JIMMY EDWARD OPAZO SANTOS C/ PEDRO DAMIÁN ZARZURI POMA
Rol
O-5133-2022
Fecha
28 de julio de 2023
Materia
CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 21 de Octubre de 2022, aproximadamente a las 02:00 horas, el acusado PEDRO DAMIÁN ZARZURI POMA conducía en estado de ebriedad y con su licencia de conducir cancelada en virtud de sentencia definitiva condenatoria en causa RIT 2551/2021 del Juzgado de Garantía de Arica, de fecha 17 de Agosto de 2022; el vehículo marca Mitsubishi, modelo Delica PPU PCRC.36, por los estacionamientos del Shopping Center, ubicado en Diego Portales N° 844, Arica, colisionando al vehículo marca Mazda, modelo BT-650, PPU A9J-911, que se encontraba estacionado en el lugar, al cual desplazó unos metros hacia adelante, para luego retroceder a gran velocidad chocando contra un muro del recinto, luego avanzó nuevamente hacia adelante colisionando el Código: CEFBXGQRNMT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl vehículo marca Nissan, modelo Dualis, PPU SFTB.47, de propiedad de LEANDRO ROJO BARRIENTOS, resultando todos los vehículos con daños de consideración. Al lugar concurrió personal de Carabineros, los que constataron que el acusado se encontraba en manifiesto estado de ebriedad debido a su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar. La ebriedad del acusado fue ratificada mediante el respectivo informe de alcoholemia, el que arrojó como resultado que el acusado conducía con 1,51 gramos por mil de alcohol en su sangre.” Calificación jurídica: A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos configuran el delito de conduccion de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños y con licencia de conducir cancelada, previsto y sancionado en los artículos 196 y 110 de la ley de Transito Nº 18.290, en relación al artículo 209 inciso segundo del mismo cuerpo legal. Se atribuye al acusado la calidad de autor en los términos del artículo 15 N° 1 del Código Penal, siendo el grado de desarrollo del delito consumado. Consulta de admisión del procedim
Fallo
se declara: Código: CEFBXGQRNMT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se condena a PEDRO DAMIÁN ZARZURI POMA, cédula de identidad N° 15.001.038-1, ya individualizado, a las penas de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, multa de un tercio de unidad tributaria mensual, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y la cancelación de su licencia de conducir, como autor del delito consumado de conduccion de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños y con licencia de conducir cancelada, previsto y sancionado en los artículos 196 y 110 de la Ley Nº 18.290, en relación al artículo 209 inciso segundo del mismo cuerpo legal, hecho cometido en Arica el día 21 de octubre de 2022. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos establecidos en los artículos 7 y siguientes de la Ley 18.216, se sustituye la pena privativa de libertad por la de reclusión parcial nocturna domiciliaria, consistente en el encierro en su domicilio, por el mismo tiempo de la condena, entre las 22:00 horas y 06:00 horas del día siguiente, iniciando su cumplimiento el 2 de agosto de 2023, y correspondiendo su control a Carabineros de Chile de la Tenencia de Alcérreca, Si dicha pena sustitutiva fuere revocada, deberá cumplir efectivamente la pena corporal, o se remplazará por una pena sustitutiva de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de las condi
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ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, veintiocho de julio de dos mil veintitrés Magistrado CLAUDIO GALVEZ GIORDANO Fiscal PAULINA VERA QUINTANILLA Defensor RODRIGO TORRES DÍAZ Tipo Audiencia Procedimiento abreviado Hora inicio 12:05 Hora termino 12:40 Sala 3 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica. Registro de audio 2201043553-K-992-230728-00-21 - PABR CGG ACG RIT 5133 22 Acta ACG RUC 2201043553-K RIT 5133
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