MP C/ GUSTAVO ANDRÉS BRAYAN LAGUNAS CAROCCA
Rol
O-5647-2022
Fecha
25 de julio de 2023
Materia
POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El de 28 de julio de 2022 aproximadamente a las 14:30 horas mientras GUSTAVO ANDRES BRAYAN LAGUNAS CAROCCA, se encontraba al interior de su domicilio ubicado en calle Pablito Andrés, sin numeración visible, Villa La Cruz, Reñaca Alto, comuna Viña del Mar, mediante procedimiento de entrada y registro autorizado judicialmente la policía de Investigaciones ingreso al domicilio del imputado quien poseía y a la vez portaba las siguientes especies en el lugar; En el closet del imputado se encontró: • Una escopeta de repetición marca Winchester, calibre 16, serie C1091353.Apta para el disparo sin mantener los permisos para su tenencia. • Munición consistente en 03 tiros de escopeta sin percutir, de color verde, calibre16 y 11 tiros de escopeta calibre 12 sin percutir color verde. • Un bolso tipo banano en cuyo interior mantenía una balanza digital color gris marca Philco, y una bolsa plástica que en su interior contenía 19.33 gramos bruto de cocaína base. • Una caja de cartón de color blanco, en cuyo interior mantenía 07 bolsas plásticas todas contenedoras de 630.61gramos bruto de cocaína base. • Sobre una cocina, fue encontrado un monedero color rosado que en su interior contenía 04 envoltorios de papel de revista, 5,11 gramos brutos contenedores de Cannabis Sativa y $32.000 en dinero en efectivo. SENTENCIA: VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Por estos
Fundamentos
fundamentos y de conformidad además con lo prevenido en los artículos 1, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, 14, 15, 30, 67, 69, 70 del Código Penal; artículos 3 y siguientes de la Ley 20.000; artículo 9 y siguientes de la Ley 17.798 de la Ley de armas; artículos 36,47, 340, 406, 412 del Código Procesal Penal;
Fallo
se declara: I.- Que, se condena a la encausado GUSTAVO ANDRÉS BRAYAN LAGUNAS CAROCCA, ya individualizado, como autor del delito de tenencia ilegal de arma de fuego y de municiones a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, Código: FQFXXGPJRXT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, registro de huella genética, comiso del arma y de las municiones debiéndose darle el destino al arma, al destino provisto en la Ley de control de armas, esto es comiso y remisión de las mismas a los arsenales de guerra, hecho perpetrado en esta ciudad el día 28 de julio de 2022. II.- Que se condena a GUSTAVO ANDRÉS BRAYAN LAGUNAS CAROCCA como autor del delito de Tráfico ilegal de estupefacientes hecho perpetrado en esta ciudad el día 28 de Julio del año 2022, a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, y al registro de la huella genética, comiso de las especies incautadas y a los dineros se les dará el destino previsto en la Ley 20.000. III.- Que, atendido lo prevenido en el artículo 1° inciso final de la Ley 18.216, no se le concede al sentenciado alguno de l
Texto Completo (Preview)
Fecha Viña del Mar., veinticinco de julio de dos mil veintitrés RUC 2200710691-6 RIT 5647 - 2022 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA GUSTAVO ANDRÉS BRAYAN LAGUNAS CAROCCA, presente privado de libertad 002141065 7-4 Sector PABLITO ANDRES PASAJE FIGUEROA 1 VILLA LA CRUZ REÑACA ALTO Viña del Mar. Hechos: El de 28 de julio de 2022 aproximadamente a las 14:30 horas mientras GUSTAVO ANDRES BRAYAN LAGU
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