MP C/ GUSTAVO SEBASTIÁN CORTÉS ZULETA
Rol
O-4772-2023
Fecha
1 de agosto de 2023
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos “El día 20 de Julio de 2023 a las 11:45 horas aproximadamente, en calle Balmaceda N° 2885, comuna de La Serena, el imputado Gustavo Sebastián Cortés Zuleta, sustrajo y se apropió desde el interior de la tienda comercial Homecenter Sodimac, 01 candado u lock Brinks y 01 candado Odis, de propiedad de dicha tienda comercial, avaluados en la suma total de $141.003.- siendo sorprendido por los guardias de seguridad, cuando se disponía a salir de la tienda, traspasando las paletas de seguridad sin pagar el valor de las especies, las que llevaba ocultas.”. POSTERIOR AL DEBATE EL TRIBUNAL DICTÓ LA SIGUIENTE SENTENCIA El Tribunal dicta sentencia condenatoria, quedando los
Fundamentos
considerando grabados íntegramente en el registro de audio N° 2300784846-3-929-230801-00-05- 4772-2023 sentencia, en virtud del artículo 41 del Código Procesal Penal. Y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6 y 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 24, 25, 30, 49, 51, 70, 432, 446 Nº 3 y 449 del Código Penal; 45, 47, 348, 388, 399 y 395 del Código Procesal Penal; 3, 4 y 37 de la Ley N° 18.216,
Fallo
se resuelve: PROCEDIMIENTO: Simplificado RUC Nº: 00 - RIT Nº: - 0 DELITO: Hurto simple por un valor de media a menos de utm. SENTENCIADO: GUSTAVO SEBASTIÁN CORTÉS ZULETA Código: XPKTXGXMXEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que, SE CONDENA a GUSTAVO SEBASTIÁN CORTÉS ZULETA, cédula nacional de identidad N° 17.724.970-K, ya individualizado, a la pena de VEINTIÚN DÍAS de prisión en su grado medio, al pago de una multa de UN TERCIO de Unidad Tributaria Mensual y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor de un delito de hurto simple, en grado de desarrollo frustrado, perpetrado en esta ciudad, el día veinte de julio del año dos mil veintitrés. II.- Que, reuniéndose los requisitos legales, se sustituirá al sentenciado la pena privativa de libertad impuesta, por la de REMISIÓN CONDICIONAL por el plazo de UN AÑO, debiendo mantener su residencia en la comuna de Monte Patria, quedando sujeto a la discreta observación y asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de la comuna de Ovalle, debiendo cumplir las restantes condiciones previstas en la ley y presentarse en dicho centro, dentro del plazo de quinto día de ejecutoriada esta sentencia a cumplir la pena, bajo apercibimiento de ser decretado su quebrantamiento. III.- Que, conforme a lo razonado en el motivo séptimo de este fallo, la pena pecuniaria impuesta
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RESUMEN DE AUDIENCIA Fecha La Serena, uno de agosto de dos mil veintitrés Tribunal Juzgado de Garantía de La Serena Juez Pedro Álvaro Rojas Castro Fiscal Wladimir Robles Santos Defensor Paula Pérez Salinas Imputado Gustavo Sebastián Cortés Zuleta, cédula nacional de identidad N° . .9 0-K, domiciliado en calle única sin número, localidad El Maqui, comuna de Monte Patria. Sala Sala Acta transcripto
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