C/ JUAN ALBERTO CONTRERAS LARENAS
Rol
O-706-2022
Fecha
31 de julio de 2023
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: Que el día de Marzo del 0 , aproximadamente a las : 0 horas, funcionarios policiales sorprendieron al imputado JUAN ALBERTO CONTRERAS LARENAS en la intersección de calle Jamaica con calle Alejandro Petion, comuna de Pedro Aguirre Cerda, entregando a una tercera persona envoltorios contenedores de sustancia estupefacientes, para posteriormente lograr fiscalizarlo los funcionarios policiales y encontrando que este mantenía, poseía y transportaba al interior de un calcetín blanco la cantidad de envoltorios de papel cuadriculados color blanco, con un peso de . gramos de pasta base de cocaína; además de $ 0. 0.- pesos en dinero en efectivo de diversa denominación.- Santiago, treinta y uno de julio de dos mil veintitrés.- Vistos y teniendo presente los artículos: , , n° , n° , n° , , , , 0, , , , del Código Penal, artículo , , de la Ley 0.000, se declara: I.- Que se condena a JUAN ALBERTO CONTRERAS LARENAS, ya individualizado en esta causa, como autor del delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades, en grado de desarrollo consumado, cometido en esta jurisdicción el día de marzo del año 0 , a la pena de cuatrocientos sesenta y dos días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa a beneficio fiscal diez unidades tributarias mensuales y al comiso de los efectos e instrumentos del delito, sin costas. II.- La pena de multa, previa conversión en treinta días de reclusión, como asimismo la pena corporal, que suman un total de cuatrocientos noventa y dos días, se le tienen por cumplidas, con el tiempo que ha estado privado de libertad ininterrumpidamente por esta causa, desde el día de marzo de 0 .- Código: NLVXXGTXFRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Regístrese. Dese cumplimiento del artículo del Código Procesal Penal. Se tiene presente la renuncia a los plazos por parte de los intervinientes
Fallo
se declara: I.- Que se condena a JUAN ALBERTO CONTRERAS LARENAS, ya individualizado en esta causa, como autor del delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades, en grado de desarrollo consumado, cometido en esta jurisdicción el día de marzo del año 0 , a la pena de cuatrocientos sesenta y dos días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa a beneficio fiscal diez unidades tributarias mensuales y al comiso de los efectos e instrumentos del delito, sin costas. II.- La pena de multa, previa conversión en treinta días de reclusión, como asimismo la pena corporal, que suman un total de cuatrocientos noventa y dos días, se le tienen por cumplidas, con el tiempo que ha estado privado de libertad ininterrumpidamente por esta causa, desde el día de marzo de 0 .- Código: NLVXXGTXFRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Regístrese. Dese cumplimiento del artículo del Código Procesal Penal. Se tiene presente la renuncia a los plazos por parte de los intervinientes y en consecuencia, por ejecutoriada la presente sentencia. Se deja sin efecto la medida cautelar de Prisión Preventiva. Se da orden de libertad al sentenciado, cúmplase por Gendarmería de Chile. Dirigió la audiencia y dictó sentencia don CLAUDIO MARCELO LARRE ROJAS, Juez Titular del 0° Juzgado de Garantía de Santiago.- //gcs Código: NLVXXGTXFRX Este doc
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RUC : - RIT : - MAGISTRADO : CLAUDIO MARCELO LARRE ROJAS NOMBRE IMPUTADO : JUAN ALBERTO CONTRERAS LARENAS CEDULA DE IDENTIDAD : - DOMICILIO : Calle José Marti Nº 0 , comuna de Pedro Aguirre Cerda. FISCAL : MARIELA ACORIA GUERRERO DEFENSOR : MARIANA FERNANDEZ MONETA TRIBUNAL : º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : treinta y uno de julio de dos mil veintitrés CIRCUNSTANCIAS MODIFIC
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