PABLO SERGIO MEJÍAS MUÑOZ C/ ANDRÉS ANTONIO CASTILLO LUENGO
Rol
O-2584-2023
Fecha
31 de julio de 2023
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos “Que el día lunes, 15 de mayo de 2023, aproximadamente a las 15:14 horas, el imputado ANDRES ANTONIO CASTILLO LUENGO ingresó al local de Falabella ubicado en Avenida Vicuña Mackenna 7110, comuna de La Florida y desde su interior de dicho recinto, el imputado procedió a sustraer y apropiarse, con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, una batería de cocina que era oferta en el mismo centro comercial para luego dirigirse hacia la salida de la tienda, siendo detenido en las paletas de seguridad, la especie fue avaluadas por la tienda en la suma de $99.990.-pesos”. Delito y grado de desarrollo Los hechos configuran delito de Hurto simple del 446 N° 3 del Código Penal, ilícito en grado de ejecución frustrado. Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal Circunstancias modificatorias Atenuantes No concurren. Agravantes No concurren. Código: BBTKXGTNVJT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SE RESUELVE: Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 4, 6, 36, 45, 97, 340, 341, 342, 346, 388, 389, 393 y 395 del Código Procesal Penal; artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15 Nº 1, 18, 21, 24, 25, 26, 30, 50, 67, 70 y 446 N° 3 del Código Penal; artículos 1, 3, 4, 5, 8 y 35 de la Ley N° 182.216, se declara: I.- Que se condena a ANDRES ANTONIO CASTILLO LUENGO, Rut 13.083.534-1 ya individualizado, a la pena de CUARENTA Y UN DIAS de prisión en su grado máximo, al pago de una multa de UN TERCIO de una Unidad Tributaria Mensual, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, perpetrado en esta jurisdicción el día 15 de mayo de 2023. II.- Que la pena de multa precedentemente impuesta en el numeral I.- se le tiene por cumplida con el día que se encontró privado de libertad en la presente causa, correspondiente al 16 de mayo
Fallo
SE RESUELVE: Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 4, 6, 36, 45, 97, 340, 341, 342, 346, 388, 389, 393 y 395 del Código Procesal Penal; artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15 Nº 1, 18, 21, 24, 25, 26, 30, 50, 67, 70 y 446 N° 3 del Código Penal; artículos 1, 3, 4, 5, 8 y 35 de la Ley N° 182.216, se declara: I.- Que se condena a ANDRES ANTONIO CASTILLO LUENGO, Rut 13.083.534-1 ya individualizado, a la pena de CUARENTA Y UN DIAS de prisión en su grado máximo, al pago de una multa de UN TERCIO de una Unidad Tributaria Mensual, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, perpetrado en esta jurisdicción el día 15 de mayo de 2023. II.- Que la pena de multa precedentemente impuesta en el numeral I.- se le tiene por cumplida con el día que se encontró privado de libertad en la presente causa, correspondiente al 16 de mayo de 2023. III.- Que la pena corporal impuesta se le sustituye por reclusión parcial domiciliaria nocturna con monitoreo telemático, la cual debe cumplir en su domicilio ubicado en calle Pasaje El Olivillo N° 9526, La Florida, recluyéndose diariamente por el término de la condena, entre las 22:00 horas de cada día y las 06:00 horas de la mañana del día siguiente. Para este efecto se dispone oficiar a Gendarmería para solicitar el informe de factibilidad técnica, y en caso afirmat
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TRIBUNAL : 14° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2300529886-5 RIT : 2584 - 2023 IMPUTADA : ANDRÉS ANTONIO CASTILLO LUENGO Cédula de Identidad : 13.083.534-1 Fecha de nacimiento : 24-07-1976 Domicilio : Pasaje El Olivillo Nº 9526, La Florida. PROCEDIMIENTO : Juicio Oral Simplificado Fecha de sentencia : treinta y uno de julio de dos mil veintitrés. JUEZ : MAURICIO IVÁN PONTINO CORTÉS Hechos “
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