Juzgado de Garantía de Valdivia.

AMADOR PAULINO ALTAMIRANO OBANDO C/ RICARDO JAVIER PÉREZ GONZÁLEZ

Rol

O-2266-2019

Fecha

24 de julio de 2023

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: En Valdivia, el día 11 de agosto de 2018, a las 09:10 Hrs. aproximadamente, el acusado RICARDO JAVIER PEREZ GONZALEZ, conducía en estado de ebriedad el automóvil marca Nissan, modelo V 16 color negro con gris , P.P.U. KU-3288, por calle Ernesto Riquelme a la altura del N° 534 de Valdivia, siendo fiscalizado por personal de carabineros. Realizada la alcoholemia al acusado esta arrojó como resultado 1,21 gramos por mil de alcohol en la sangre. El acusado conducía el vehículo motorizado sin haber obtenido licencia de conducir. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC N° 1800786000-1-1084 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 14 N° 1, 15 N° 1, 30, 51, 67, 70 y siguientes del Código Penal, artículos 406, 407, 409 y 411 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 110, 196 y 209 de la Ley N° 18.290, artículos 5° y 9° de la Ley 20.066 y artículos 7°, 8°, 36 y siguientes de la Ley 18. 216, se declara: Que se condena a RICARDO JAVIER PÉREZ GONZÁLEZ, Cédula de Identidad Nº 16.872.543-4, nacido el 24 de agosto de 1988, domiciliado en San Antonio, Pasajes Gallego, casa N° 543 interior, Quellón, Chiloé, a las siguientes penas como autor en los términos del artículo 15 N° 1 del Código Penal, grado de desarrollo consumado, de un delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 110 en relación al 196 y 209 todos de la Ley N° 18.290, perpetrado en Valdivia el día 11 de agosto de 2018, a una pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, a una multa de 1 Unidad Tributaria Mensual, a beneficio fiscal, y a las accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, más la suspensión de la licencia de conducir por dos años, sin costas. Para el cumplimiento de la pena pecuniaria se tendrá por cumplida en virtud

Fallo

se declara: Que se condena a RICARDO JAVIER PÉREZ GONZÁLEZ, Cédula de Identidad Nº 16.872.543-4, nacido el 24 de agosto de 1988, domiciliado en San Antonio, Pasajes Gallego, casa N° 543 interior, Quellón, Chiloé, a las siguientes penas como autor en los términos del artículo 15 N° 1 del Código Penal, grado de desarrollo consumado, de un delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 110 en relación al 196 y 209 todos de la Ley N° 18.290, perpetrado en Valdivia el día 11 de agosto de 2018, a una pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, a una multa de 1 Unidad Tributaria Mensual, a beneficio fiscal, y a las accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, más la suspensión de la licencia de conducir por dos años, sin costas. Para el cumplimiento de la pena pecuniaria se tendrá por cumplida en virtud de los tres días que pasó privado de libertad por la presente causa en razón de 1 día por cada 1/3 de Unidad Tributaria Mensual. Que para el cumplimiento de la pena privativa de libertad, se sustituye la pena impuesta por reclusión parcial nocturna en principio en carácter penitenciaria, entre las 22:00 horas y las 06:00 horas, salvo que durante el plazo de ejecutoriedad de la misma, que en este caso se extiende a 10 días, se incorpore Informe de Factibilidad Técnica para monitoreo telemático con resultado positivo en el domicilio cons

Texto Completo (Preview)

_____________________________________________________________________________________________________ Avenida Francia N° 2688, Valdivia Correo Electrónico: jgvaldivia@pjud.cl Teléfono Contacto: 632348916 / 632348842 SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Valdivia, veinticuatro de julio de dos mil veintitrés. Hechos: En Valdivia, el día 11 de agosto de 2018, a las 09:10 Hrs. aproximadamente, el acus

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