MINISTERIO PÚBLICO C/ FLORENCIO WALTER APAZA APAZA
Rol
O-3987-2023
Fecha
24 de julio de 2023
Materia
AMENAZASA CARABINEROS (ART. 417 CÓD. J.MILITAR).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día ayer, alrededor de las 20:40 horas el imputado se encontraba en la vía publica frente al número 2550, del pasaje Los Olivos y, atendido a llamadas de CENCO, del grupo de policías que estaba en patrullaje respectivo, quienes fueron alertados de una riña, que se producía al frente del pasaje ya indicado y una vez que llegan a ese pasaje, se encuentran efectivamente con gran número de personas, que se encontraban frente a tal domicilio, alguna personal al llegar Carabineros Arrancan y dentro de las personas que no arrancaron está el imputado quien manifestó a viva voz y en forma agresiva a personal de carabineros “Déjense de hueviar, no tengo porque entregar mis datos”. Reiterando los solicitado, vale decir que él se identificara y sin mediar provocación alguna, el imputado lanza un golpe de puño al rostro del Cabo Segundo Jocelyn Sandoval Seguel, quien retrocede rápidamente, logrando evitar la agresión, manifestando el detenido “lárguense de acá pacos culiados”. Para luego dirigirse a la persona del Sargento Iván Pedraza Riquelme, señalándole “A vos, concha de tu madre te conozco y te voy a esperar afuera de la Tercera Código: RRWXXGWZZXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Comisaría y te voy a matar paco culia’o”. Reiterando las amenazas a lo menos en dos momentos distintos, por lo cual se procede a su detención”. Calificación jurídica: A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos configuran el delito de Amenazas a carabineros, previsto y sancionado en el artículo 17 del Código de Justicia Militar. Al imputado le cabe participación en calidad de autor y grado de desarrollo consumado. Consulta de admisión: El imputado admite responsabilidad en los hechos del requerimiento. Sentencia Procedimiento Simplificado. Arica, veinticuatro de julio de dos mil veintitrés. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinent
Fallo
se declara I. Que se condena a FLORENCIO WALTER APAZA APAZA, cédula de identidad N° 1 .31 . 3-7, ya individualizado, a las penas de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas, como autor del delito consumado de Amenazas a carabineros, castigado por el artículo 17 del Código de Justicia Militar, sorprendido en Arica el de junio del 3. II. Que se sustituye la pena privativa de libertad por la de reclusión parcial nocturna en dependencias de Gendarmería por el mismo tiempo de la condena, sirviéndole de abono un día que estuvo privado de libertad en la causa, debiendo presentarse dentro de quinto día de ejecutoriada la presente sentencia. Si no se presenta se despachará orden de detención en su contra. Si dicha pena sustitutiva fuere revocada, deberá cumplir efectivamente la pena corporal, con el mismo abono, más todo aquel tiempo que alcance a cumplir efectivamente dicha reclusión parcial. Regístrese y cúmplase lo dispuesto en el artículo 6 del Código Procesal Penal Téngase presente que los intervinientes renuncian a los plazos para deducir recursos contra la sentencia, por lo que se entiende ejecutoriada. RUC - RIT – Código: RRWXXGWZZXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dirigió la audiencia y dictó sentencia doña CARMEN MACARENA CALAS GUERRA, Jueza Titular del Juzgado de Garantía de Arica. Encontrándos
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, veinticuatro de julio de dos mil veintitrés Magistrado CARMEN MACARENA CALAS GUERRA Fiscal GONZALO RODRIGO VALENZUELA CALDERÓN Defensor GUSTAVO ANDRÉS RIVEROS VILLANUEVA Tipo de Audiencia PREPARACIÓN DE JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Hora inicio Hora termino Sala Tribunal Juzgado de Garantía de Arica Registro de audio 3 6 -1-99 - 3 7 - - -PJOS MCG JHC RIT 39 7 3 3 6 -1-99
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