7º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ JUAN ANDRÉS ZAPATA MORENO

Rol

O-2471-2023

Fecha

3 de agosto de 2023

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS El día 24 de febrero de 2023, alrededor de las 23:30 horas, en calle Zenteno al llegar a calle Cóndor, en la comuna de Santiago, el imputado JUAN ANDRÉS ZAPATA MORENO, previamente concertado con un segundo individuo no identificado, se abalanzaron sobre la víctima de iniciales E.A.G.C., quien caminaba por el lugar, tomando su teléfono celular marca Samsung, modelo A71 que llevaba en sus manos, reaccionando esta última rápidamente, logrando recuperarlo, para luego intentar huir de los sujetos, momento en el cual el acusado ZAPATA MORENO le hace una zancadilla a la víctima, quien cae al suelo, aprovechándose de dicha situación para arrebatarle su teléfono celular, huyendo posteriormente ambos sujetos del lugar con el teléfono de la víctima en su poder. SE DECLARA: I.- Que, se condena a JUAN ANDRÉS ZAPATA MORENO, ya individualizado, a la pena de 3 AÑOS Y 1 DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO , y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR de un delito de ROBO CON VIOLENCIA, previsto y sancionado en el 436 inciso 1º en relación con los artículos 432 y 439 del Código Penal, que se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO, hecho ocurrido en la comuna de Santiago, el día 24 de febrero de 2023. II.- Que, no cumpliendo el sentenciado los requisitos de la Ley 18.216, deberá cumplir la pena en forma efectiva, sirviéndoles de abono a 159 días, por el tiempo en que ha permanecido privado de libertad en prisión preventiva desde el día 25 de febrero de 2023 a la fecha III.- Que, se ordena el registro de la huella genética de los sentenciados en el Código: XYZXGZREGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Registro de Condenados de acuerdo a lo previsto en el artículo 17 de la Ley 19.970 y artículo 40 de su Reglamento, previa toma de muestras biol

Fallo

SE DECLARA: I.- Que, se condena a JUAN ANDRÉS ZAPATA MORENO, ya individualizado, a la pena de 3 AÑOS Y 1 DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO , y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR de un delito de ROBO CON VIOLENCIA, previsto y sancionado en el 436 inciso 1º en relación con los artículos 432 y 439 del Código Penal, que se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO, hecho ocurrido en la comuna de Santiago, el día 24 de febrero de 2023. II.- Que, no cumpliendo el sentenciado los requisitos de la Ley 18.216, deberá cumplir la pena en forma efectiva, sirviéndoles de abono a 159 días, por el tiempo en que ha permanecido privado de libertad en prisión preventiva desde el día 25 de febrero de 2023 a la fecha III.- Que, se ordena el registro de la huella genética de los sentenciados en el Código: XYZXGZREGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Registro de Condenados de acuerdo a lo previsto en el artículo 17 de la Ley 19.970 y artículo 40 de su Reglamento, previa toma de muestras biológicas si fuere necesario. V.- Que, se exime a los sentenciados del pago de las costas por haber aceptado este procedimiento abreviado, atendido a que con ello han ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. VI.- Una vez ejecutoriada la presente resol

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago., tres de agosto de dos mil veintitrés TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CARLA VALERIA CAPPELLO VALLE RUC: 2300213691-0 RIT: 2471 - 2023 IMPUTADO: JUAN ANDRÉS ZAPATA MORENO C.I. 0016715500-6 DELITO Robo con violencia ARTÍCULO 436 inciso 1º en relación con los artículos 432 y 439 del Código Penal. PARTICIPACIÓN EN AMBOS DELITOS AU

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