2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

GONZÁLEZ/COMANDO DE PERSONAL DE LA FUERZA AEREA DE CHILE

Rol

O-6566-2021

Fecha

2 de febrero de 2022

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos oídos y

Fundamentos

considerando 1.- Que la demandada sostiene la competencia de este tribunal en cuanto a que la regla general que encierra el artículo 1º inciso 2º del Código del Trabajo previene que sus disposiciones no se aplicarán a los funcionarios de la Administración del Estado siempre que se encuentren sometidos por Ley a un estatuto especial, sin embargo, el inciso 3º del Código del Trabajo estatuye una excepción, agregando que los trabajadores de la Administración del Estado se sujetarán a las normas del Código del Trabajo en los aspectos o materias no regulados en sus respectivos estatutos, siempre que ellas no fueren contrarios a estos últimos, cuyo es el caso del despido injustificado, indebido, improcedente y/o carente de causal y cobro de prestaciones laborales adeudadas. 2.- Que la parte demandada sostiene que no es un hecho controvertido que el actor prestó servicios para la Fuerza Aérea de Chile como funcionario público a contrata, desde septiembre del año 2006 y hasta el 4 de noviembre año 2020. Sin embargo, la relación entre las Fuerzas Armadas y su personal se encuentra regulado, por expreso mandato constitucional establecido en el artículo 105 de la Carta fundamental, en la normativa que refiera la respectiva Ley Orgánica (Ley N°18.948), la cual en este caso se remite al DFL N°1 de 1997, que contiene el Estatuto de Personal de las Fuerzas Armadas, lo cual excluye la aplicación del Código del Trabajo, salvo en aquellas materias en las cuales la ley expresamente lo señala. 3.- Que la acción deducida pide que se declare que el despido del actor es injustificado, improcedente o indebido o carente de causal, que se otorgue la indemnizaciones sustitutiva de aviso previo y por años de servicio, recargo legal en conformidad al artículo 168 del Código del Trabajo, indemnización en base a la confianza legítima como funcionario a contratada, todo con reajustes, intereses y costas. 4.- Que del propio petitorio de la demanda no cabe duda que el vínculo contractual del actor es de carácter estatutario, al ser un funcionario a contrata, estimando este sentenciador que no les es aplicables a los trabajadores del sector público los institutos propios de la relación contractual regulada por el Código del Trabajo, específicamente las indemnizaciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo 162 y la establecida en el artículo 163, y mucho menos ser este juez el llamado a establecer una indemnización en base a la confianza legítima como funcionario a contrata, siendo en definitiva incompetente en conformidad al artículo 420 letra a) en relación al artículo 1 inciso 2º e inciso 3º del Código de Trabajo para conocer de la acción deducida. Y teniendo presente lo establecido en los artículos 1, 420, 453 del Código del Trabajo y Decreto con Fuerza de Ley Nº 1 del Estatuto de Personal de Las Fueras Armadas, y demás normas legales pertinentes,

Fallo

se declara: Que este tribunal es incompetente en forma absoluta para conocer de la acción impetrada en estos autos. No habiendo solicitudes en cuanto a la resolución precedentemente dictada, el Tribunal ordena archivar los antecedentes, en atención que la parte demandante no ha deducido apelación verbal, conforme a lo establecido en el artículo 453. Lo anterior, según los fundamentos que constan en el registro de audio. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dictada por don DANIEL RICARDI MAC-EVOY, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, dos de febrero de dos mil veintidós.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 02 DE FEBRERO DE 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO SALA 15 virtual RUC 21-4-0367753-9 RIT O-6566-2021 MAGISTRADO DANIEL RICARDI MAC-EVOY ADMINISTRATIVO DE ACTAS ERIC PIZARRO LUCO HORA DE INICIO 09:31 HORAS HORA DE TERMINO 09:38 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2140367753-9-1349-220202-00 PARTE

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