C/ MANUEL EDUARDO HERNÁNDEZ VARGAS
Rol
O-2883-2022
Fecha
25 de julio de 2023
Materia
RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día de junio de , alrededor de las : horas, en Avda Los Halcones frente al Nro. , comuna de Lampa, el imputado MANUEL EDUARDO HERNANDEZ VARGAS, fue sorprendido por funcionarios de carabineros manteniendo en su poder el automóvil Marca Kia Motors, Modelo Avella Gli, color azul mica, año , PPU RC- , conociendo o no pudiendo menos que conocer su origen ilícito, atendido que mantenía en el parabrisas trasero del vehículo la P.P.U. KG- , la que corresponde a otro vehículo tipo automóvil, Marca Nissan, Modelo V Sentra, año . Color beige metálico y a que el automóvil mantenía un encargo vigente nro. SEBV_ _ , por el delito de robo de vehículo motorizado de fecha de enero de , denuncia efectuada en dependencias de la ° comisaría de carabineros de Colina por su propietario don Elías Tomás Veloso Cavieres, motivo por el que siendo las : horas se procedió a la detención del conductor del vehículo. SE DECLARA: I. Que se condena a MANUEL EDUARDO HERNÁNDEZ VARGAS, cédula de identidad N° - , ya individualizado, a sufrir la pena de 5 días de presidio menor en su grado medio, accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como autor del delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, previsto y sancionado en el artículo BIS A inciso tercero del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, hecho ocurrido en la jurisdicción de Código: XHRKXGMGXHS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl este tribunal el día de Junio del año , II. En relación a la pena de multa, se le tiene por cumplida por el tiempo que paso privado de libertad por esta causa. Esto es desde el de Junio del año hasta el día de Febrero del año , haciendo el total de días, imputándose día a la pena de multa. III. Que reuniéndose los requisitos del artículo de la ley . , se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pe
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a MANUEL EDUARDO HERNÁNDEZ VARGAS, cédula de identidad N° - , ya individualizado, a sufrir la pena de 5 días de presidio menor en su grado medio, accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como autor del delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, previsto y sancionado en el artículo BIS A inciso tercero del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, hecho ocurrido en la jurisdicción de Código: XHRKXGMGXHS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl este tribunal el día de Junio del año , II. En relación a la pena de multa, se le tiene por cumplida por el tiempo que paso privado de libertad por esta causa. Esto es desde el de Junio del año hasta el día de Febrero del año , haciendo el total de días, imputándose día a la pena de multa. III. Que reuniéndose los requisitos del artículo de la ley . , se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL NOCTURNA DOMICILIARIA, por igual tiempo de la pena privativa de libertad, consistente en el encierro en el domicilio del condenado, ubicado en La Chavela N° , comuna de Lampa, entre las : horas de cada día y las : horas del día siguiente. Principiando la ejecución de la pena sustitutiva impuesta una vez que se informe su efectiva implementación por part
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SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Colina, veinticinco de julio de dos mil veintitrés. TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Colina MAGISTRADO: CARLOS ARTURO POBLETE GONZÁLEZ RUC: - RIT: - IMPUTADO: MANUEL EDUARDO HERNÁNDEZ VARGAS C.I. - FECHA DE NACIMIENTO DIRECCIÓN Pasaje LAS CHAVELAS Nº COMUNA: Lampa. DELITO RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS ARTICULO Artículos BIS A inciso terc
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