FABIAN FERNANDO MOLINET RUIZ C/ DIEGO JESÚS ORELLANA MATUS
Rol
O-1179-2022
Fecha
31 de julio de 2023
Materia
CONDUC.BAJO INFLUEN DEL ALCOHOL CON O SIN DAÑOS O LES.LEVES., NO DAR CUENTA DE ACCIDENTE DE TRANSITOART. 195LEY DE TRA.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: San Fernando, treinta y uno de julio de dos mil veintitrés. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Que, por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 393 y siguiente del Código Procesal Penal; artículo 1, 3, 5, 7, 11 N° 6, 14, 15 N° 1, 18 , 21 y siguientes, artículo 50, 61 y siguientes, artículo 70 del Código Penal; ley 18.290; Ley 18.216 y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a DIEGO JESUS ORELLANA MATUS, RUN: 0019603699-7, Chileno, se ignora profesión u oficio, domiciliado en calle Valdivia n° 11 de San Fernando , a sufrir una pena de MULTA de 2 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y la suspensión de licencia de conducir por el plazo de 3 MESES , por su responsabilidad el calidad de autor del ilícito de conducción bajo la influencia del alcohol causando daños, previsto y sancionado en al artículo 193 de la ley 18.290, hecho ocurrido, el día 07 de enero de 2022, en la comuna de San Fernando. Que así mismo se declara que SE CONDENA a DIEGO JESUS ORELLANA MATUS, RUN: 0019603699-7, Chileno, se ignora profesión u oficio, domiciliado en calle Valdivia n° 11 de San Fernando a sufrir una pena de MULTA de 2 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES por su responsabilidad el calidad de autor del ilícito no dar cuenta de accidente de tránsito, previsto y sancionado en el artículo 95 de la ley 18.290, hecho ocurrido, el día 07 de enero de 2022, en la comuna de San Fernando. Código: SXJXXGVNJXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que en atención a la admisión de responsabilidad que se ha realizado en los hechos materia del requerimiento no se condena en costas, por haber ahorrado costos al erario nacional. III.- Que para el pago de la pena de multa impuesta, se conceden 4 parcialidades, mensuales, iguales y sucesivas y el no pago de una de ellas hará exigible el tot
Fallo
por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 393 y siguiente del Código Procesal Penal; artículo 1, 3, 5, 7, 11 N° 6, 14, 15 N° 1, 18 , 21 y siguientes, artículo 50, 61 y siguientes, artículo 70 del Código Penal; ley 18.290; Ley 18.216 y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a DIEGO JESUS ORELLANA MATUS, RUN: 0019603699-7, Chileno, se ignora profesión u oficio, domiciliado en calle Valdivia n° 11 de San Fernando , a sufrir una pena de MULTA de 2 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y la suspensión de licencia de conducir por el plazo de 3 MESES , por su responsabilidad el calidad de autor del ilícito de conducción bajo la influencia del alcohol causando daños, previsto y sancionado en al artículo 193 de la ley 18.290, hecho ocurrido, el día 07 de enero de 2022, en la comuna de San Fernando. Que así mismo se declara que SE CONDENA a DIEGO JESUS ORELLANA MATUS, RUN: 0019603699-7, Chileno, se ignora profesión u oficio, domiciliado en calle Valdivia n° 11 de San Fernando a sufrir una pena de MULTA de 2 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES por su responsabilidad el calidad de autor del ilícito no dar cuenta de accidente de tránsito, previsto y sancionado en el artículo 95 de la ley 18.290, hecho ocurrido, el día 07 de enero de 2022, en la comuna de San Fernando. Código: SXJXXGVNJXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que en atención a la admisión de responsabilidad que se h
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AUDIENCIA DE PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO treinta y uno de julio de dos mil veintitrés Ruc: 2200036613-0 Rit: 1179 - 2022 Hora Inicio: 09:39 Hora Término: 09:53 Imputado: DIEGO JESUS ORELLANA MATUS C.I. N° 0019603699-7 Comparece: SI Domicilio: Calle Autor notif mail diego.jesus.orellana97@gmail.com VALDIVIA Nº11 Fiscal: JOSÉ ESCOBAR FUENZALIDA Defensor privado: VICTOR POBLETE Reg. Aud./Trans.: Crist
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