C/ IGNACIO ALONSO ROJAS LAGOS
Rol
O-1808-2022
Fecha
26 de julio de 2023
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
DECIMOQUINTO JUZGADO DE GARANTIA SANTIAGO RESUMEN: RUC : 2200493296-3 RIT : 1808 - 2022 MATERIA : Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir (art. 196 Ley 18.290) IMPUTADO : IGNACIO ALONSO ROJAS LAGOS (chileno) CEDULA DE IDENTIDAD : 20.446.404-9 DOMICILIO : Calle Antártica Chilena Nº 1565, San Ramón. FISCAL : Marcelo Apablaza Véliz DEFENSOR : Margarita Benavente Valdés TRIBUNAL : 15° JUZGADO DE GARANTÍA SANTIAGO CIRC. MODIF. RESP. PENAL: artículo 11 N° 6 y 11 N 9 del Código Penal. PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO IND. PISTAS AUDIO : \\Audiencias\2200493296-3-1234 Santiago, veintiséis de julio de dos mil veintitrés.
Fundamentos
Considerando: Que el tribunal estima que benefician al imputado las atenuantes contempladas en los números 6 y 9 del artículo 11 del Código Penal, esto es, la irreprochable conducta anterior y la colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos. Que concurriendo dos atenuantes y no perjudicándole agravante alguna, corresponde que se rebaje en un grado la pena que asigna el legislador al delito. Que no concurren otras circunstancias modificatorias de responsabilidad penal que analizar. Resolución: I.- Que se condena al acusado IGNACIO ALONSO ROJAS LAGOS ya individualizado anteriormente, como AUTOR del delito CONSUMADO, de CONDUCCIÓN DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, cometido el día 22 de mayo del año 2022, en la comuna de La Pintana, a la pena de CUARENTA Y UN DIAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MAXIMO, a la accesoria legal de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y al pago de una multa ascendiente a 1/3 UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL a beneficio fiscal. Que la multa impuesta en esta sentencia se tendrá por cumplida y cancelada imputando al efecto el día de la detención del imputado, la que se verificó el día 22 de mayo del año 2022. II.- Que reuniéndose los requisitos del artículo 4 de la Ley 18.216 se sustituye al sentenciado el cumplimento de la pena privativa de libertad impuesta por la REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, debiendo quedar sujeto al control administrativo de la asistencia al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda por el lapso de un año y debiendo además cumplir durante el periodo de control con las condiciones legales del artículo 5 de Código: CVGMXGVMJPR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl DECIMOQUINTO JUZGADO DE GARANTIA SANTIAGO la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile dentro del plazo de cinco días desde que esta sentencia quede firme y ejecutoriada, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Si la pena sustitutiva fuere revocada o quebrantada, el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta, o en su caso se le remplazará por una pena sustitutiva de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de las condiciones decretadas; en estos casos se someterá al condenado al cumplimiento del saldo de la pena inicial, abonándose a su favor el tiempo de ejecución de dicha pena sustitutiva, sin que existan días de privación de libertad como abono; toda vez que el dia de su detención se imputó para los efectos de tener por cancelada la pena pecuniaria de multa. III.- Que se le condena además a la sanción accesoria contemplada en el artículo 197 de la Ley 18.290, esto es, la suspensión o prohibición de obtener licencia de conducir por el periodo de dos años. IV.- Que se exime al sentenciado al pago de las costas de la causa, tenien
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DECIMOQUINTO JUZGADO DE GARANTIA SANTIAGO RESUMEN: RUC : 2200493296-3 RIT : 1808 - 2022 MATERIA : Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir (art. 196 Ley 18.290) IMPUTADO : IGNACIO ALONSO ROJAS LAGOS (chileno) CEDULA DE IDENTIDAD : 20.446.404-9 DOMICILIO : Calle Antártica Chilena Nº 1565, San Ramón. FISCAL : Marcelo Apablaza Véliz DEFENSOR : Ma
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