EKONO LTDA C/ LUIS FERNANDO RIVERA RIQUELME
Rol
O-298-2023
Fecha
14 de julio de 2023
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El 18 de enero de 2023, alrededor de las 02:30 horas, LUIS FERNANDO RIVERA RIQUELME, mediante escalamiento -trepando el muro perimetral del recinto-, ingresó a las dependencias del supermercado Líder ubicado en el Av. Recoleta 2302, comuna de Recoleta, en donde alcanzó a cortar de cuajo y a sustraer para sí, con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño diversa cantidad de cañerías metálicas (forzadas y cortadas), las que había alcanzado a arrojar a la vía pública, al exterior del local, el cual avaluó tales especies en la suma aproximada de $1.500.000.-, siendo capturado y detenido el hechor por Carabineros, que se habían percatado oportunamente del hecho en el sector de las techumbres del referido establecimiento. DECISIÓN DEL TRIBUNAL: Teniendo presente, en consecuencia lo dispuesto en los artículos, 1, 11 N°9, 15 N°1, 7, 24, 30, 49, 51, 70, 432, 442 Nº1 del Código Penal; los artículos 1, 4, 7, 45, 47, 348, y 388 y siguientes, además del 468 del Código Procesal Penal; 7 y 8 de la ley 18.216, se decide: I.- Que se condena a LUIS FERNANDO RIVERA RIQUELME, cédula nacional de identidad 18.332.032-7, a la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor de un delito frustrado de robo en lugar no destinado a la habitaciòn., previsto y sancionado en el artículo 446 N°3 del Código Penal, cometidos en el territorio jurisdiccional de este tribunal el 18 de enero de 2023. II.- Que la pena privativa de libertad se sustituye por la de reclusión parcial nocturna en establecimiento especial, esto es, Código: LXBGXGGRLFQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl deberá permanecer privado de libertad en el Centro Abierto Manuel Rodríguez, entre las 22:00 horas y las 6:00 horas del día siguiente, por un total de 38 días, esto es, el mismo lapso que la pena privativa de libertad, descontados lo
Fallo
se decide: I.- Que se condena a LUIS FERNANDO RIVERA RIQUELME, cédula nacional de identidad 18.332.032-7, a la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor de un delito frustrado de robo en lugar no destinado a la habitaciòn., previsto y sancionado en el artículo 446 N°3 del Código Penal, cometidos en el territorio jurisdiccional de este tribunal el 18 de enero de 2023. II.- Que la pena privativa de libertad se sustituye por la de reclusión parcial nocturna en establecimiento especial, esto es, Código: LXBGXGGRLFQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl deberá permanecer privado de libertad en el Centro Abierto Manuel Rodríguez, entre las 22:00 horas y las 6:00 horas del día siguiente, por un total de 38 días, esto es, el mismo lapso que la pena privativa de libertad, descontados los días que permaneció detenido con ocasión de esta causa, a saber, el 18 de enero, 1 de junio y 14 de junio, todos del año en curso. III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de esta causa. Ejecutoriada que se encuentre esta sentencia, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, regístrese y archívese. RIT 298 - 2023 RUC 2300068069-9 Resolvió KATHERINNE ROMÁN DELFABBRO, Jueza del Tercer Juzgado de Garantía de Santiago. Código: LXBGXGGRLFQ Este documento tiene firma e
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Resumen de sentencia dictada en procedimiento simplificado FECHA: catorce de julio de dos mil veintitrés. CONDENADO: LUIS FERNANDO RIVERA RIQUELME. R.U.N. 18.332.032-7 HECHOS: El 18 de enero de 2023, alrededor de las 02:30 horas, LUIS FERNANDO RIVERA RIQUELME, mediante escalamiento -trepando el muro perimetral del recinto-, ingresó a las dependencias del supermercado Líder ubicado en el Av. Reco
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