1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

SERVICIO LIMPIEZA CON EXCELENCIA SPA/GÓMEZ

Rol

O-6978-2021

Fecha

31 de enero de 2022

Materia

Desafuero Maternal

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: Constan íntegramente en audio. El Tribunal resuelve: El Tribunal, teniendo presente que la parte demandada no contestó la demanda va a hacer admisión tácita de los hechos de la demanda en virtud de lo dispuesto en el artículo 453 número 1, inciso séptimo del Código del Trabajo, atendida la no contestación de la demanda, encontrándose rebelde y en virtud de dispuesto en el artículo 453 número 3 del mismo texto legal, estima que no existen hechos pertinentes, controvertidos y, por lo tanto, entonces, va a dictar sentencia en el día de hoy, acogiendo la demanda de autos y en virtud de ello se hace presente que durante la tarde se va a enviar la sentencia por correo electrónico y que queda notificado de todos lo actuado en esta audiencia con esta fecha, tanto la parte demandante como la parte demandada para los efectos de cualquier recurso. Siendo las 11:05 horas, se pone término a la presente audiencia. Dirigió la audiencia doña CARMEN GLORIA CORREA VALENZUELA, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a treinta y uno de enero de dos mil veintidós. REGISTRO DE AUDIO SENTENCIA Santiago, treinta y uno de enero de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don FABIÁN SANDOVAL IBÁÑEZ, abogado, en representación de SERVICIO DE LIMPIEZA CON EXCELENCIA SpA, RUT 77.283.962-6, representada legalmente por don NELSON ALI PEREZ MENDOZA, RUT 25.757.587-K, ambos con domicilio en calle HUÉRFANOS 1044, D 905, Comuna de Santiago, e interpone demanda de desafuero laboral en procedimiento de aplicación general, en contra de doña NATALIA VANESSA GOMEZ MIRANDA, trabajadora de limpieza, domiciliada en QUEBRADA DE AROMA 1360, Comuna de Peñalolén, ciudad de Santiago, fundada en los siguientes hechos: Señala que con fecha 02 de Noviembre de 2021, doña Natalia Vanessa Gomez Miranda, en adelante "la demandada” fue contratada a plazo fijo por SERVICIO DE LIMPIEZA CON EXCELENCIA SpA, en adelante "la empleadora”, para desempeñar el cargo y prestar servicios de limpieza fina y gruesa de departamentos, piso, cerámicas, paredes y vidrios, en el inmueble ubicado en avenida Luis Cousiño n° 6163, Peñalolén, ciudad de Santiago, con duración hasta el día 02 de Diciembre de 2021. Indica que el día 03 de Noviembre, la demandada asiste al lugar de trabajo, pero en ese momento indica que siente un malestar general. Por ello es llevada hasta un centro asistencial, donde luego de realizarse test de orina y sangre, se obtiene el resultado de embarazo positivo, con 9.5 semanas de gestación. Sostiene que, luego de suscribir el contrato, la trabajadora sólo ha asistido al lugar de trabajo el día 03 de Noviembre, sin concurrir desde esa fecha a cumplir las funciones por las que fue contratada al lugar acordado, sin presentar documentos o licencias médicas, o comunicar al empleador las razones de sus inasistencias. Por tratarse de un contrato a plazo fijo, corresponde el término de la relación laboral el día 02 de Diciembre de 2021, pero encontrándose la trabajadora con fuero maternal, solicita se autorice, en atención a lo dispuesto en el artículo 174 del Código del Trabajo, la procedencia del despido. Previas consideraciones de derecho solicita se acoja la demanda.- SEGUNDO: Que la demandada encontrándose legalmente notificada, no evacuó el traslado que le fuera conferido. TERCERO: Que atendida la rebeldía de la demandada, el tribunal hace uso de la facultad que establece el artículo 453 N°1 inciso séptimo del Código del Trabajo, y tiene por tácitamente admitidos los hechos contenidos en la demanda, en lo que dice relación con la existencia de la relación laboral, su período de vigencia, y que la demandada se encuentra embarazada. Que de acuerdo a lo anterior y al haber hecho uso de esta facultad, y conforme lo dispone el artículo 453 N° 3 inciso segundo del Código del Trabajo, al no existir hechos, sustanciales, pertinentes ni controvertidos, este tribunal omitió recibir la causa a prueba, y procedió a dictar sentencia. CUARTO: Que, conforme lo dispone el artículo 201 del Código del Trabajo, durante el periodo de embarazo y hasta un año después de expirado el descanso de maternidad, la trabajadora

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE la demanda de autos interpuesta por SERVICIO DE LIMPIEZA CON EXCELENCIA SpA en contra de doña NATALIA VANESSA GOMEZ MIRANDA, autorizando a la demandante a poner término al contrato de trabajo por el vencimiento del plazo convenido a contar de la ejecutoriedad de esta sentencia. II.- Que cada parte pagará sus costas. Regístrese y archívese en su oportunidad, quedando las partes notificadas personalmente en esta audiencia. RIT: O-6978-2021 RUC: 21- 4-0370652-0 Dictada por doña CARMEN GLORIA CORREA VALENZUELA, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO Ordinario FECHA 31/01/2022, Santiago RUC 21- 4-0370652-0 RIT O-6978-2021 CARATULADO SERVICIO LIMPIEZA CON EXCELENCIA SPA/GÓMEZ MAGISTRADO CARMEN GLORIA CORREA VALENZUELA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Paula Francisca Rodas Valenzuela HORA DE INICIO 11:02 HORA DE TERMINO 11:05 SALA Sala Virtual 14 (

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