ALFREDO EXEQUIEL SALCEDO JARA C/ SEBASTIÁN PATRICIO DÍAZ CRUZ
Rol
O-2145-2023
Fecha
28 de julio de 2023
Materia
CONDUC.BAJO INFLUEN DEL ALCOHOL CON O SIN DAÑOS O LES.LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: *El día 09 de abril del año 2022, a las 22:40 horas, el requerido SEBASTIAN PATRICIO DIAZ CRUZ, por AVDA CIRCUNVALACION, calle LAS TINAJAS de la comuna CURICÓ, condujo el vehículo P.P.U. JJBD-76, bajo la influencia del alcohol, quien minutos antes participó en un accidente de tránsito, siendo sorprendido por funcionarios de Carabineros, quienes proceden a su detención. Practicado el examen de alcoholemia, el que analizado por el Servicio Médico Legal de Talca arrojó una dosificación de 0,51 gramos por mil de alcohol en la sangre. A juicio de la Fiscalía los hechos descritos son constitutivos del delito de CONDUCCIÓN BAJO LA INFLUECIA DEL ALCOHOL, previsto y sancionado en el artículo 193 de la Ley de Tránsito N°18.290, en grado de consumado. Código: BQGMXGXWJQV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En la especie, beneficia al requerido la circunstancias atenuante de responsabilidad penal contemplada en el artículo 11 Nº 6 del Código Penal, esto es si la conducta anterior del delincuente ha sido irreprochable Al requerido le cabe la calidad de autor ejecutor del artículo 15 Nº 1 del Código Penal. 2. Que con el mérito de del requerimiento en procedimiento simplificado y los antecedentes que constan en la carpeta investigativa del Ministerio Público y la admisión de responsabilidad del imputado, ha quedado acreditado que estos hechos constituyen el delito de conducción de vehículo bajo la influencia del alcohol causando daños. 3. Que el fiscal ha reconocido la circunstancia atenuante del número 6 y 9 del artículo 11 del Código Penal, irreprochable conducta anterior, colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos y ha solicitado la pena de multa de una Unidad Tributaria Mensual. 4. Que la pena establecida en la ley para este delito es multa. 5. La defensa no discute la existencia del delito, participación de su mandante y solicita se aplique le de tres cuotas para el pago de la mul
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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Curicó, veintiocho de julio de dos mil veintitrés Tribunal JUZGADO DE GARANTÍA DE CURICÓ Magistrado JORGE OMAR VALENZUELA NAVARRO Imputado SEBASTIÁN PATRICIO DÍAZ CRUZ C.I. 18.683.402-K Fecha de Nacimiento 08 de noviembre de 1994 Dirección Curicó, Villa V. Domingo Silva calle 3 Nº 2050 DELITO CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD Participación Autor Grado d
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