de 2021, a eso de las 23:20 horas aproximadamente, MAXIMO RODRIGO VILLEGAS BARRIENTOS concurrió hasta la intersección de avenida Frei con calle Pedro de Valdivia de la ciudad de Punta Arenas, lugar en donde se mantenía un control militar de funcionarios de Ejército para el control de la medida de aislamiento nocturno por la pandemia de COVID 19, momento en que el imputado se dirigió al funcionario de Ejército de dotación de la 4ta Brigada Acorazada Chorrillos don Guido Bertín Lisboa, solicitándole liberar a un infractor al toque de queda que mantenían en el lugar y ante la negativa del funcionario, el imputado lo amenazó de forma seria y verosímil, señalándole “te voy a pegar, te voy a sacar la chucha, te voy a matar” para luego de un rato, irse del lugar y una vez hubo de retirarse el afectado del punto de control, el imputado lo siguió un trecho de camino, yéndose posteriormente en dirección desconocida”. Transcripción de las citas legales y parte resolutiva de la sentencia dictada en audiencia y que se encuentra en el registro de audio del tribunal. Punta Arenas, tres de agosto de dos mil veintitrés. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 14 n° 1, 15 n° 1, 21, 25, 30, 50, 60, 495 n° 4 todos del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA al imputado MÁXIMO RODRIGO VILLEGAS BARRIENTOS, cédula de identidad N° 15.580.486-6, a cumplir pena DE UNA MULTA DE UNA (01) UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, en calidad de autor de la falta del artículo 495 n° 4 del Código Penal, esto es falta de respeto a un funcionario revestido de autoridad pública, perpetrado en esta ciudad el 11 de enero de 2021, en perjuicio de Guido Bertín Lisboa. II.- Que, reuniéndose los requisitos del artículo 398 del Código Procesal Penal, se suspende la imposición de la sanción respecto del sentenciado, Código: FCBXXGJXHKW Este documento tiene firma electrónica y su original puede

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 14 n° 1, 15 n° 1, 21, 25, 30, 50, 60, 495 n° 4 todos del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA al imputado MÁXIMO RODRIGO VILLEGAS BARRIENTOS, cédula de identidad N° 15.580.486-6, a cumplir pena DE UNA MULTA DE UNA (01) UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, en calidad de autor de la falta del artículo 495 n° 4 del Código Penal, esto es falta de respeto a un funcionario revestido de autoridad pública, perpetrado en esta ciudad el 11 de enero de 2021, en perjuicio de Guido Bertín Lisboa. II.- Que, reuniéndose los requisitos del artículo 398 del Código Procesal Penal, se suspende la imposición de la sanción respecto del sentenciado, Código: FCBXXGJXHKW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl manteniéndose esta suspensión por el plazo de 6 meses. Se apercibe desde ya al sentenciado que en el caso de incurrir en una nueva infracción que lo lleve a ser objeto de un requerimiento o formalización se dejará sin efecto esta suspensión y continuará adelante con la tramitación del proceso en cuanto al cumplimiento de la pena. III.- Se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Ejecutoriada la presente sentencia cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RUC: Nro. 2100047856-0. RIT: Nro. 3922-2021. Pronunciada por don MÓNICA MANCILLA BARRIA, Juez Suple

Texto Completo (Preview)

Sentencia: Contra: MÁXIMO RODRIGO VILLEGAS BARRIENTOS, cédula de identidad N° 15.580.486-6, domiciliado en Calle San Lucar Norte N° 01530, Comuna de Punta Arenas; Celular 953596481. Hechos: “El día 11 de enero de 2021, a eso de las 23:20 horas aproximadamente, MAXIMO RODRIGO VILLEGAS BARRIENTOS concurrió hasta la intersección de avenida Frei con calle Pedro de Valdivia de la ciudad de Punta Arena

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