BANCO FALABELLA/ROJAS
Rol
C-11325-2020
Fecha
28 de septiembre de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece don Humberto Alejandro Fa ndez Neira,ú abogado, domiciliado en calle Teatinos N 251, oficina 509, Quinto Piso, comuna de° Santiago, mandatario judicial del BANCO FALABELLA, sociedad an nima del giro de su denominaci n, cuyo representante es don Franciscoó ó Jos Benavides Acevedo, abogado, con domicilio en calle Moneda N 970,é º Piso 7, comuna de Santiago, y deduce demanda ejecutiva en contra de do añ MARISOL DE LAS MERCEDES ROJAS CONTRERAS, ignora profesi n, con domicilio en Roa Ester Rodr guez N 7049, comuna deó í ° Cerrillos. Funda su demanda en que su representado es due o del Pagar por elñ é cual la demandada se oblig a pagar a su representada la suma deó $8.413.703.-con m s intereses del 2,0200% mensual, 48 cuotas mensuales,á correspondiendo el pago de la primera cuota el 5 de mayo de 2017. Se estableci que los intereses podr an ser capitalizados a sola opci n deló í ó acreedor y que el simple retardo o la mora en el pago del capital y/o los intereses de la obligaci n dar an derecho al acreedor para exigir sin m só í á tr mite el pago total de la deuda o del saldo a que se encontrare reducida, yá har a que se devengaren intereses del m ximo convencional que la leyí á permita estipular para operaciones de cr ditos en moneda nacional noé reajustables, pero solo si ste fuere superior al inter s que se encontrareé é rigiendo para la obligaci n a la fecha de producirse el simple retardo oó mora, pues en caso contrario se continuar devengando ese ltimo,á ú C-11325-2020 Foja: 1 se al ndose tambi n el car cter de indivisible de la obligaci n, liberando alñ á é á ó tenedor de la obligaci n de protesto. ó Hace presente que la deudora, no pag la cuota N 29, conó º vencimiento al mes de septiembre de 2019, por lo que adeuda a su representado la suma de $4.492.368.-, m s los interese pactados. La deudaá consta de t tulo ejecutivo, es actualmente exigible y su acci n no seí ó encuentra prescrita y se autoriz su firma ante Notario p blico.ó ú Por dichas con
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que comparece don Humberto Alejandro Fa ndezú Neira, mandatario judicial del BANCO FALABELLA, cuyo representante es don Francisco Jos Benavides Acevedo, é ya individualizados, y solicita se tenga por interpuesta demanda ejecutiva en contra de do a ñ MARISOL DE LAS MERCEDES ROJAS CONTRERAS, ya individualizada, y se ordene despachar mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma deó $4.492.368.-, m s los intereses pactados y penales, que se devenguen desdeá la fecha de la mora y hasta el d a del pago efectivo, ordenando se sigaí adelante con la ejecuci n hasta hacer entero y cumplido pago de loó adeudado a su representada, con costas. Se funda para ello en los antecedentes de hecho y derecho que han sido rese ados en lo expositivo de este
Fallo
Se declararon admisibles las excepciones opuestas, se omiti recibirlas a prueba y se cit a las partes a o r sentencia.ó ó í HB C-11325-2020 Foja: 1 CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que comparece don Humberto Alejandro Fa ndezú Neira, mandatario judicial del BANCO FALABELLA, cuyo representante es don Francisco Jos Benavides Acevedo, é ya individualizados, y solicita se tenga por interpuesta demanda ejecutiva en contra de do a ñ MARISOL DE LAS MERCEDES ROJAS CONTRERAS, ya individualizada, y se ordene despachar mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma deó $4.492.368.-, m s los intereses pactados y penales, que se devenguen desdeá la fecha de la mora y hasta el d a del pago efectivo, ordenando se sigaí adelante con la ejecuci n hasta hacer entero y cumplido pago de loó adeudado a su representada, con costas. Se funda para ello en los antecedentes de hecho y derecho que han sido rese ados en lo expositivo de este fallo y que se dan por enteramenteñ reproducidos en este considerando. SEGUNDO.- Que la ejecutada se opuso a la ejecuci n con lasó excepciones de la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente,í sea con relaci n al demandado; y, la prescripci n de la deuda o s lo de laó ó ó acci n ejecutiva.ó TERCERO.- Que la excepci n de ó la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerzaí ejecutiva, sea absolutamente, sea con relaci
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C-11325-2020 Foja: 1 FOJA: 8 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 21 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-11325-2020 CARATULADO : BANCO FALABELLA/ROJAS Santiago, veintiocho de Septiembre de dos mil veinte VISTOS: Comparece don Humberto Alejandro Fa ndez Neira,ú abogado, domiciliado en calle Teatinos N 251, oficina 509, Quinto Piso, comuna de° Santiago, mandatario judicial del BANCO
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