LUIS ENRIQUE TAPIA VELASCO C/ LUIS ENRIQUE REBOLLEDO LOYOLA
Rol
O-1702-2020
Fecha
25 de julio de 2023
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., CONDUC.VEHIC DURANTE VIG ALG.SANCI IMPUEST ART209 LEY 18290.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos fundantes de la acusación son los siguientes: El día 12 de enero de 2020, alrededor de las 14.45 hrs., el imputado LUIS ENRIQUE REBOLLEDO LOYOLA conducía en manifiesto estado de ebriedad y con a lo menos 2,28 g/l de alcohol en la sangre el vehículo marca Kia PPU PJ-2 8 , contra el sentido del tránsito por calle los Avellanos, Villa Alemana, cuando producto de su estado de intemperancia impactó un poste de alumbrado público ubicado a la altura del N° 950 de dicha arteria, siendo retenido por civiles y luego detenido por personal policial. Asimismo, al momento de la comisión del delito, REBOLLEDO LOYOLA mantenía suspendida su licencia de conducir, pues con fecha 1 de febrero de 2018 fue condenado como autor de un delito de conducción en estado de ebriedad por el Juzgado de Garantía de Quilpué (RIT 14-2018, RUC 1700 8 5 7- 8), disponiéndose la suspensión de aquella por el término de 05 años. Y vistos, además lo dispuesto, en los artículos 1, 7, 11 N°9, 12 N°1 , 15 N°1, 18, 25, 0, 50, 7 9 y 70 del Código Penal; Artículos 47, 297, 40 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley 18.290 y 18.21 : SE DECLARA: I.- Que se condena a LUIS ENRIQUE REBOLLEDO LOYOLA, cédula de identidad N°1 . 7.242-7, ya individualizado, a la pena corporal de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, al pago de una multa de dos unidades tributarias mensuales, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante al tiempo de la condena, por la comisión de un delito Conducción en estado de ebriedad con licencia suspendida, tipificado y sancionado en el artículo 19 en relación al artículo 209 de la Ley N° 18.290, cometido en grado de consumado y perpetrado en calidad de autor por el imputado, según lo dispuesto en el artículo 15 N°1 del Código Penal, por los hechos ocurridos el día 12 de enero de 2020, en la ciudad de Villa Alemana. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 8° de la Ley N°18.21 , se sustituye al sentenciado el cumplim
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a LUIS ENRIQUE REBOLLEDO LOYOLA, cédula de identidad N°1 . 7.242-7, ya individualizado, a la pena corporal de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, al pago de una multa de dos unidades tributarias mensuales, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante al tiempo de la condena, por la comisión de un delito Conducción en estado de ebriedad con licencia suspendida, tipificado y sancionado en el artículo 19 en relación al artículo 209 de la Ley N° 18.290, cometido en grado de consumado y perpetrado en calidad de autor por el imputado, según lo dispuesto en el artículo 15 N°1 del Código Penal, por los hechos ocurridos el día 12 de enero de 2020, en la ciudad de Villa Alemana. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 8° de la Ley N°18.21 , se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA, consistente en el encierro en el domicilio del condenado, entre las 22 horas de cada día y las seis horas del día siguiente. Para los efectos de la conversión de Código: XMJXXGESMER Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl la pena inicialmente impuesta, se computarán ocho horas continuas de reclusión parcial por cada día de privación o restricción de libertad. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada el condenado cumplirá pena intens
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Villa Alemana, veinticinco de julio de dos mil veintitrés.- La parte expositiva y considerativa de la sentencia consta íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.- Que, los hechos fundantes de la acusación son los siguientes: El día 12 de enero de 2020, alrededor de las 14.45 hrs., el imputado LUIS ENRIQUE REBOLLEDO LOYOLA conducía en manifi
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