3º Juzgado de Letras de la Serena

CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S. A./CORTÉS

Rol

C-4673-2018

Fecha

30 de septiembre de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

C-4673-2018 Foja: 1 FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-4673-2018 CARATULADO : CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S. A./CORT SÉ La Serena, treinta de Septiembre de dos mil veinte Vistos. En lo principal del escrito de fecha 29 de noviembre de 2018, comparece Pamela Vega Galleguillos, abogado, domiciliada en calle Pedro Pablo Mu oz 430 dpto. 14, La Serena, en representaci nñ ó de CAT Administradora de Tarjetas S.A., persona jur dica del giro deí su denominaci n, representada por su Gerente General Eulogio Guzm nó á Llona, ingeniero comercial, ambos con domicilio en calle Agustinas No. 785, Piso 3°, Santiago. Refiere que CAT Administradora de Tarjetas S.A., antes denominada Cencosud Administradora de Tarjetas S.A, es actual due oñ y leg timo tenedor del pagar a la orden n mero 3260416 por la sumaí é ú de $4.633.749, con vencimiento el 26 de septiembre de 2018, adeudado por don Fabi n Eduardo Cort s Serrano, ignora profesi n u oficio,á é ó domiciliado en Los Arrayanes N° 1277, La Serena. Indica que este pagar fue suscrito en representaci n del deudor,é ó el d a 26 de septiembre de 2018, por Daniel Alejandro Duarte Cuervo,í actuando por Cencosud Administradora de Tarjetas S.A., tambi n CATé S.A. y/o ACC S.A., en virtud de un mandato otorgado al efecto por el referido deudor, seg n consta de la cl usula decimocuarto del Contratoú á de Apertura de Cr dito Cencosud, que acompa a a esta presentaci n.é ñ ó C-4673-2018 Foja: 1 Agrega que el mencionado pagar no fue pagado a la fecha deé su vencimiento, raz n por la cual el deudor, ya individualizado, adeudaó a su mandante la suma antes se alada, devengando adem s el m ximoñ á á de inter s convencional que la ley permite estipular para operaciones deé cr dito de dinero no reajustables en moneda nacional, por todo elé per odo de la mora o simple atraso, m s las costas.í á Hace presente que se liber a su mandante de la obligaci n deó ó protesto, y que la obligac

Fundamentos

considerando tercero delñ fallo, procede acoger la excepci n opuesta por el ejecutado, declarandoó prescrita la acci n cambiaria emanada del pagar cobrado en autos,ó é rechazando, en todas sus partes, la demanda ejecutiva de marras; siendo innecesario pronunciarse sobre las defensas planteadas subsidiariamente.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, adem s, lo dispuesto en losá art culos 2514, 2518 del C digo Civil, 98 y 100 de la Ley N°18.092,í ó y 1, 144, 158, 160, 170, 434 y 464 del C digo de Procedimiento Civil,ó se decide: Que se acoge la excepci n de prescripci n del n mero 17 deló ó ú art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, opuesta por elí ó ejecutado en el primer otros del escrito de fecha 31 de marzo del a oí ñ en curso. Que, en consecuencia, se rechaza la demanda ejecutiva de fecha 29 de noviembre de 2018. Que no se condena en costas al ejecutante, por estimar que tuvo motivo plausible para litigar. Reg strese, an tese y notif quese a las partes.í ó í PRONUNCIADA POR DO A CECILIA ROJAS NOGEROL,Ñ JUEZ TITULAR.- C-4673-2018 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en La Serena, treinta de Septiembre de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-09-30T10:41:16-0300

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C-4673-2018 Foja: 1 FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-4673-2018 CARATULADO : CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S. A./CORT SÉ La Serena, treinta de Septiembre de dos mil veinte Vistos. En lo principal del escrito de fecha 29 de noviembre de 2018, comparece Pamela Vega Galleguillos, abogado, domiciliada en calle Pedro Pablo Mu oz 4

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