Juzgado de Letras y Garantía de Lebu

AZAT/MUNICIPALIDAD DE LOS ALAMOS

Rol

O-12-2021

Fecha

1 de febrero de 2022

Materia

Cotizaciones Previsionales, Daño moral, Despido indirecto, Feriado legal, Horas extras, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto y teniendo presente: PRIMERO: Que, comparece don Leopoldo Vidal González, abogado, con domicilio profesional en Oficina 402 Edificio Studio Sur, O’Higgins número 1186, Concepción, actuando en representación procesal de don GAMAL ALEJANDRO AZAT SUAZO, Técnico de maquinaria pesada, domiciliado en Villa Los Ríos, comuna de Los Álamos. Quien refiere que en la representación que inviste y estando dentro de plazo, viene en interponer demanda por nulidad de contratos, despido indirecto, nulidad del mismo, y cobro de prestaciones en contra del empleador directo de su representado, ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LOS ÁLAMOS, R.U.T. 69.160.400-4, del giro, representada legalmente por su Alcalde PABLO CÉSAR VEGAS VERDUGO, R.U.T. 13.491.086-0, ignoro profesión u oficio, ambos con domicilio en Libertad N° 300 comuna de Los Álamos, en base a los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que a continuación expone. Antecedentes laborales previos. A.- En cuanto a la contratación. Su representado ingresa a trabajar para la demandada “MUNICIPALIDAD DE LOS ALAMOS” el día 03 de marzo del año 2014, celebrando un contrato de prestación de servicios con la misma. El primer cargo que debió desempeñar mi representado fue de Encargado de un infocentro comunitario, un espacio donde las personas asistían a realizar trámites en línea; actualizar la información de su currículum vitae, crear correo electrónico, recibir capacitación en los programas y herramientas de Windows, redactar solicitudes, reclamos, entre otras; esto, a través de un convenio entre INJUV y la Municipalidad de Los Álamos. Dos años más tarde, se pone en marcha la Oficina de Jóvenes Municipal, una oficina que había estado detenida por años, pero que, con la llegada a la alcaldía de don Jorge Fuentes, no dudó en retomar su funcionamiento; por lo que, durante los años 2016, 2017 y año 2018, su representado estuvo a cargo de esta oficina, desarrollando diversas actividades de carácter recreativo, deportivo y preventivo para jóvenes y adolescentes de la comuna, talleres, algunas capacitaciones, concursos, muestras de arte y eventos musicales, junto a un equipo de apoyo compuesto por monitores con un buen nivel de experiencia. Al asumir don Pablo Vegas Verdugo, como nuevo alcalde de la municipalidad, luego de que su antecesor renunciara al cargo, se encuentra con una alcaldía llena de problemas, de distinta índole y en varias oficinas, entre ellas, la oficina de movilización, Por lo que, el Sr. Vegas nombra personalmente como “ENCARGADO DE MOVILIZACIÓN” a mi representado, sin darle a conocer mayores detalles del cargo, pero señalándole, que sólo debe coordinar vehículos, maquinaria y estar a disposición de él siempre. El cambio a Movilización ocurre el día 15 de abril de 2019. Dentro de los dos años que su representado trabajó en esta oficina realizó tramitación para compras de tubos para alcantarillas, visitas a terreno para ver y dar solución a los problemas de los vecinos de toda la comuna, coordinó traslados de casos sociales para atenciones de salud, reparaciones de caminos vecinales de acuerdo con disponibilidad de árido. Coordinando, además, el solicitado camión aljibe municipal, el cual antes, había estado bastante tiempo detenido. En definitiva, todo lo que llegaba al alcalde, se lo redirigía a su representado, quien en los últimos años de relación laboral desempeñó el cargo de “ENCARGADO DE MOVILIZACIÓN (ANTIGUAMENTE LLAMADO) O JEFE DE OPERACIONES Y LOGÍSTICA (ACTUALMENTE)”, ya que, era el quien debía atender asuntos de primera necesidad para con la comunidad (arreglos de caminos, emparejamiento de terrenos para construir, hechuras fosas sépticas, traslados, entrega de agua potable, rendición de dineros, reclamos, etc.) No obstante, lo anterior, la demandada de autos ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LOS ÁLAMOS, nombra en calidad a contrata a su r

Fallo

por tanto, una relación laboral continua y periódica, que la demandada ocultó fraudulentamente en base a contratos de honorarios, en perjuicio del demandante. No siendo sus labores, por tanto, de carácter ocasional, específico, puntual y no habitual. Características propias de las relaciones a honorarios, que en la práctica no se configuran, y que permiten declarar la existencia de una relación laboral, que debe ser amparada bajo el Código del trabajo. 3. Lugar de faena determinado o determinable. Su representado, trabajó durante todo el tiempo de relación laboral, en el mismo lugar determinado, la Ilustre Municipalidad de los Álamos. Situación que acredita que, durante los 7 años de relación laboral, Sr. Gamal Azat asistió diariamente, al mismo lugar, a prestar las funciones encomendadas. 4. Cumplimiento de horario según el tipo de trabajo. Su representado, cumplía una jornada de trabajo de forma periódica, bajo subordinación y dependencia con la empleadora demandada en estos autos, Ilustre Municipalidad de los Álamos. Lo que dista bastante de las características de un contrato a honorarios, en el cual no se está obligado a ninguna clase de horario, y por lo demás, dicho contrato, tiene el carácter de ser transitorio y eventual, situación que no se verifica en el caso en concreto, ya que, su representado prestó servicios durante 7 años a la demandada de autos y cumpliendo diariamente un horario de trabajo. 5. Supervigilancia en el desempeño del trabajo, según el cargo y func

Texto Completo (Preview)

Lebu, primero de febrero de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: PRIMERO: Que, comparece don Leopoldo Vidal González, abogado, con domicilio profesional en Oficina 402 Edificio Studio Sur, O’Higgins número 1186, Concepción, actuando en representación procesal de don GAMAL ALEJANDRO AZAT SUAZO, Técnico de maquinaria pesada, domiciliado en Villa Los Ríos, comuna de Los Álamos. Quien refier

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