VERDUGO/MUNICIPALIDAD INDEPENDENCIA
Rol
C-11741-2020
Fecha
25 de septiembre de 2020
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparece MIGUEL NGEL VERDUGO ROJASÁ , empelado, domiciliado en calle Marco Capac 1575, torre 3A departamento 501, comuna de Independencia, quien interpone demanda de prescripci nó extintiva en procedimiento ordinario de menor cuant a, en contra de laí ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA, persona jur dica de Derecho P blico, representada legalmente por su alcaldeí ú Gonzalo Dur n Baronti, ambos domiciliados en Avenida Independencia Ná ° 753, cuarto piso, comuna de Independencia. Funda su pretensi n en que se encontrar a prescrita la acci n deó í ó cobro de deuda municipal por concepto de derechos de aseo domiciliarios entre los periodos que van desde el 31 de mayo de 2008 hasta 31 de julio de 2015, ambos inclusive lo cual ascender a a la suma deí $466.847.- respecto del inmueble de propiedad de su mandante, lo cual consta en informe de deuda de Miguel ngel Verdugo Rojas, respecto al inmuebleÁ ubicado en calle Marco Capac 1575, torre 3A departamento 501, comuna de Independencia, emitido por la Municipalidad de Independencia, por lo que previas citas legales pide tener por interpuesta la referida acci n paraó que sea acogida, con costas. A folio 9, consta notificaci n expresa de la demandada. ó A folio 6, comparece Franco Guerra Cisternas, en representaci n deó la demandada, quien contestando la demanda viene en allanarse a la misma, solicitando que atendido dicho allanamiento no se le condene en costas. C-11741-2020 Foja: 1 A folio 9, atendido el allanamiento expreso de la parte demandada, se prescindi de los tr mites de conciliaci n y de recepci n de la causa aó á ó ó prueba, y se cita a las partes a o r sentenciaí .
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, MIGUEL NGEL VERDUGO ROJASÁ , demanda a ILUSTRE MUNICIPALIDAD INDEPENDENCIA a fin de que se declare la prescripci n de las acciones de cobro de derechos de aseoó domiciliarios. A tal respecto la demandada se allan , todo como fuereó expuesto en los ac pites que preceden.á SEGUNDO: Que, seg n lo prevenido en los art culos 2514, 2521 yú í 2497 del C digo Civil, tenemos las acciones a favor o en contra de lasó Municipalidades, provenientes de toda clase de impuestos, prescriben en tres a os, solo exigi ndose el transcurso de dicho plazo para extinguir unañ é acci n mediante la prescripci n.ó ó TERCERO: Que, sin perjuicio de lo expuesto en el considerando anterior, la demandante ha solicitado la prescripci n de las acciones deó cobro de derechos de aseo, en base a un plazo diverso, esto es, de 5 a os.ñ Limitando el conocimiento del tribunal a las cuotas expresamente se aladasñ como prescritas por el actor, no pudiendo declarar la prescripci n sobreó cuotas no solicitadas, aun cuando en concepto del tribunal las mismas est né prescritas. Con lo previamente relacionado, y con los antecedentes allegados a folio 1, tenemos que se ha acreditado que el demandante es deudor moroso de los derechos de aseo domiciliario por el periodo que corre entre el 31 de mayo de 2008 hasta 30 de noviembre de 2020. Sin embargo, del an lisis deá dicho instrumento, y confrontado con las normas legales citadas anteriormente, tenemos que la acci n para perseguir el cobro de losó referidos derechos con vencimiento entre el 1 de mayo de 2008 hasta 31 de julio de 2015, ambos inclusive, se encuentra inexorablemente prescrita, al haber trascurrido en exceso el plazo fijado en nuestra legislaci n. De taló forma, corresponder acoger la demanda de autos, m xime si el demandadoá á se ha allanado a ella. CUARTO: Que, en cuanto a las costas, atendido el allanamiento, cada parte soportar las suyasá C-11741-2020 Foja: 1
Fallo
POR ESTAS CONSIDERACIONES, y visto adem s, lo dispuestoá en los art culos 1698, 2492, 2493, 2497, 2514, 2521 del C digo Civil; yí ó art culos 144, 160, 170, 313, 698 y dem s pertinentes del C digo deí á ó Procedimiento Civil, se declara: I.- Que SE ACOGE la demanda deducida a folio 1, declar ndose ená consecuencia prescrita la acci n de cobro de patentes municipales, por lasó cuotas vencidas entre el 31 de mayo de 2008 hasta 31 de julio de 2015, ambos inclusive. II.- Que CADA PARTE pagar sus costas.á Reg strese y notif quese.í í Rol C-11741-2020 Pronunciada por MAR A CECILIA MORALES LACOSTEÍ , Juez Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veinticinco de Septiembre de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-09-25T17:20:02-0300
Texto Completo (Preview)
C-11741-2020 Foja: 1 FOLIO: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 22 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-11741-2020 CARATULADO : VERDUGO/MUNICIPALIDAD INDEPENDENCIA Santiago, veinticinco de Septiembre de dos mil veinte VISTOS: A folio 1, comparece MIGUEL NGEL VERDUGO ROJASÁ , empelado, domiciliado en calle Marco Capac 1575, torre 3A departamento 501, comuna de Independencia, quie
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