TORRES/
Rol
V-401-2017
Fecha
26 de septiembre de 2020
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: PRIMERO: Que, en folio 1 de fecha 30 de noviembre de 2017 comparece do a ñ CELINA DEL CARMEN TORRES JARA, Chilena, pensionado, cedula de identidad N 10.226.078-3, domiciliado en Pasaje Aquiles Numero 791, Poblaci n Diego° ó Portales, Comuna de Rancagua, exponiendo que en representaci n de la sucesi n deó ó Don Nelson David Monsalve Sanhueza, compuesta por mis hijos Don Nelson Adolfo, Diego Sebasti n Alfonso y Rosa Patricia Bel n, todos de apellidos Monsalve Torres,á é conforme a posesi n efectiva de fecha 14 de Diciembre del a o 2015, resoluci n exentaó ñ ó 10544, otorgado por el Director Regional del Libertador General Bernardo O Higgins,’ viene a presentar la siguiente acci n voluntaria, , pues de acuerdo a los establecido en eló Articulo 18 del Reglamento del Conservador de Bienes Ra ces, Vengo en solicitar a S.S.,í ordene al Conservador de Bienes Ra ces, domiciliado en Calle Gamero N 446, de laí comuna de Rancagua, a fin que se inscriba a nombre de sus representados la escritura de compraventa de fecha 17 de Diciembre suscrita ante Notario P blico Don Eduardoú de Rodt Espinoza, repertorio N 4088-2008. ° A ade que es del caso que dicha escritura fue suscrita por su difunto esposo,ñ mediante la cual se celebr compraventa de bien ra z, respecto a una propiedad ubicadoó í en Manzana Veintitr s del plano de la Poblaci n Diego Portales, sector uno, comuna deé ó Rancagua y que deslinda: NORTE: con pasaje Aquiles numero setecientos noventa y uno, SUR: con pasaje Aquiles numero setecientos ochenta y siete; ORIENTE. Pasaje Aquiles; y AL PONIENTE: con el numero setecientos ochenta y ocho de pasaje tabolango. La propiedad se encuentra inscrita a Fojas 8136 N 9532 del Registro de° Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Rancagua. í Se ala que el Conservador de Bienes Ra ces de Rancagua, se ha negado añ í inscribir por el siguiente motivo: EL OBJETO DE LA VENTA, ES PARTE DE LA“ PROPIEDAD, PERO NO HAY PLANO DE SUBDIVISION DE LA INSTITUCION RESPECTIVA. Rancagua, 14
Fallo
se declara:ó I.-Que se ACOGE la solicitud de folio 1 de fecha 30 de noviembre de 2017 presentada por do a ñ CELINA DEL CARMEN TORRES JARA, Chilena, y se ordena la Conservador de Bienes Ra ces de Rancagua proceder a inscribir el contratoí de compraventa celebrado mediante escritura se inscriba de fecha 17 de Diciembre suscrita ante Notario P blico Don Eduardo de Rodt Espinoza, Repertorio N 4088-2008ú ° del Libro de Instrumentos P blicos.ú II.- Lo anterior sin perjuicio que la solicitante deber acredita el pago de lasá contribuciones o el hecho de estar exenta de tal obligaci n ó III.-Reg strese, y notif quese la presente sentencia al Se or Conservador deí í ñ Bienes Ra ces de Rancagua debiendo adj ntese copia de la escritura singulariza en elí ú numeral I y los documentos se alados en el numeral II, todo por intermedio delñ receptor a costa de la parte solicitante. IV.- Arch vese en su oportunidad.í Dictada por do a Margarita Navarrete Zurita, Jueza Suplenteñ . Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Rancagua, veintis is de Septiembre de dos mil veinte é Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información
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ROL V 401-2017 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Rancaguaº CAUSA ROL : V-401-2017 CARATULADO : TORRES/ Rancagua, veintis is de Septiembre de dos mil veinte é VISTO: PRIMERO: Que, en folio 1 de fecha 30 de noviembre de 2017 comparece do a ñ CELINA DEL CARMEN TORRES JARA, Chilena, pensionado, cedula de identidad N 10.226.078-3, domiciliado en Pasaje Aquiles Numero 791, Pob
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