Juzgado de Garantía de Osorno.

MINISTERIO PUBLICO C/ MATÍAS IGNACIO ÁLVAREZ BELLO

Rol

O-295-2023

Fecha

20 de julio de 2023

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: Que la parte expositiva y considerativa constan, en registro de audio pertinente. Teniendo presente los siguientes hechos: El de enero de , a las . horas en la intersección de calles Chacarillas con Yerbas Buenas de la ciudad de Osorno el imputado MATÍAS IGNACIO ÁLVAREZ BELLO fue sorprendido, mientras mantenía en su poder para la venta, conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito de un Reloj marca Festina, color plateado, avaluado en la suma de $ . , de propiedad de la víctima DIEGO RIQUELME URIBE, el que le fue a éste sustraído el día de enero de , desde su domicilio de calle Miraflores N° de Osorno, por sujetos desconocidos que, con ánimo de lucro y sin la voluntad de la víctima, ingresaron dicho lugar por vía no destinada al efecto, llevándose dicha especie en su poder, hecho denunciado con fecha de enero de , en el parte N° 7 de de enero de de la Brigada de Robo de Investigaciones de Osorno, siendo detenido en el lugar. Y

Fundamentos

considerando además lo dispuesto en los artículos , 7, N° 6 y , , , , , 7 y 6 bis A) del Código Penal; , , , , del Código Procesal Penal;

Fallo

se declara: I. Que se condena a MATÍAS IGNACIO ÁLVAREZ BELLO, cédula de identidad N° - , se ignora ocupación, domiciliado en Osorno, calle Juan Flores N° 7 ; como autor en el delito de receptación, consumado, previsto y sancionado en el artículo 6 bis A), cometido en esta comuna, en perjuicio de DIEGO RIQUELME URIBE, el día de enero de , a sufrir las penas siguientes: Una pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo; a una multa, a beneficio fiscal, de UN TERCIO de UNIDAD TRIBUTARIA Código: QYHXXGRRZQR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl MENSUAL; y a la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Que, la pena de multa se tendrá por cumplida con la privación de libertad de de enero de III. Que, concurriendo los requisitos del artículo º de la Ley Nº . 6, se le concede al imputado, quien deberá cumplir las exigencias del artículo ° del mismo Estatuto, la sustitutiva de la REMISIÓN CONDICIONAL, por el plazo de observación de UN AÑO, debiendo apersonarse para estos efectos al CRS de Osorno, los últimos cinco días de agosto de 2023, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Si la pena sustitutiva impuesta fuese incumplida o quebrantada, el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta o, en su caso, se la remplazará por una pena sustitutiva de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de las condi

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RUC - RIT - DELITO Receptación NOMBRE DEL IMPUTADO MATÍAS IGNACIO ÁLVAREZ BELLO PROCEDIMIENTO Simplificado. OSORNO, veinte de julio de dos mil veintitrés. VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: Que la parte expositiva y considerativa constan, en registro de audio pertinente. Teniendo presente los siguientes hechos: El de enero de , a las . horas en la intersección de calles Chacarillas con Yerbas B

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