Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ NICOLE ALEJANDRA CASTRO COFRÉ

Rol

O-3483-2023

Fecha

24 de julio de 2023

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El día 31 de mayo de 2023 a las 12.15 horas aproximadamente, la requerida NICOLE ALEJANDRA CASTRO COFRÉ, se encontraba en el interior de la tienda Ripley ubicada en Avenida Alemania N° 0671, Temuco, lugar desde donde sustrajo 13 polerones marca Calvin Klein de diferentes modelos y colores, avaluados en la suma de $ 679.870 pesos, que la tienda mantenía para la venta, con los que dirigió a la salida del local comercial sin pagar el valor comercial, lugar donde activaron las paletas de seguridad, siendo detenida por empleados del lugar.” II. La fiscalía representada por la Fiscal Adjunto Sra. VANIA ARANCIBIA, para efectos del artículo 395 del Código Procesal Penal modificó el requerimiento, tuvo los hechos como un DELITO FRUSTRADO DE HURTO, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 2 en relación al artículo 432 ambos del Código Penal, le atribuye a la requerida la calidad de AUTORA DIRECTA, le reconoce en su favor la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal y solicitó una pena de DIAS DE PRISION EN GRADO MAXIMO, MULTA DE UTM, accesorias legales, sin costas. III. La defensa solicita se reconozca la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal, solicita que la pena sea regulada 41 días de prisión y que se sustituya por reclusión parcial y pide que se rebaje la multa y se por cumplida o se concedan cuotas, sin costas. Código: PQXZXGXXXTP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl IV. Conforme a lo referido se dan por establecidos los hechos descritos en el requerimiento, los cuales configuran un DELITO de HURTO, en grado de FRUSTRADO previsto y sancionado en los artículo y N° en relación a los artículos y todos del Código Penal, en el cual la requerida intervino criminalmente en calidad de AUTORA EJECUTORA pues ejecutó personalmente y de una manera directa e inmediata el delito. V. Se le reconocerá la atenuante invocada de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos del artícu

Fallo

Por lo expuesto y atendido a lo dispuesto en el artículo 297 en relación con el 340, 348, 351, 388, 389, 390, 393 y 395 del Código Procesal Penal, artículos 1º, 7°, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 30, 49, 51, 432 y 446 del Código Penal, 1, 7, 8 y siguientes de la Ley 18.216 RESUELVO: I. Que se condena a NICOLE ALEJANDRA CASTRO COFRÉ, RUN - a la pena de CUARENTA Y UN ( ) DIAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, MULTA ASCENDENTE A UN TERCIO ) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y a la Código: PQXZXGXXXTP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl accesoria de suspensión para cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como AUTORA del DELITO de HURTO en grado de FRUSTRADO, cometido en esta jurisdicción el 31 de mayo de 2023, en perjuicio de Ripley Temuco. II. Se la multa impuesta en el numeral I. se tiene por cumplida con cargo a un día de detención en esta causa. III. Que, reuniéndose los requisitos del artículo 8 de la Ley N°18.216 se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta en el número I. por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA POR DIAS, consistente en el encierro de la condenada en su domicilio ubicado en calle de Octubre N° comuna de Chihuayante entre las PM y 0 AM horas de cada día. Para los efectos de la conversión de la pena inicialmente impuesta, se computarán ocho horas continuas de reclusión parcial por cada día de privación o restricción de libertad. Se

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SENTENCIA DEFINITIVA Temuco, veinticuatro de julio de dos mil veintitrés.- I. La Fiscalía Local formuló requerimiento en procedimiento simplificado y el requerido NICOLE ALEJANDRA CASTRO COFRÉ, RUN - comerciante, domiciliada en calle de Octubre N° comuna de Chihuayante, debidamente informado de sus derechos y asistido por la abogada defensora penal pública Sra. PAULINA GANDERATS MORENO, en audienc

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